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El Derecho En Grecia Y Su Influencia En La Cultura Helénica Del Siglo De Oro Y De Las Luces


Enviado por   •  8 de Noviembre de 2012  •  1.275 Palabras (6 Páginas)  •  3.874 Visitas

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Cuando se habla de Derecho Griego se refiere, tanto a la legislación como a los sistemas jurídicos que se habían implementando en la antigua Grecia. La más conocida de todos es la Ley de Atenas. Debido a que Grecia para ese momento, más que un país, una unidad territorial compuesta por ciudad - Estados, nunca hubo un sistema de instituciones reconocidas y observadas por la “nación” en su conjunto como su ordenamiento jurídico,

Sin embargo, sí existieron métodos legales expresados con una terminología específica que producían efectos jurídicos cuando se presentaban problemas de esta índole, y que compartían en mayor o menor grados los numerosos estados independientes que constituyeron el mundo helénico.

Además de esto, no hay que olvidar, que aun habiendo tales fundamentos comunes, también existieron una gran variedad de sistemas jurídicos diferentes en cuanto a su elaboración y aplicación, que reflejaban cada uno los orígenes tribales (es decir, dórico, jónico, ateniense, espartano, etc.) y que variaron de acuerdo al período histórico, así como los cambios en las condiciones sociales, económicas, políticas e intelectuales de sus respectivas sociedades.

La vida griega legal durante los siglos 4 y 5 aC. estuvo determinada por tres factores preponderantes. Uno de ellos era la existencia de una multiplicidad de ciudades-estado (conocidas como polis), cada uno de los cuales poseía y administraba su propio conjunto de leyes. El segundo elemento fue el hecho de que en muchos, si no la mayoría, de la polis (por cierto que una excepción fue Esparta) las leyes fueron establecidas en los estatutos escritos, algunos de los cuales eran y códigos más o menos completa que establecieron los métodos y procedimientos para la administración de justicia. El tercer factor determinante de la legislación griega era la ausencia de un cuerpo de jurisprudencia comparable a la de los romanos.

Las tres características descritas son influencias importantes en el carácter general de la ley griega. Los dos primeros de estos factores dieron lugar a un más bien rígido positivismo. Contrariamente a las opiniones mantenidas por los estudiosos hasta hace poco, una nueva investigación ha demostrado que los dicastes atenienses que estaban sentados en el juicio no tenían la libertad para basar sus sentencias en lo que para ellos eran vagas nociones de equidad, sino que debían adherirse, al menos en teoría, el significado literal de los estatutos escritos (nomos) y que obligados a observar bajo juramento. Este estrecho apego a la interpretación literal, combinado con la ausencia de cualquier intento de tratar los estatutos o situaciones jurídicas de una manera analítica, trajo como resultado que la legislación griega nunca alcanzó el refinamiento doctrinal del derecho romano, a pesar de la notable flexibilidad técnica que caracterizó la época helenística.

En claro contraste con la filosofía griega de la justicia, el derecho positivo de la antigua Grecia tuvo poca influencia en el desarrollo posterior. Por supuesto que sus conceptos y métodos fueron determinantes para la legislación y la práctica de las monarquías helenísticas, y unas pocas instituciones de origen griego, fueron adoptadas por los romanos.

Para concluir se puede decir que el derecho griego hizo dos grandes aportes al desarrollo del orden jurídico: primero su enorm e experimentación con el régimen constitucional de los diversos estados-ciudades (poleis) y su discusión filosófica acerca de temas directa o indirectamente jurídicos.

Dos de las ciudades - Estados de Grecia se destacaron por encima de las demás: Atenas y Esparta. Cada una de ella representaba un modelo distinto y hasta contraste en cuanto a organización jurídica y, por lo tanto, social y política. Atenas se distinguió por su modelo democrático e impulsor de las artes y Esparta por su organización militar donde un estrato geurrero explotaba a las clases más bajas.

Ambos estados, con su correspondiente modelo, surgieron gracias al trabajo y a la organización de dos estadistas y legisladores: Solón en

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