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Autotutela


Enviado por   •  14 de Agosto de 2012  •  Tesis  •  994 Palabras (4 Páginas)  •  410 Visitas

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AUTOTUTELA

Autotutela es la acción directa de quien se hace justicia con sus propias manos. Es la forma inmediata, practica e instantánea que tiene el hombre para resolver sus conflictos intersubjetivos, teniendo como instrumento el uso de la fuerza.

Algunos ejemplos de autotutela permitidos por el ordenamiento jurídico:

1. La HUELGA (art. 28 inciso 3 Constitución)

2. La legitima defensa (art. 2 inciso 23 Constitución)

Instrumentalizar

1. tr. Emplear como instrumento para el logro de un fin: estoy harta de que instrumentalices mis sentimientos hacia ti para salirte con la tuya.

2. instrumentalizar tr. Considerar [a una persona o cosa] como un instrumento válido para conseguir algo.

31/03/11: REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN

Category: General

Publicado por: gmendoza

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* Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.

* Copia de documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.

* Los datos del (los) deudor(es), es decir del presunto obligado y del los acreedor(es), es decir, quien va a solicitar la afectación del bien, para asegurar el pago de una obligación.

* Deberá consignarse el monto de la afectación.

* La individualización del predio o predios afectados y el número de partida registral.

* Para inscribir un embargo coactivo, es suficiente que la resolución la firme el ejecutor coactivo.

* Tratándose de resoluciones administrativas, es requisito que el Ejecutor y Auxiliar Coactivo estén acreditados ante el Registro.

BASE LEGAL

Arts. 650 y 656 del Código Procesal Civil.

Art 95º y 96º Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios.

Fuente: SUNARP

¿CONOCE USTED LAS MODALIDADES DE EMBARGO DENTRO DE UN PROCESO DE COBRANZA COACTIVA?

¿CONOCE USTED LAS MODALIDADES DE EMBARGO DENTRO DE UN PROCESO DE COBRANZA COACTIVA?

Mario Alva Matteucci

1. INTRODUCCIÓN.

Cuando existen deudas tributarias a cargo de un contribuyente que no cumple con cancelarlas a tiempo la Administración Tributaria tendrá el imperativo de cobrarlas utilizando diversos mecanismos de presión, ya sea a través de cobranza ordinaria o de otros medios de presión como es la cobranza coactiva.

En ello intervendrá el Ejecutor Coactivo como aquel funcionario encargado de la dirección del Proceso de Ejecución Coactiva y destinado a la recuperación de la deuda a cargo del contribuyente que no cumplió con el pago oportuno de la misma ni tampoco la impugnó dentro del plazo que las normas tributarias permiten como un mecanismo de garantía.

En este sentido, tendrá dentro de sus prerrogativas el iniciar un proceso de cobranza coactiva, el cual contendrá diversas medidas de fuerza destinadas a posibilitar el recupero de la deuda tributaria, nos referimos específicamente a las medidas cautelares.

El presente

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