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Tipos De Poder


Enviado por   •  1 de Octubre de 2013  •  909 Palabras (4 Páginas)  •  302 Visitas

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Poderes, contratos y otros actos

De acuerdo al artículo 1684 del Código Civil Venezolano, un poder es un documento legal donde consta un Mandato o contrato por el cual una persona se obliga gratuitamente o mediante salario a ejecutar uno o más negocios por cuenta de otra, que le han encargado de ello. Un poder puede ser Especial para un negocio o para ciertos negocios solamente o General para todos los negocios del mandante, en éste último caso no corresponde mas que a actos de administración. El PODER ESPECIAL se otorga sólo para actos legales específicos (venta de un inmueble, cobro de una herencia, etc.). El PODER GENERAL es un documento que autoriza al que lo recibe (apoderado) realizar cualquier gestión legal por el otorgante (poderdante).

Requisitos exigidos:

• El interesado debe aportar el texto del documento (por correo electrónico en formato word - no escaneado), en hoja tamaño Din A4, y el texto, justificado en 1,5 espacios entre líneas. No es necesario el visado del abogado que redactó el documento, por lo cual, puede ser enviado al consulado por e-mail para la revisión del texto y para su impresión. El texto debe respetar en su redacción las formas legales de Venezuela.

• Documento de identidad original del otorgante (el que aparece en el texto del poder).

• Acreditación de representación en el caso de que el otorgante actúe en nombre de alguna persona jurídica.

• SI EL INTERESADO NO PUEDE APORTAR LA REDACCIÓN DEL PODER SE SUGIERE ACUDIR A UN NOTARIO ESPAÑOL, QUIEN LO REDACTA Y AUTORIZA. DEBE APOSTILLARSE EN EL COLEGIO DE NOTARIOS DE LA PROVINCIA.

• SI EL INTERESADO NO PUEDE VENIR A LA OFICINA CONSULAR PUEDE ACUDIR A UN NOTARIO ESPAÑOL, QUIEN LO REDACTA Y AUTORIZA. DEBE APOSTILLARSE EN EL COLEGIO DE NOTARIOS DE LA PROVINCIA.

• EL PODER CON LA APOSTILLA DE LA HAYA NO NECESITA LEGALIZACIÓN CONSULAR Y PUEDE SER ENVIADO DIRECTAMENTE A VENEZUELA

• EL COMPROBANTE PARA INGRESAR LAS TASAS CONSULARES SE DA EN LA OFICINA CONSULAR EL DIA DE LA FIRMA, UNA VEZ REVISADO EL DOCUMENTO.

Duración:

El trámite se efectúa en un lapso mínimo de una (1) semana y es necesaria la presencia de los interesados.

Importe:

Poder General €262,50. Poder Especial €87,50.

Importante! :

Se recuerda la necesidad de revocar el poder una vez haya cumplido su función.

Informa PODERES

• Poder Especial

• Poder General

• Revocatorias y Sustituciones

• Copias Certificadas

Existen dos tipos de poderes: Poder Especial y Poder General, los cuales se encuentran en el Título XI del Código Civil de Venezuela.

Poder Especial

Es para un determinado asunto o negocio del poderdante en Venezuela.

Requisitos:

• El poder debe estar redactado conforme a los requerimientos de la Legislación venezolana (se sugiere asesorarse con un abogado venezolano).

• El poder debe ser redactado en español, en papel de tamaño legal, a doble espacio.

• El

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