ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Fuentes De Derecho

ciakit19 de Febrero de 2013

5.047 Palabras (21 Páginas)438 Visitas

Página 1 de 21

Fuentes de derecho

Introducción

En las sociedades conviven sistemas normativos, es decir, distintos ordenamientos de la conducta humana. Entre éstos encontramos a la moral, los convencionalismos sociales, las religiones y por supuesto, al derecho. Todos estos prescriben conductas. La efectiva manera de distinguir un sistema normativo como el derecho de aquellos otros con los que convive, depende en principio, de la forma específica en como asegura su cumplimiento.

Las normas de derecho se distinguen, también por su manera de conformarse, es decir, de formalizar y con ello incorporar o desincorporar sus contenidos normativos. Éstas se formalizan por una serie de procesos o actos determinados expresamente en cada sistema de derecho positivo en las llamadas normas sobre producción jurídica.

La identificación de las normas que constituyen el derecho requiere, de un proceso formal por el que la autoridad signa ciertas normas o prescripciones de conducta catalogándolas como jurídicas. La creación del derecho aparece como un fenómeno complejo y dinámico que incorpora, desincorpora o renueva valores, principios, creencias, aspiraciones, necesidades u otros criterios y normas jurídicas.

El derecho se concibe no como algo dado, ni como el resultado o la invención de un solo hombre ni de una sociedad, de un solo momento histórico o de un solo proceso legislativo o jurisprudencial, es la obra de creación permanente que se realiza por un complejo entramado de actos y procesos complementarios que tienen verificativo en un contexto histórico, político y social determinado.

Se conoce a los procedimientos y actos de identificación o formalización validación de las normas jurídicas con el nombre de fuentes formales.

Los contenidos normativos que se incorporan al sistema jurídico se denominan fuentes materiales o reales del derecho ç. A los documentos o textos de derecho positivo no vigente que sirven de inspiración o antecedente para la formalización del derecho se les denomina fuentes históricas. El objetivo de las fuentes formales del derecho, era establecer con claridad los procesos artificiales de elaboración del derecho,, ya que su origen natural se hallaba en el espíritu de los pueblos.

La elaboración de normas jurídicas corre a cargo tanto de la autoridad (a través de sus órganos legislativos, ejecutivos o judiciales) como de los particulares (a través de la costumbre jurídica o sus contratos privados). Dichas normas jurídicas según sean sus fuentes adquieren la forma de ley, jurisprudencia, costumbre jurídica o normas jurídicas individualizadas. El producto individual de la legislación es la ley: por tal se entiende a la norma jurídica que, con carácter general y obligatorio, resulta de un proceso específico de creación por parte del órgano o autoridad facultada al efecto.

La Ley normalmente está o debería estar dotada de abstracción, generalidad, obligatoriedad y coercibilidad.

Desarrollo

1.1. Fuentes

Conjunto de pautas compuesto por valoraciones, principios morales doctrina, entre otros; que determinan la voluntad del legislador, contribuyendo a dar contenido a las normas jurídicas.

"Principios, fundamento u origen de una cosa…"

1.2 Fuentes del Derecho

Principios, fundamentos u origen de las normas jurídicas, y en especial del derecho positivo o vigente en determinado país o época.

El derecho positivo de cualquier estado, es decir, el derecho actual y vigente, tiene dos fuentes principales, a saber: puede establecerlo la comunidad popular organizada , esto es, el estado, en forma de legislación (Ley), y puede también dimanar de la colectividad popular no organizada, de la sociedad , en forma de habito conscientes de los fines del derecho trata de cumplir (Costumbres), ambas se llaman fuentes del derecho por ser los medios que hacen valer las reglas de estés en cada momento de la vida.

1.3 Teoría tradicionales

• Fuentes formales

Son las fuentes jurídicas. Fuentes formales del derecho se denomina la manera como los preceptos contenidos en las normas, adquiere carácter de obligatoriedad se coercible, coloca todo el aparato del Estado detrás de precepto para crear la posibilidad de materializar una sanción en el caso de su incumplimiento es lo que hace a las normas adquirir el carácter de jurídica, es decir, obligatoria por ser coercible.

Las fuentes formales del derecho es el derecho mismo, y es por eso que se dice que se dice que son los sordos de expresión de derecho positivo. Son fuentes formales: la Ley, la costumbre la jurisprudencia, la doctrina científica.

