FUENTES DEL DERECHO
ludisarias25 de Enero de 2013
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INTRODUCCION
La creación del derecho aparece como un fenómeno complejo y dinámico que incorpora, desincorpora o renueva valores, principios, creencias, aspiraciones, necesidades u otros criterios y normas jurídicas.
El derecho se concibe no como algo dado, ni como el resultado o la invención de un solo hombre ni de una sociedad, de un solo momento histórico o de un solo proceso legislativo o jurisprudencial, es la obra de creación permanente que se realiza por un complejo entramado de actos y procesos complementarios que tienen verificativo en un contexto histórico, político y social determinado.
Para la creación del derecho se necesitan unas fuentes que es lo que contribuye a que estas normas se creen, en este documento encontraremos cuales son esas fuentes y sabremos cual es la diferencia entre ellas.
FUENTES DEL DERECHO
• Concepto Fuentes del Derecho
Es todo lo que contribuye o ha contribuido a crear el conjunto de reglas jurídicas aplicables dentro de un Estado en un momento dado.
Son los Principios, fundamentos u origen de las normas jurídicas, y en especial del derecho positivo o vigente en determinado país o época.
Cuando hablamos del origen de la norma jurídica, nos referimos a los hechos que le dan nacimiento, a las manifestaciones de la voluntad humana o a los usos o prácticas sociales que la generan, nos referimos, desde luego, al origen del propio objetivo. El ordenamiento jurídico interno.
Las fuentes del derecho son un criterio de determinación del sistema jurídico de un país considerado según tenga preferencia por:
• El derecho escrito (ley civil, marce isopo, por ejemplo el derecho romano, las constituciones de las polis griegas o los estados europeos...)
• La jurisprudencia o conjunto de sentencias precedentes (Common law, común en el derecho anglosajón)
• La costumbre o tradición repetida (derecho consuetudinario; por ejemplo, la Constitución no escrita de Inglaterra).
• Los principios de una religión de estado (derecho divino, derecho religioso; por ejemplo, la sharia o fiqh musulmanes, o los diez mandamientos de católicos, judíos y protestantes).
• El derecho natural, que defiende la existencia de unas reglas universales o derechos del hombre inalienables e innatos desde su misma existencia.
CLASIFICACION DE LAS FUENTES DEL DERECHO
• Fuentes Formales
Son las fuentes jurídicas. Fuentes formales del derecho se denomina la manera como los preceptos contenidos en las normas, adquiere carácter de obligatoriedad se coercible, coloca todo el aparato del Estado detrás de precepto para crear la posibilidad de materializar una sanción en el caso de su incumplimiento es lo que hace a las normas adquirir el carácter de jurídica, es decir, obligatoria por ser coercible.
Las fuentes formales del derecho es el derecho mismo, y es por eso que se dice que se dice que son los sordos de expresión de derecho positivo. Son fuentes formales: la Ley, la costumbre la jurisprudencia, la doctrina científica.
Las fuentes formales son las normas positivas de cualquier tipo que pueda ser invocada por un organismo, con fundamento de validez de la norma que crea así, es legislador invoca con fundamento de la Ley a la constitución, el juez a la Ley como fundamento de su sentencia, entonces la fuente formal seria una norma superior donde se fundamenta, la validez de la norma que se crea.
Son los actos o hechos pasados de los que deriva la creación, modificación o extinción de normas jurídicas. A veces, también, se entiende por tales a los órganos de los cuales emanan las leyes que componen el ordenamiento jurídico (conocidos como órganos normativos o con facultades normativas), y a los factores históricos que inciden en la creación del derecho.
• Fuentes Materiales
La norma además de ser un producto de la actividad del legislador, que responde a los procedimientos específicos, es una manera de regular la conducta del hombre a través de un imperativo.
