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El esado y sus deberes


Enviado por   •  30 de Septiembre de 2018  •  Ensayos  •  1.351 Palabras (6 Páginas)  •  153 Visitas

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  1. ¿Cómo se clasifican los deberes de estado?

Deberes Jurídicos: así como los individuos, el estado tiene deberes que nacen del goce de un derecho respectivo. De manera de que en las relaciones internacionales priva el principio de que el derecho de un Estado termina cuando comienza el de otro y esto por la sencilla razón de que la existencia del derecho ajeno genera el deber jurídico de respetarlo.

Deberes Morales: estos no son correlativos a ningún derecho y por ende no pueden ser exigidos por la vía del mismo. La fuente de estos derechos reside en conceptos neta-jurídicos como lo son la cortesía, el humanitarismo, el honor, etc. Los deberes morales son de los más importantes en las relaciones internacionales, a pesar de que carecen de sanción. En ellos se fundamentan las pacificas relaciones de los Estados, la buena marcha de los mismos y el crecimiento y fomento de los valores de la comunidad.

Derechos relativos a la Conservación: el Estado, así como el individuo, tiene el indiscutible derecho de tomar decisiones referente a su ser, como a su integridad moral, intelectual, etc. Es decir, el Estado se reserva la potestad de auto desarrollarse, respetando el orden internacional sin actuar arbitrariamente.

  1. ¿En qué consiste el derecho de perfectibilidad del Estado?

Es la facultad de perfeccionar material y espiritualmente sus instituciones internas y externas, bien sea en el orden comercial, industrial, público, administrativo, científico, artístico, fijar los términos de ese intercurso por medio de tratados.

  1. ¿Quién es el titular del Poder Constituyente?

El depositario del Poder Constituyente es el pueblo, en concordancia con el artículo 347 de la CRBV.

  1. ¿Cuál es la naturaleza del Poder Constituyente?

 El Poder Constituyente Originario no tiene un origen fundamentado propiamente en la norma jurídica por lo cual adjudican su naturaleza en el derecho natural, sin embargo la tarea del poder constituye es política no jurídica, en respuesta a esto hay que destacar que dicha transición ocurre en su ejercicio, ya que al ejercer este estamos hablando en un ámbito político pero su resultado vendría siendo una nueva norma jurídica transformando su naturaleza en jurídica.

  1. ¿Cuáles son las características que limitan el Poder Constituyente Originario y Derivado?

 En principio el Poder Constituyente Originario por su carácter extraordinario, directo y supremo no posee límites en cuanto a su ejercicio. Sin embargo distintos doctrinarios establecen que esto no es así, pues lo único que no tiene límites es la autoridad divina y con esto el Poder Constituyente Originario se encuentra limitado tanto por el derecho natural, ya que en principio estos son anteriores a la Constituyente y al Estado, como por el proceso político del momento relativo al ejercicio del pueblo.

Así mismo el Poder Constituyente Originario según diversos doctrinarios se encuentra limitado por la división de poderes, ya que la misma no puede ser eliminada, y finalmente este poder no puede alterar las normas internacionales foráneas a la Constitución a la cual el Estado está sujeto.

El Poder Constituyente Derivado por su parte si posee límites, cuyo límite es la norma jurídica que en principio le dio nacimiento, por lo cual este poder ya es limitado desde que se constituye. Además al ser una institución creada en base a la ley, su ejercicio no puede ser ilimitado ya que nada más el pueblo es soberano.

Aunque hay dos límites de los cuales tanto el Poder Constituyente Originario y Derivado están sujetos, el primero es el límite procesal, relativo a todos los procedimientos establecidos para el establecimiento de nuevas normas jurídicas, y el segundo es el límite ideológico relativo a la ideología que tiene el pueblo frente a un determinado sistema político, ejemplo de esto fue Ecuador quien después de su Constituyente del 1998 se volvió imposible retomar nuevamente el comunitarismo propio de la nación.

  1. ¿Qué es el poder público?

 Es la atribución que tienen los estados para ejercer el poder que le ha sido conferido por la Constitución a través del voto popular.

  1. ¿Cómo se dividen los poderes en Venezuela?

Se distribuyen de manera vertical en  Poder Municipal,  Estadal y Nacional. Se divide de forma horizontal en Poder Ejecutivo, Legislativo, Judicial,  Ciudadano y Electoral.

  1. ¿Por qué Montesquieu hacía referencia a la separación de poderes?

Hace referencia debido a que debe haber un " equilibrio en los poderes" y que no puede existir libertad cuando en los poderes se reúne en la misma persona o en el mismo cuerpo. Debe tener una separación de ejercicio de ciertas funciones entre titulares diferentes.

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