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La Cosificacion De La Humanidad

xtr61922 de Septiembre de 2013

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LA COSIFICACIÓN DE LA HUMANIDAD

INDICE

1.- INDICE…………………………………………………………………………………1

2.- INTRODUCCIÓN………………………………………………………………………2

3.- ASEPCIONES DE LA PALABRA HUMANIDAD………………………………….4

4.- DIFERENCIA ENTRE COSA Y OBJETO……..…………………………………...5

5.- COSIFICACION Y PERSONIFICACION………………………………………….11

6.- PRINCIPALES CASOS DE COSIFICACION HUMANA EN LA HISTORIA………………………………………………………………………………...13

7.- EL PRODUCTO DE CONSUMO……………………………………………...…...18

8.- CONCLUSIONES……………………………………………………………………23

9.- BIBLIOGRAFIA……………………………………………………………………..25

INTRODUCCION

Sin duda alguna, el gran debate que se plantea al jurista del siglo XXI, es el reconocimiento y la defensa de la dignidad humana. El siglo XIX planteo al hombre occidental la necesidad de luchar por los pobres y las clases más desfavorecidas, asociadas principalmente con la figura del proletario. Esa lucha sólo encontró su recompensa tras los tristes acontecimientos acaecidos en la II Guerra Mundial; el temor a una Revolución Global impelieron al juristas a instaurar, extender y ampliar sistemas de protección social capaces de evitar la creación de grandes masas de pobreza y exclusión social capaces de cuestionar los logros conseguidos.

Pero junto a este reconocimiento de derechos y a esta amplitud de los sistemas de protección social, el mundo desoyó los más elementales principios morales, que deberían haber llevado a proclamar con fuerza y rotundidad que una sociedad justa puede ser realizada solamente en el respeto de la dignidad trascendente de la persona humana, representando esta el fin último de la sociedad.

Y en esa alocada carrera contra la dignidad, transcurrió gran parte del siglo XX, vaticinando nuestra realidad actual.

A lo largo y ancho de la historia de la humanidad, se han dado múltiples casos de la humanización de objetos y aspectos, queriendo observar desde una divinidad a nuestra imagen y semejanza o bien hasta la observancia de dichos y entredichos cotidianos como lo son: el día esta alegre, la tarde esta triste, el perro luce contento, entre miles de otras frases tan comunes como inesperadas, mas hay un aspecto que si bien mucho se dio y se da en la historia, es el fenómeno de la cosificación del ser humano. Un proceso similar al de la humanización de cosas y objetos, siendo este el inverso del otro, es decir, hacer del ser humano, una cosa, ¿como se logra esto?, ¿restringiendo o limitando libertades?, ¿dando patrones a elegir e inconscientemente seguirlos?, muchos pudieran decir sí o no a alguna de las propuestas anteriores mas sin en cambio este tema es más complejo que solo aventurarse a responder en sentido afirmativo o negativo.

Para ello me dispongo a en el presente escrito, dar un paso investigativo y analizar cómo es que pasamos de ser la especie dominante del planeta a mero recurso de dominio, como fue que en su momento se habla de la epitome de la libertad y a la par somos un ser meramente encasillado en un modelo de ser y deber ser. Tratare de abordar el concepto de humanidad en diversas acepciones que me permitan formular una idea general de todo lo que debe o debería ser la humanidad, posteriormente tratare de diferenciar la palabra objeto de la palabra cosa, para establecer el porqué del tema cosificación en lugar de objetivación, también enmarcare históricamente los diversos y principales casos de cosificación de los seres humanos, hablare también de que es el producto de consumo y relatare lo que la investigación me ha dado con respecto al cambio de cosa a producto de consumo con respecto a la humanidad.

ASEPCIONES DE LA PALABRA HUMANIDAD

El término humanidad tiene diversas acepciones un ejemplo es que desde el punto de vista antropológico, el termino humanidad hace referencia a que el ser humano como especie (Homo sapiens, como género (Homo) y en su naturaleza (la naturaleza humana).

En psicología se le observa desde su comportamiento (el comportamiento humano) y de cómo este afecta sus relaciones tanto como individuo como multitud.

Desde un punto de vista demográfico se habla de la población mundial vista como el conjunto de todos los habitantes de la Tierra. Se hacen distinciones entre raza, edad, religión y demás aspectos, pero observando esto como un todo con una diversidad multicultural.

En un sentido más moral la humanidad es vista como la compasión, el altruismo y otros rasgos morales positivos, cosas que comúnmente usamos para humanizar diversos objetos, cosas o situaciones tales como animales.