El legislador estudia el fenómeno social que va a regular con las necesidades del grupo, formas de conducta que debe regular, factores económicos, físicos y religiosos, morales, históricos y todo lo que influye en la sociedad, es lo que determina el contenido de la Norma Jurídica para solucionar el conflicto de intereses que justifican la oposición de la norma. Entonces las fuentes materiales del derecho son las fuentes extras jurídicas. Los factores, la circunstancia, elementos, que condicionan y determina el contenido de la norma jurídica
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• Fuentes Históricas
Son documentos históricos que hablan o se refieren al derecho. En la antigüedad estos documentos eran muy diversos (papiros, pergaminos, tablillas de arcilla en las que algunos pueblos estampaban sus leyes y contratos). Se refiere a las fuentes jurídicas según su aplicación en el tiempo. Serán vigentes las fuentes positivas actuales que no han sido derogados por otra ley o el reglamento que no ha sido substituido por otro.
Serán históricas las fuentes que han perdido su vigencia y se sitúan en la historia del derecho Positivo. Es el caso de la recordada Ley de Hidrocarburos de 1945. También del Hábeas Iuris Civile, compilación Justinianea de la cual arrancan importantes instituciones jurídicas que han tomado desarrollo a través de los siglos.
1.4 Teoría moderna de Alf Ross
Dice el autor que por fuentes del derecho a de entenderse el conjunto de factores o elementos q ejerce influencia en la formulación por parte del juez de las reglas en la que esta basada su decisión; con el agregado de que esta influencia pueda variar desde aquellas fuentes.
Por consiguiente por fuentes debemos entender todos los factores las circunstancias que determinen la selección de la escogencia de la norma que sirve de fundamento al órgano encargado de resolver los problemas que se someten a su consideración.
En esta forma, el autor piensa que las fuentes del derecho se clasifican en 3 grandes grupos:
• La fuentes total mente objetivadas;
• La fuentes parcial mente objetivadas;
• Las fuentes no objetivadas
Por lo tanto el criterio de clasificación se refiere al grado de objetivización de los factores que sirven de base a la autoridad competente. Des de la objetivización total que encontramos en el derecho legislado, hasta el procedente, es decir, los criterios que encontramos en la jurisprudencia, hay varios grados de objetivización. Que algunas veces las fuentes estén ya dadas de antemano, como por ejemplo el caso del derecho legislado.
• Fuentes del Derecho Interno
Según la doctrina comúnmente aceptada, son fuentes del Derecho interno:
• La Constitución. En algunos países, la constitución puede ser no escrita, como pasa en algunos sistemas de Derecho anglosajón.
• La Ley en sentido amplio, que abarca todas las normas de rango legal emanadas tanto del poder legislativo como del poder ejecutivo su definición sería: la ley dictada por la autoridad competente que se manda o se prohíbe aloja en concordancia con la justicia y para bien de los gobiernos y de los ciudadanos.
• La Costumbre. La nota distintiva fundamental entre ley y costumbre se encuentra en su origen o procedencia, pues la ley procede del poder legislativo que la propia sociedad estatuye, mientras la costumbre lo hace de la misma sociedad, que mediante la observación continuada de una conducta acaba por imponerla como precepto. Aun así, esta no es una fuente del derecho, pero se toman los fundamentos de esta. No obstante lo anterior, en algunos ordenamientos puede ser fuente supletoria de la ley, como ocurre en el ordenamiento español.
• Los Principios generales del Derecho y la Jurisprudencia, que complementan y sirven para interpretar las normas que han de ser aplicadas, por lo que son fuentes que en la práctica tienen mucha importancia.
• Los Reglamentos emanados del poder ejecutivo, que por lo general desarrollan las leyes. Normalmente, tiene una dependencia jerárquica de la ley, sin perjuicio de la existencia de reglamentos derivados de la potestad reglamentaria autónoma.
• La Doctrina, en tanto que puede influir en la adopción de normas o criterios de interpretación.
La prelación de fuentes la establece cada ordenamiento jurídico de forma diferente. La fuerza que se le da a la costumbre y a la jurisprudencia no es la misma, por ejemplo, en Derecho continental que en Derecho anglosajón.
• Fuentes del Derecho Internacional
En el marco del Derecho internacional, el Estatut de la Corte de Justicia enumera como fuentes a:
• Los tratados, que pueden ser bilaterales o multilaterales, y rigen las relaciones entre los Estados.
• La costumbre internacional.
• Los Principios generales del Derecho.
• Las opiniones de la Doctrina.
Además, es posible mencionar también a:
• Los actos unilaterales de los Estados.
• Los actos y resoluciones de las Organizaciones internacionales.
FUENTES
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