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Coordinación de Labor


Enviado por   •  20 de Septiembre de 2014  •  Síntesis  •  567 Palabras (3 Páginas)  •  159 Visitas

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Coordinación de Labor, que estará integrada por el Presidente, el Vicepresidente y los Presidentes de Comisiones. Artículo 7º — Serán funciones de la Comisión Auxiliar de Coordinación de Labor: a — Elaborar el plan de actividades del Plenario. b — Establecer la secuencia en el tratamiento de los asuntos incluidos en el orden del día de las sesiones del Plenario, confeccionado de acuerdo al artículo 30 de este reglamento. Artículo 8º — De cada sesión plenaria se labrará acta que será aprobada en la siguiente sesión del cuerpo, previa remisión de copia a cada uno de los integrantes aun cuando no hubiese asistido a la misma. En el acta se asentarán las mociones y las resoluciones, sin perjuicio del derecho de los consejeros de solicitar que se incluyan los fundamentos de su voto, lo que se hará siempre que el peticionante los presente en la Secretaría General por escrito y dentro de los dos días hábiles siguientes al de la sesión. Artículo 9º — Las resoluciones del Plenario son públicas y se conservarán en un registro especial a cargo de la Secretaría General, la que deberá prever lo necesario para su publicación en el caso de las de alcance general, y su notificación en las de alcance particular. Ello sin perjuicio de la difusión específica que pueda disponer el Plenario en cada supuesto. Artículo 10. — El Presidente del Consejo será considerado como un integrante del Plenario a los efectos del quórum establecido en el artículo 9º de la ley 24.937 (modificado por la ley 24.939). Capítulo II De la Presidencia Artículo 11. — Son atribuciones del Presidente del Consejo: a — Presidir y dirigir las sesiones del Plenario y las audiencias que éste convoque. b — Representar al cuerpo en los actos protocolares y en todas sus relaciones con otras autoridades e instituciones, o delegar esa función cuando por impedimento no pudieren cumplir con esa tarea ni él ni el Vicepresidente. c — Convocar al Plenario a sesión extraordinaria en la fecha que disponga, cuando circunstancias urgentes así lo requieran, o en los casos contemplados en la ley y en el presente reglamento. d — Tomar juramento a los miembros titulares que se incorporen o a quienes los reemplacen, y expedir los títulos que los acrediten como tales. e — Proveer con su sola firma el despacho de mero trámite, o delegarlo en el Vicepresidente, en el Secretario General o en el Administrador General, según corresponda. f — Asignar a cada Comisión los asuntos entrados. g — Presentar el anteproyecto de presupuesto anual del Poder Judicial ante el Plenario del Consejo para que, una vez realizadas las observaciones pertinentes, sea remitido a la Corte Suprema de Justicia para su definitiva aprobación. h — Requerir, por sí o por indicación de cualquiera de sus miembros, el pronto despacho de los asuntos a la Comisión que aparezca en retardo. i — Nombrar al personal que designe el Plenario del Consejo. j

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