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Boletin Derecho Publico


Enviado por   •  4 de Mayo de 2014  •  681 Palabras (3 Páginas)  •  264 Visitas

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Boletín derecho publico

El presente artículo analiza el problema del poder constituyente y la reforma de la Constitución en la perspectiva de los inicios del siglo XXI, teniendo presente que el acto del poder constituyente originario es de naturaleza prejurídica y de carácter ontológico existencial, mientras que la reforma constitucional es un acto jurídico que se encuentra limitado formal y materialmente por el Texto Constitucional, manteniendo la continuidad e identidad de la Constitución, debiendo operar dentro de los principios supremos del orden constitucional o fórmula política establecida por el constituyente originario. Tal perspectiva legitima el control de constitucionalidad de las reformas constitucionales y la consideración de límites expresos e implícitos de éstas, mismos que son analizados en el texto. A su vez, la decisión de un constituyente de aplicabilidad irreversible de sistemas normativos internacionales o supranacionales limita el margen de actuación de los poderes constituyentes posteriores, generando un orden jurídico al que las pretensiones innovadoras de un nuevo constituyente no pueden afectar. La obra de un nuevo poder constituyente originario es la expresión formalizada de una potestad constituyente limitada.

ASAMBLEAS CONSTITUYENTES

En la historia de Colombia, a lo largo de los últimos dos siglos, se han llevado a cabo varias Asambleas Constituyentes, sin embargo, las que dieron origen tanto a la Constitución de 1886 como a la que nos rige en la actualidad son las que reciben mayor atención en la historia reciente de Colombia.

La Constitución nacida de la Asamblea Constituyente de 1886 se mantuvo vigente por más de 100 años, hasta 1991, año en el que se aprobó la nueva Constitución (debemos entender por Constitución las normas y leyes que regirán a una nación a lo largo de un período de tiempo indefinido).

Para elaborar y consagrar la Constitución actual, se debió seguir un proceso, el cual se resumirá en las siguientes líneas.

La idea de realizar una Asamblea para reformar la Constitución de 1886 surgió de una propuesta que el ex presidente Virgilio Barco Vargas (1986-1990) hizo en el año 1988, la cual consistía en convocar a un plebiscito para derogar el articulo 218 de la Constitución Política.

El cambio que se buscaba era el de lograr una transformación total de las leyes y normas que regían en el país, ello debido, en especial, a la preocupante situación de orden público y al sentimiento generalizado de los ciudadanos de que las instituciones estaban un paso atrás respecto de otros países para poder afrontar el futuro inmediato que les esperaba.

En el año de 1990 se les preguntó a los colombianos sí deseaban implantar una nueva Constitución (aquella pregunta se formuló por medio de una consulta popular).

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