En educación y epistemología, ya visto desde un punto más técnico se definen como Humanidades, que es el conjunto de disciplinas relacionadas con el conocimiento humano y la cultura.

El término ha sido observado desde diferentes vistas, más bien es cierto que el término humanidad es tan amplio como sus diversas acepciones lo permiten, ya que se puede ver como una cualidad, hasta como un atributo inherente por el mero hecho de pertenecer a la especie, mas también es cierto que esta, cualidad, voy a llamarle es única del ser humano. Pero el tema de análisis en esta ocasión no es la humanidad misma, sino más bien cómo fue que se ha cosificado, tópico que será tocado más adelante, por ahora me dedicare a hacer la diferenciación los conceptos de entre objeto y cosa.

DIFERENCIA ENTRE COSA Y OBJETO

En ontología, una cosa, objeto concreto u objeto material es un individuo sustancial dotado con todas sus propiedades sustanciales, en particular la propiedad de cambiar. El concepto de cosa sintetiza los conceptos filosóficos clásicos de sustancia y forma. Según el materialismo, el mundo está compuesto exclusivamente por cosas; y ser, existir realmente, es idéntico a ser una cosa (por lo que no ser es idéntico a fallar en ser una cosa). Por ejemplo, los átomos, los campos, las moléculas, las células, los sistemas nerviosos, los seres humanos, las máquinas y las sociedades son cosas.

Visto desde un punto de vista jurídico el término cosa, en el Derecho privado, se refiere al objeto de la relación jurídica, que puede ser un bien, un derecho o incluso una obligación, en la que además intervendrán personas, siendo éstas los sujetos de tal relación.

Sobre las cosas recaen los distintos derechos reales (como, por ejemplo, la propiedad) sobre los que son titulares las personas. Además, la cosa puede ser objeto de posesión, siendo éste un hecho fáctico de gran importancia jurídica.

Ahora, desde tiempos de roma se hablaba de cosas, y se les mencionaba como: res.

El vocablo cosa (res) se usa para indicar todo aquello que puede ser objeto de derechos, es decir todo cuanto tenga entidad corporal o espiritual, natural o artificial, real o abstracta y que sea susceptible de apreciación económica.

Los juristas romanos se referían a ella como al objeto material (corpus), en oposición a los actos del hombre. Denota una cosa corporal, físicamente delimitada y jurídicamente independiente.

En las fuentes romanas se encuentra la clásica división de las cosas en res intra patrimonium y en res extra patrimonium, según sean bienes económicos de los particulares o no.

Otra clasificación más comprensiva y precisa, clasifica las cosas en res in commercio y res extra commercium. Y además denomina res mullius a las cosas in commercio que no son propiedad de nadie y res delictae a aquéllas cuya propiedad ha renunciado el dueño por abandono.

Las res extra commercio en este rubro se cuentan las cosas que no son susceptibles de relaciones jurídico-patrimoniales por prescripción de la norma divina o por disposición de la ley, de donde surge la división de las cosas:

• Res divini iuris: sacrae, religiosae, sanctae. Las res divini iuris son las cosas de derecho divino. Entre ellas se encontraban las cosas sagradas (res sacrae), consagradas a los dioses superiores y puestas bajo su autoridad como los templos; las cosas religiosas (religiosae) consagradas a los dioses inferiores, como los sepulcros; y, las cosas santas (sanctae), como los muros y puertas de la ciudad.

• Res humani iuris: communes, publicae, universitates. Las res humani iuris eran las cosas del derecho humano. Entre las cosas excluidas del comercio se encontraban las cosas comunes (res communes omnium) como el aire, el agua; las cosas públicas (res publicae) como las cosas del pueblo entre las que se pueden mencionar el río y sus orillas, los puertos; y las res universitates, que eran las cosas que integraban el patrimonio de una comunidad y que estaban afectadas al uso de sus miembros, como los teatros, los foros, los baños públicos, etc.

Dentro de las res in commercium se hallan las siguientes:

• Res mancipi y Res nec mancipi: Conocidas desde la época de la Ley de las XII Tablas. Eran mancipi las cosas cuya propiedad se transmitía por el derecho civil formal y solemne mediante la mancipatio, o mediante la in iure cessio. Eran cosas mancipables las de mayor valor en la primitiva economía agrícola, como los fundos o las heredades y las cosas situadas en el suelo de Italia, como el acueducto, los esclavos y los animales de carga.

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