TÍTULO PRELIMINAR DE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA ÉTICA PROFESIONAL
BonnyDenisseInforme30 de Agosto de 2015
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ÍNDICE
- PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
DE LA ÉTICA PROFESIONAL…………………………..…..…………………... 1-3
- TÍTULO I
DEL ALCANCE Y APLICACIÓN, Y DE LAS
NORMAS GENERALES DE ÉTICA
2.1) CAPÍTULO I
DEL ALCANCE Y APLICACIÓN
Artículos 1º al 4º……………………………………………………………………....4-5
2.2) CAPÍTULO II
DE LAS NORMAS GENERALES DE ÉTICA
Artículos 5º al 8º………………………………………………………………………5-6
2.2.1) SUB-CAPÍTULO I
DE LA RESPONSABILIDAD PROFESIONAL
Artículos 9º al 11º…………………………………………………………….6-7
2.2.2) SUB-CAPÍTULO II
DEL SECRETO PROFESIONAL
Artículos 12º al 14º…………………………………………………………...7-8
2.2.3) SUB-CAPÍTULO III
DE LA INDEPENDENCIA DE CRITERIO
Artículos 15º al 18º…………………………………………………………8-10
2.2.4) SUB-CAPÍTULO IV
DE LA RELACIÓN CON OTROS COLEGAS
Artículos 19º al 24º………………………………………………………....10-11
- TÍTULO II
DEL CAMPO DE LA PROFESIÓN
Artículo 25º……………………………………………………………………………..12
3.1) CAPITULO I
DE LAS ACTIVIDADES PROFESIONALES
EJERCIDAS EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA
Artículo 26º Y 27º…………………………………………………………………12-13
3.2) CAPÍTULO II
EL CONTADOR PÚBLICO Y SUS ACTIVIDADES
PROFESIONALES EJERCIDAS EN FORMA INDEPENDIENTE
Artículo 28º y 37º………………………………………………………………...…13-15
- TÍTULO III
DE LA RETRIBUCIÓN ECONÓMICA Y ANUNCIO
DE SERVICIOS PROFESIONALES
4.1) CAPITULO I
DE LA RETRIBUCION ECONÓMICA
Artículo 38º y 39º………………………………………………………………………16
4.2) CAPITULO II
DEL ANUNCIO DE SERVICIOS PROFESIONALES
Artículos 40º al 44º…………………………………………………………………17-18
- TÍTULO IV
DE LAS INFRACCIONES AL CÓDIGO DE ÉTICA
Y SANCIONES
5.1) CAPITULO I
DE LAS INFRACCIONES AL CÓDIGO DE ÉTICA
Artículos 45º al 49º………………………………………………………………….19-21
5.2) CAPÍTULO II
DE LAS SANCIONES
Artículos 50º al 53º………………………………………………………...………..21-22
- TÍTULO V
DE LOS ÓRGANOS INSTITUCIONALES
Artículo 54º…………………………………………………………………………………23
6.1) CAPITULO I
DEL COMITÉ DE ÉTICA PROFESIONAL
Artículo 55º y 56º……………………………………………………………………….23-24
6.2) CAPÍTULO II
DEL TRIBUNAL DE HONOR
Artículo 57º y 58º…………………………………………………………………………...24
6.3) CAPÍTULO III
DEL CONSEJO DIRECTIVO
Artículo 59º…………………………………………………………………………………25
- DISPOSICIONES FINALES
Primera, Segunda y Tercera…………………………………………………………..…25-26
- DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Única…………………………………………………………………………………….…26
CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL
TÍTULO PRELIMINAR
DE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA ÉTICA PROFESIONAL
El Contador Público Colegiado, deberá cumplir obligatoriamente los Principios Fundamentales siguientes:
1.- INTEGRIDAD.- El principio de Integridad impone sobre todo Contador Público Colegiado, la obligación de ser justo y honesto en sus relaciones profesionales. La Integridad obliga a que el Contador Público Colegiado, sea probo e intachable en todos sus actos.
*El Contador Público Colegiado siempre debe ser veraz en las acciones que realice, dando a mostrar la profesionalidad de su trabajo.
