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EL PRINCIPIO DE DIGNIDAD HUMANA EN EL BIODERECHO INTERNACIONAL


Enviado por   •  30 de Septiembre de 2019  •  Apuntes  •  487 Palabras (2 Páginas)  •  234 Visitas

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EL PRINCIPIO DE DIGNIDAD HUMANA EN EL BIODERECHO INTERNACIONAL

La dignidad humana hace referencia al respeto incondicionado que merece todo individuo en razón de su condición humana. Es considerado por muchos como "Principio de matriz" de las normas bioéticas y biojurídicas, este concepto al igual que es consistente también es su punto débil, ya que no se puede definir con precisión.

I. La dignidad humana en el derecho internacional: Esta noción se encuentra presente en los instrumentos fundacionales del derecho internacional de los derechos humanos, los cuales fueron promulgados después de la 2da guerra mundial, el cual afirma que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos.

Teniendo lo anterior como punto de partida varias constituciones naciones hacen referencia explícita al respeto de la dignidad humana.  El Derecho internacional da una definición de dignidad como que ella es "intrínseca" e "Inherente" a todos los derechos de la familia humana.  Intrínseco haciendo alusión a "Intimo o esencial" e Inherente haciendo alusión a aquello que "por su naturaleza está de tal manera unido a algo, que no se puede separar".

En resumen, puede afirmarse que: La dignidad humana, según el derecho internacional enfatiza que es un VALOR INCONDICIONAL que posee todo ser humano independientemente de su edad, sexo, aptitudes intelectuales, etc. Y este valor exige un respeto incondicional.

II. La dignidad humana en el Bioderecho internacional: Si bien la referencia a la dignidad humana no es nueva en el derecho internacional, hay que reconocer que nunca antes se había insistido con tanto énfasis en ella como se lo hace en el campo de la bioética y del bioderecho. El nuevo bioderecho internacional le asigna un rol de primerísimo plano e incluso acude a ella de modo explícito para justificar algunas normas específicas. Más allá de este debate, es un hecho innegable que la dignidad humana se erige como «noción clave» de los principales instrumentos intergubernamentales relativos a la bioética, sobre todo los adoptados por la UNESCO y el Consejo de Europa. 

Por su parte, la Convención de Derechos Humanos y Biomedicina del Consejo de Europa de 1997, incluye la referencia a la dignidad humana no sólo en su título mismo, en su versión extensa y en el Preámbulo, sino también en el artículo 1°, que menciona la protección de la dignidad del ser humano entre los objetivos mismos del instrumento. A su vez, el Informe Explicativo de este documento reconoce que la dignidad humana “constituye el fundamento de los principales valores defendidos por esta Convención”. 

Este instrumento es sumamente importante porque es el primero de naturaleza legal y con alcance global que fija principios generales para todas las actividades biomédicas. Asimismo, la dignidad es reconocida como garantía de no discriminación y no estigmatización de las personas o grupos de personas, como el marco que fija un límite al respeto de la diversidad cultural y como el parámetro interpretativo del conjunto de las normas de la Declaración.

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