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Filosofia


Enviado por   •  20 de Junio de 2013  •  7.205 Palabras (29 Páginas)  •  233 Visitas

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INTRODUCCION

Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.

Los derechos humanos universales están a menudo contemplados en la ley y garantizados por ella, a través de los tratados, el derecho internacional consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del derecho internacional. El derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones que tienen los gobiernos de tomar medidas en determinadas situaciones, o de abstenerse de actuar de determinada forma en otras, a fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos o grupos.

El principio de la universalidad de los derechos humanos es la piedra angular del derecho internacional de los derechos humanos. Este principio, tal como se destacara inicialmente en la Declaración Universal de Derechos Humanos, se ha reiterado en numerosos convenios, declaraciones y resoluciones internacionales de derechos humanos. En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena en 1993, por ejemplo, se dispuso que todos los Estados tenían el deber, independientemente de sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales.

CONCLUSION

Todos los derechos humanos, sean éstos los derechos civiles y políticos, como el derecho a la vida, la igualdad ante la ley y la libertad de expresión; los derechos económicos, sociales y culturales, como el derecho al trabajo, la seguridad social y la educación; o los derechos colectivos, como los derechos al desarrollo y la libre determinación, todos son derechos indivisibles, interrelacionados e interdependientes. El avance de uno facilita el avance de los demás. De la misma manera, la privación de un derecho afecta negativamente a los demás.

La no discriminación es un principio transversal en el derecho internacional de derechos humanos. Está presente en todos los principales tratados de derechos humanos y constituye el tema central de algunas convenciones internacionales como la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.

El principio se aplica a toda persona en relación con todos los derechos humanos y las libertades, y prohíbe la discriminación sobre la base de una lista no exhaustiva de categorías tales como sexo, raza, color, y así sucesivamente. El principio de la no discriminación se complementa con el principio de igualdad, como lo estipula el artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”.

Los derechos humanos incluyen tanto derechos como obligaciones. Los Estados asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y realizar los derechos humanos. La obligación de respetarlos significa que los Estados deben abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos humanos, o de limitarlos. La obligación de protegerlos exige que los Estados impidan los abusos de los derechos humanos contra individuos y grupos. La obligación de realizarlos significa que los Estados deben adoptar medidas positivas para facilitar el disfrute de los derechos humanos básicos. En el plano individual, así como debemos hacer respetar nuestros derechos humanos, también debemos respetar los derechos humanos de los demás.

Los derechos humanos, herederos de la noción de derechos naturales, son una idea de gran fuerza moral y con un respaldo creciente. Legalmente, se reconocen en el Derecho interno de numerosos Estados y en tratados internacionales. Para muchos, además, la doctrina de los derechos humanos se extiende más allá del Derecho y conforma una base ética y moral que debe fundamentar la regulación del orden geopolítico contemporáneo. La Declaración Universal de los Derechos Humanos se ha convertido en una referencia clave en el debate ético-político actual, y el lenguaje de los derechos se ha incorporado a la conciencia colectiva de muchas sociedades. Sin embargo, existe un permanente debate en el ámbito de la filosofía y las ciencias políticas sobre la naturaleza, fundamentación, contenido e incluso la existencia de los derechos humanos; y también claros problemas en cuanto a su eficacia, dado que existe una gran desproporción entre lo violado y lo garantizado estatalmente

CONCLUSION

Durante muchos años los hombres y las mujeres han venido luchando por mejorar sus vidas. Cada lucha supone un paso hacia la libertad, la igualdad y hacia el disfrute de una vida más digna.

Luego de la Segunda Guerra Mundial, durante la cual muchas personas fueron torturadas, encarceladas y muchas otras asesinadas, la Asamblea General de la recién creada Organización de las Naciones Unidas preocupada porque situaciones como estas no volvieran a repetirse, reconoció la existencia de derechos que no pueden ser violados bajo ninguna circunstancia; por ello, la Asamblea y los Estados que la conforman, se comprometieron a velar por la garantía y protección a estos derechos. La DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS fue promulgada el 10 de diciembre 1948, día que desde entonces se conoce como el Día Internacional de los Derechos Humanos.

En la Declaración Universal de Derechos Humanos encontramos derechos que se refieren tanto a la protección individual: vida, integridad, libertad, seguridad; como también aquellos aspectos que garantizan el disfrute del bienestar colectivo, tales como: seguridad social, salud, educación, trabajo, vivienda, recreación.

Basándose en los principios de libertad e igualdad, la Declaración Universal de los Derechos Humanos hace especial énfasis en la necesidad de desarrollar un orden de justicia a nivel internacional que garantice la plena vigencia de los derechos contemplados en ella.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos, aunque no tiene las características formales de una Ley vinculante para los Estados sí tiene enorme fuerza moral, pues supone la obligación de los Estados de respetar los principios en ella contenidos. Su importancia está en que constituye un acuerdo universal, una concepción común de los derechos de los que gozamos los seres humanos sin distinción de sexo, raza, cultura,

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