Instituciones De Crédito Banca Rio
akira6udou9 de Junio de 2015
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instituciones de Crédito Banca rio Son aquellas empresas constituidas bajo la forma asociativa, cuya principal actividad está dirigida a captar capitales ociosos, dándoles colocación útil, así como facilitar las operaciones de pago y las negociaciones con valores ( acciones y obligaciones). Las instituciones de crédito, por su Propiedad, se clasifican en nacionales, privadas y mixtas. A su vez dichas instituciones pueden ser de siete tipos:
1. Instituciones de Depósito.
2. Instituciones de Ahorro.
3. Financieras.
4. Hipotecarias.
5. Fiduciarias.
6. De capitalización.
7. De banca múltiple.
colocación útil, así c
omBanca múltiple:
Es aquella que presta a sus clientes una amplia gama de servicios , recibe depósitos realiza operaciones de crédito hipotecario o REFACCIONARIO , practica operaciones de fideicomisos , emite bonos bancarios , promueve la organización y transformación de toda clase de empresas o sociedades mercantiles. A estas operaciones se le denominan como operaciones de banca y crédito..(está regulada también por la ley de instituciones de crédito)
Banca del desarrollo
Banca de se clasifican en nacionales, privadas y mixtas. A su vez dichas instituciones pueden ser de siete ti
s • Es una sociedad mercantil denominada sociedad nacional de crédito.
• Se crea por una ley votada y aprobada por el Congreso de la unión.
• Sus servicios en cuanto la colocación de recursos están asignados a un sector de la economía asignado por el Congreso de la unión.
• Es un órgano de la administración pública.
• Sólo puede intervenir el estado y personas físicas y morales exclusivamente mexicanas.
• No cuenta con una red de sucursales.
• Su reglamento interno es emitido y autorizado por la Secretaría de hacienda y crédito público.
• su órgano de deliberación no es autónomo puesto que sus decisiones están sujetas a la aprobación de la Secretaría de hacienda y crédito público.
Fideicomiso de fomento
Es un acto jurídico que debe constar por escrito y por el cual una persona denominada fideicomitente destina uno o varios bienes a la realización de un fin lícito determinado, en beneficio de otra persona denominada fideicomisario quién encomienda su realización a una institución fiduciaria.
Objeto del contrato:
Conjunto de bienes o derechos del fideicomitente aporta al fideicomiso, para la realización de un fin lícito determinado.
Los objetos deben tener las siguientes características:
• existir en la naturaleza.
• Estar dentro del comercio.
• Se determinado o determinable.
• Derechos reales o personales en cuanto su especie.
• Que no sean estrictamente personales del fideicomitente
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