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Enviado por   •  10 de Noviembre de 2014  •  382 Palabras (2 Páginas)  •  129 Visitas

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La Técnica Jurídica tiene por objeto el estudio de los problemas relacionados con la aplicación del derecho objetivo a casos concretos.

Lo que llamamos técnica (lato sensu) es la aplicación adecuada de medios para el logro de propósitos, toda técnica genuina debe hallarse iluminada por las luces de la ciencia, una técnica no científica no es tal técnica, porque resulta incapaz de cumplir su destino o, lo que es igual, por que no permite la obtención de los fines a que se halla consagrada.

La Técnica Jurídica en el caso especial del derecho consiste en el adecuado manejo de los medios que permiten alcanzar los objetivos que aquel persigue, que se obtiene por la formulación y la aplicación de normas, distinguiendo la técnica de formulación y la de aplicación de preceptos de los preceptos del derecho.

El arte o formulación de leyes, es la primera a la que suele darse el nombre de técnica legislativa, se refiere esencialmente a la realización de fines jurídicos generales; la segunda hace referencia a la aplicación del derecho objetivo a casos singulares que es la realización de fines jurídicos generales

Los preceptos jurídicos cuentan de dos constan de dos elementos, el supuesto y la disposición. El supuesto es la hipótesis que al realizarse de nacimiento a las consecuencias normativas que la disposición señala, la disposición indica los deberes y derechos que la producción del supuesto engendra, por su misma índole, la enunciación de algo posible que, al convertirse en realidad, provoca consecuencias de derecho. El nacimiento de éstas depende de la producción del hecho que la hipótesis provee, por ello distinguir las nociones de supuesto jurídico y hecho jurídico.

Cuando se producen las condiciones que integran el supuesto, ipso facto surgen determinadas consecuencias normativas: deberes y derechos. La realización de los supuestos jurídicos determina siempre un cambio en el mundo del derecho, ya que implica el nacimiento, la transmisión o la extinción de facultades y obligaciones.

El razonamiento de aplicación de los preceptos de derecho es de tipo silogístico. La premisa mayor está constituida por la norma genérica; la menor por el juicio que declara realizando el supuesto de aquélla, y la conclusión por el que imputa a los sujetos implicados en el caso de consecuencias de derecho.

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