Las fuentes formales son las normas positivas de cualquier tipo que pueda ser invocada por un organismo, con fundamento de validez de la norma que crea así, es legislador invoca con fundamento de la Ley a la constitución, el juez a la Ley como fundamento de su sentencia, entonces la fuente formal seria una norma superior donde se fundamenta, la validez de la norma que se crea

• Fuentes materiales

La norma además de ser un producto de la actividad del legislador, que responde a los procedimientos específicos, es una manera de regular la conducta del hombre a través de un imperativo.

El legislador estudia el fenómeno social que va a regular con las necesidades del grupo, formas de conducta que debe regular, factores económicos, físicos y religiosos, morales, históricos y todo lo que influye en la sociedad, es lo que determina el contenido de la Norma Jurídica para solucionar el conflicto de intereses que justifican la oposición de la norma. Entonces las fuentes materiales del derecho son las fuentes extras jurídicas. Los factores, la circunstancia, elementos, que condicionan y determina el contenido de la norma jurídica.

Fuentes históricas

Son documentos históricos que hablan o se refieren al derecho. En la antigüedad estos documentos eran muy diversos (papiros, pergaminos, tablillas de arcilla en las que algunos pueblos estampaban sus leyes y contratos). Se refiere a las fuentes jurídicas según su aplicación en el tiempo. Serán vigentes las fuentes positivas actuales que no han sido derogados por otra ley o el reglamento que no ha sido substituido por otro.

Serán históricas las fuentes que han perdido su vigencia y se sitúan en la historia del derecho Positivo. Es el caso de la recordada Ley de Hidrocarburos de 1945. También del Hábeas Iuris Civile, compilación Justinianea de la cual arrancan importantes instituciones jurídicas que han tomado desarrollo a través de los siglos.

1.4 Teoría moderna de Alf Ross

Dice el autor que por fuentes del derecho a de entenderse el conjunto de factores o elementos q ejerce influencia en la formulación por parte del juez de las reglas en la que esta basada su decisión; con el agregado de que esta influencia pueda variar desde aquellas fuentes.

Por consiguiente por fuentes debemos entender todos los factores las circunstancias que determinen la selección de la escogencia de la norma que sirve de fundamento al órgano encargado de resolver los problemas que se someten a su consideración.

En esta forma, el autor piensa que las fuentes del derecho se clasifican en 3 grandes grupos:

• La fuentes total mente objetivadas;

• La fuentes parcial mente objetivadas;

• Las fuentes no objetivadas

Por lo tanto el criterio de clasificación se refiere al grado de objetivización de los factores que sirven de base a la autoridad competente. Des de la objetivización total que encontramos en el derecho legislado, hasta el procedente, es decir, los criterios que encontramos en las jurisprudencia, ay varios grados de objetivización. Que algunas veces las fuentes estén ya dadas de antemano, como por ejemplo el caso del derecho legislado

2. La Ley

• Definición

"Es todo precepto de derecho obligatorio", o también "Todo precepto dictado por la autoridad, en que se nada o prohíbe una cosa en consecuencia con la justicia y para bien de los gobernados",

Santo Tomas definió la Ley como: "Una ordenación de la razón, dirigida al bien común, promulgada por el que tiene el cuidado de la comunidad"

Su formación es una función especial de los organismos encargados de ejercicios de los poderes públicos. En este sentido Jurídico amplio, consideramos Ley toda norma que obliga, tanto la dictada por el poder Legislativo de un estado, como la emanada de cualquiera de sus otras Autoridades Legitimadas obrando dentro de la orbita que le asigna una función.

Para que una Ley tenga una fuerza de obligar una vez dictada por quien pueda hacerlo, es necesario que se lleve a conocimiento de aquellos a quienes ha de obligar. A esto se da el nombre de "Promulgación". Sin este requisito la Ley no tiene fuerza de obligar. Después de la promulgación nadie puede excusarse de cumplirla alegando su desconocimiento.

Procesos formativos de las Leyes en Venezuela

• Iniciativa de la Ley

Es el acto donde se presenta a la deliberación de la Asamblea Nacional, una imagen de lo que aspira a convertirse un texto legal. Los autores distinguen entre proyectos de Ley y proposición de leyes. El proyecto de Ley proviene del Gobierno o de los particulares, y la proposición de la Ley dimana de los mismos parlamentos.

Según el artículo 204 de la Constitución Bolivariana de Venezuela:

La iniciativa de las leyes corresponde:

Al Poder Ejecutivo Nacional.

A la Comisión Delegada y a las Comisiones Permanentes.

A los y las integrantes de la Asamblea Nacional, en número no menor de

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (33 Kb)
Leer 20 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com