2.- OBJETIVIDAD.- El Contador Público Colegiado, no debe permitir que los favoritismos, conflictos de interés o la influencia indebida de otros elimine sus juicios profesionales o de negocios.
El Contador Público Colegiado, debe actuar siempre con independencia en su manera de pensar y sentir, manteniendo sus posiciones sin admitir la intervención de terceros.
*Nos indica que el Contador Público tiene que ser una persona capaz de hacer valer sus decisiones y que por ningún motivo estas decisiones justas sean modificadas a causa de persuasión de terceras personas.
3.- COMPETENCIA PROFESIONAL Y DEBIDO CUIDADO.- El Contador Público Colegiado, tiene el deber de mantener sus habilidades y conocimientos profesionales en el más alto nivel, para asegurar que el cliente o empleador reciba un servicio profesional competente basado en la práctica, técnicas y legislación vigente.
El mantenimiento de la Competencia Profesional requiere de conocimientos actualizados y de un entendimiento adecuado a las técnicas y normas profesionales.
* El Contador debe estar a la vanguardia de los últimos conocimientos actualizados que no solo hay en el país sino en el mundo; para que de esta forma sea un profesional competente y demuestre la calidad de su trabajo.
4.- CONFIDENCIALIDAD.- El Contador Público Colegiado, debe respetar la confidencialidad de la información obtenida como resultado de sus relaciones profesionales, y no debe revelar esa información a terceros, salvo que exista un deber legal o profesional.
El Contador Público Colegiado, debe tomar todas las medidas necesarias para asegurar que el equipo bajo su control y las personas de las cuales obtiene asesoría o apoyo, respeten el deber de Confidencialidad.
*El Contador Público debe ser prudente con la información que maneja así como encargarse de que las personas a su alrededor, las que tiene a su cargo y de las que obtiene asesoría, también lo sean.
5.- COMPORTAMIENTO PROFESIONAL.- El Contador Público Colegiado, debe cumplir en forma obligatoria las leyes y reglamentos, y debe rechazar cualquier acción que desacredite a la profesión.
El Contador Público Colegiado, debe ser honesto y sincero y no debe realizar afirmaciones exageradas sobre los servicios que pueden ofrecer, las calificaciones que posee, o la experiencia obtenida.
El Contador Público Colegiado, debe tratar a su Colega con consideración, deferencia y manifestaciones de cortesía.
El Contador Público, debe colaborar con sus Colegas u otras personas en la difusión de los conocimientos, para la consecución de un mismo fin.
*Se refiere a que el Contador Público Colegiado no puede estar inmiscuido en actos que van en contra de la ley o en contra de la moral y que sea perjudicial para su imagen como profesional excelente. Mantener la autenticidad de su trabajo y ser cabal en el ejercicio de su profesión. Además del trato cordial con sus Colegas, logrando fines comunes con la expansión de conocimientos.
TITULO I
DEL ALCANCE, APLICACIÓN Y NORMAS GENERALES DE ETICA PROFESIONAL
CAPITULO I
DEL ALCANCE Y APLICACIÓN
Artículo 1º. Las normas contenidas en el presente Código de Ética Profesional, son aplicables a los miembros de los Colegios de Contadores Públicos del país en el ejercicio de la profesión, tanto en forma individual como asociada.
*El Contador Público Colegiado debe poner en práctica todos los principios establecidos en el Código de Ética, ya sea en los cargos que desempeñe en el desarrollo de su profesión.
Artículo 2º. El Contador Público Colegiado está obligado a adecuar sus actividades profesionales a las normas establecidas en el presente Código de Ética Profesional.
*Se refiere a que el Contador debe ser una persona minuciosa, que sepa adaptar sus actividades a las reglas del Código de Ética. Que siempre vayan de la mano.
Artículo 3º. El presente Código regula el ejercicio profesional del Contador Público Colegiado tanto en forma independiente como en relación de dependencia, siéndole aplicable a cualquiera que sea la forma que adopte su actividad profesional y/o la forma o naturaleza de la retribución que perciba.
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