Filosofia Del Derecho
luchinsame5312 de Julio de 2013
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Rodolfo Stammler
Rodolfo Stammler
Rodolfo Stammler (Alsfeld, 19 de febrero de 1856 – Wernigerode, 25 de mayo de 1938). Jurista alemán, fundador de la filosofía neokantiana del Derecho en Alemania. Fue profesor en Marburgo (1882-1884), Giessen (1884-1885), Halle (1885-1916) y Berlín (1916-1923), además de miembro del anillo alemán de la libertad del Partido Nazi en Wernigerode y del comité filosófico-jurídico de la Academia para el Derecho Alemán, fundada en 1933 por el ministro nacionalsocialista Hans Frank.
Stammler aplica al Derecho la distinción kantiana de materia y forma: la materia es el contenido del Derecho, que cambia en la historia; la forma es elDerecho natural, objeto de la filosofía del Derecho. A esta doctrina se ha llamado: «Derecho natural de contenido variable».
Distinguió entre «concepto de Derecho» e «Idea de Derecho». El concepto de Derecho sirve para delimitar las normas jurídicas frente a otras afines —las normas morales, las costumbres y las órdenes arbitrarias del poder—, quedando definido como la «voluntad vinculatoria, autárquica e inviolable». La Idea de Derecho es el fin que ha de informar la concreción jurídica del Derecho para que pueda ser considerado justo. Pero no es una Idea material de Justicia, sinoformal: sólo proporciona un método para determinar la justicia de las normas jurídicas concretas. Así, Stammler se eleva a la Idea de una «comunidad pura», que es la forma del ideal social: «Justicia es la orientación de una determinada voluntad jurídica en el sentido de la comunidad pura».
Algunas de sus obras son: Economía y Derecho en la concepción histórica materialista (1896), Teoría del Derecho justo (1902), Tratado de Filosofía del Derecho (1925), El juez (1925).
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ARTÍCULO.”RODOLFO STAMMLER: LA CIENCIA DEL DERECHO Y LAS NORMAS JURÍDICAS”.
IMAGEN:RUDOLF STAMMLER,JURISTA ALEMAN...
"POR MUCHO QUE LOS JURISTAS PRETENDAN - - - AUNQUE EQUIVOCADAMENTE - - -DESPOJAR A LA CIENCIA DEL DERECHO DE LAS LEYES NATURALES Y LOS PRIMIGENIOS VALORES MORALES,ESTOS SIEMPRE ESTARÁN CONSUSTANCIADOS CON SU OBJETO DE ESTUDIO Y CON LAS NORMAS JURÍDICAS".MEGF.(VIERNES 07 DE MAYO DE 2010 )
ARTÍCULO.”RODOLFO STAMMLER: LA CIENCIA DEL DERECHO Y LAS NORMAS JURÍDICAS”.
PROF. DR. MERVY ENRIQUE GONZÁLEZ FUENMAYOR.
MARACAIBO-ESTADO ZULIA-VENEZUELA-AMÉRICA DEL SUR.
REDACTADA Y PUBLICADA: VIERNES 07 MAYO DE 2010.
Rudolf Stammler (Alsfeld, Hessen, Alemania, 19 de febrero de 1856 - Wernigerode, Alemania, 1938) fue un jurista y escritor alemán.. Fue profesor en Marburgo, Giessen, Halle y Berlín. Es autor, entre otros títulos, de La doctrina del derecho justo (1902), Teoría del derecho científico (1911) y Filosofía del derecho (1928). STAMMLER propone aplicar estrictamente el método formalista, que prescinde de los contenidos, necesariamente limitativos y no universales de los ordenamientos jurídicos particulares. Desde esta perspectiva la vida social aparece como la "acción conjunta reglada de los hombres", y el orden jurídico como "un medio para el logro de fines". Al concepto de hombres vinculados socialmente debe unirse la idea de la vinculación de fines. El concepto de derecho supone un orden jurídico entendido como un medio para el logro de fines, por lo cual la noción del derecho puede ser comprendida y concebida sólo mediante una referencia a los fines humanos y a sus medios adecuados. El criterio para distinguir el derecho justo del que no lo es se encuentra para Stammler en la idea de derecho, definida como "la noción de la armonía incondicionada de todo contenido jurídico”. La idea de derecho justo se relaciona con el concepto de idea social, y no entendido como una utopía o una situación jurídica que debe lograrse. Aquí el ideal social no es un fin sino la armonía absoluta de todos los posibles quereres jurídicos. (Fuente: monografías.com)
Para un sector de la doctrina el Iusnaturalismo resulta restaurado por Stammler en sus investigaciones y publicaciones, veamos este aspecto:
STAMMLER Y LA RESTAURACIÓN DEL IUSNATURALISMO:
El Derecho Natural de Stammler:
A comienzos del XX los juristas comienzan a ver que no puede prescindirse de unos principios rectores de lo jurídico y que de abandonar el derecho positivo a la sola fuente de la voluntad del Estado, no puede sino abocar en una dictadura del poder a través del derecho, al carecer el legislador de toda limitación a la hora de dictar la norma positiva.
Se va reconociendo que es necesario afirmar cierto orden objetivo, por encima del derecho positivo al que éste debe someterse, lo que no es más que una apelación a la doctrina Iusnaturalista.
El primero en reivindicar el Iusnaturalismo fue Rodolfo Stammler (1856-1938), que maneja nociones kantianas de forma y contenido para aplicarlas a la explicación del derecho:
* El derecho positivo, tiene que ser un “derecho justo”, por lo que debe contarse con un criterio de justicia, que suministra el derecho natural.
*Pero para Stammler, éste (el derecho natural) es una forma, vacía en sí misma, que recibirá diferentes contenidos a lo largo de la historia: El derecho natural nos dirá qué es formalmente lo justo, en todas partes y momento, pero no en cada momento concreto, pues dependerá del contenido histórico que sé de a la fórmula de lo justo. De ahí que la fórmula de Stammler se describa como un derecho natural de contenido variable.
El aporte de Stammler a la ciencia del Derecho es de gran importancia, independientemente de la solidaridad que puedan merecer sus criterios y opiniones.
IMAGEN:RUDOLF STAMMLER,JURISTA ALEMAN...
"POR MUCHO QUE LOS JURISTAS PRETENDAN - - - AUNQUE EQUIVOCADAMENTE - - -DESPOJAR A LA CIENCIA DEL DERECHO DE LAS LEYES NATURALES Y LOS PRIMIGENIOS VALORES MORALES,ESTOS SIEMPRE ESTARÁN CONSUSTANCIADOS CON SU OBJETO DE ESTUDIO Y CON LAS NORMAS JURÍDICAS".MEGF.(VIERNES 07 DE MAYO DE 2010 )
Stammler, filósofo del Derecho y civilista[1]
Por Wenceslao Roces
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Revista General de Legislación y Jurisprudencia, tomo 147 (págs. 449-469), 1925; Salamanca.
Texto preparado para su edición digital por Uriel Bonilla.
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En la cumbre de una larga vida de consagración a la ciencia y a la enseñanza, Rudolf Stammler, investigador eminente y maestro ejemplar, puede mirar con orgullo el vasto campo removido y sembrado por su labor infatigable. Acaso no se agrupe en derredor de él una «escuela stammleriana», una de esas coteries tan frecuentes por desdicha en el mundo de la ciencia, con el ritual y la liturgia de las confesiones, y el incienso de las capillas, y la fe ciega de las mesnadas en las dotes carismáticas del jefe. Las doctrinas de Stammler, arraigadas en la libertad de espíritu y de crítica, son incompatibles con ese aire dogmático de rendimiento y adoración. Pero, si no una «escuela», han provocado algo más: un movimiento. Este renacimiento universal de la Filosofía del Derecho, que, después de largos años de abandono, se manifiesta con pujanza cada día mayor, tiene en Stammler, a no dudarlo, su más vigoroso propulsor.
Y desde su retiro apacible del Harz podrá el maestro ahora, en el declinar glorioso de su vida, contemplar con satisfacción toda esta pletórica florescencia de estudios filosófico-jurídicos, en los que hay siempre un germen de su propia obra, por muy adversas o indiferentes que le sean sus doctrinas. La aportación de Stammler fue el soplo revivificador de la ciencia jurídica abstracta. Que las investigaciones que él removió no se detengan ante su propio sistema es ley de vida y signo de vitalidad de la disciplina reengendrada.
Fecundos han sido estos años de la colmada vida del maestro, que hubieran podido ser de bien ganado reposo. Las doctrinas monográficas de sus obras fundamentales: Wirtschaft und Recht (5.ª ed., 1925), Die Lehre von dem richtigen Rechte (1902), Theorie der Rechtswissenshaft (2.ª edición, 1924), requerían el órgano de una exposición didáctica que las hiciese accesibles a la juventud académica. A esta finalidad respondió su Tratado de filosofía del Derecho, que vió la luz en 1922 (2.ª ed., 1923), y es una excelente y concisa refundición sistemática de aquellos libros, precedida de una historia crítica de las doctrinas jurídico-filosóficas. Análoga mira de difusión didáctica y de orientación se proponen su sugestivo opúsculo sobre las Modernas teorías del Derecho y el Estado (1917) y la breve monografía consagrada a estudiar paralelamente El Socialismo y el Cristianismo (1920).
Tres grandes corrientes se han sucedido en la filosofía social de los tiempos modernos, que determinan y explican históricamente la doctrina stammleriana. La teoría del Derecho natural, nacida de la eterna aspiración a encontrar un Derecho ideal como refugio contra estas normas existentes y reales, perecederas e imperfectas, como todo lo humano, y con su mito de un Código eterno e inmutable e inalienable, colección de leyes preestablecidas, aplicables a todos los lugares y todos los tiempos. La reacción empirista de la Escuela histórica, que al dogma de lo universal opone el dogma de lo nacional y al postulado de lo inmutable y eterno el principio de la incesante
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