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Consitucion De Cucuta

xavierf8320 de Octubre de 2011

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Constitución de Cúcuta

La Constitución de Cúcuta, también conocida como Constitución de la Gran Colombia o Constitución de 1821 fue el resultado del Congreso de Cúcuta que se desarrolló el 30 de agosto de 1821 y cuyo objetivo principal fue crear la República de Colombia mediante la unificación de Nueva Granada (Colombia y Panamá) y Venezuela. Posteriormente Ecuador se unió a esta enorme nación.

Ocurrió después de la Batalla de Carabobo (24 de junio de 1821), que dio oficialmente la independencia a Venezuela, y luego de la liberación de Caracas, Cartagena, Popayán y Santa Marta.

[editar] Proclamación

El 30 de agosto de 1821 es proclamada la Constitución de Cúcuta y se expide el 12 de julio. Esta estuvo vigente durante la Gran Colombia hasta su disolución 1830.

[editar] Composición

La Constitución de Cúcuta está compuesta por 10 capítulos y 191 artículos. Entre sus aspectos fundamentales se cuentan:

Templo Histórico de Cúcuta: Aquí se reunieron los diputados de Nueva Granada (Colombia) y Venezuela para firmar la Constitución de Cúcuta, por medio de la cual se crea la República de la Gran Colombia.

• Promulgó la liberación progresiva de la esclavitud.

• Permitio el alcance de nuevas reformas de contrato para la libertad social, economica y politica de los territorios.

• Acabó con la Inquisición e hizo reformas relativas a los obispos, arzobispos y algunos bienes de la Iglesia.

• El Gobierno de Colombia se declaró popular y representativo.

• Ratificó estar conformada por tres grandes departamentos: Cundinamarca, Venezuela y Quito.

• Cada parroquia tendría una Asamblea que se reuniría cada cuatro años.

• Podían votar los mayores de veintiún años que sepan leer y escribir y posean cien piastras.

• El Congreso estaría formado por dos cámaras: la del Senado y la de Representantes.

• Para ser Senador se exigió tener treinta años, ser criollo por nacimiento, poseer propiedades inmuebles.

• Se elegirían cuatro senadores por Departamento.

• La Cámara de representantes se compondría de los Diputados.

• Para ser diputado se necesitaba tener veinticinco años.

• La Cámara de Representantes tendrían la facultad exclusiva de acusar ante el Senado al presidente, al vicepresidente de la República y a los ministros de la Alta Corte de Justicia.

• Para ambas Cámaras dispone la Constitución que las sesiones sean públicas.

• El Poder Ejecutivo está constituido por un presidente y un vicepresidente, elegidos por cuatro años.

• Cada departamento estaba administrado por un Intendente nombrado por el presidente y un Gobernador que estaba bajo las órdenes del intendente.

• Establece los cargos de ministros, consejo, tribunal supremo y reglamenta cada uno de los cargos.

• Dicta (en su artículo 128), facultades extraordinarias que interrumpían la aplicación estricta de la carta fundamental (Conmoción Interior).

• El Congreso eligió por votación como presidente de la República a Simón Bolívar y vicepresidente a Francisco de Paula Santander, pero como Bolívar estaba ausente Santander toma la Presidencia y Antonio Nariño la vicepresidencia.

No obstante el espíritu centralista de esta constitución, y a pesar de sus ideas federalistas (libre autodeterminación de las regiones), Santander (llamado el Organizador de la Victoria) antepuso el ejercicio de esta Carta a sus propias convicciones, en una demostración clara de que nadie debía estar por encima de la Constitución y las Leyes, aún si pensaba diferente o si llevaba por título "Libertador". De hecho, la historia registra una anécdota, en la que compañeros de Santander en las campañas emancipadoras, entran a su despacho y le hallan en una mesa, abierta la Constitución sobre un sable desnudo. A la pregunta de qué significaba, el Hombre de las Leyes contestó: "Significa que la espada de los libertadores tiene que estar, de ahora en adelante, sometida a las leyes de la República".

A pesar de las facultades que le otorgaba el mencionado artículo 128, Santander no hizo uso, o fue moderado en dicho uso, ya que era adversario por principio de las facultades extraordinarias y era de la opinión de que los poderes del ejecutivo no debían desbordarse, ya que ello lesionaba el espíritu de Libertad y Orden que la República propugnaba para sus ciudadanos.

Constitución de Cúcuta

Contexto: La Constitución de Cúcuta fue redactada en el Congreso de Cúcuta de 1821 y es la que crea a la Gran Colombia, una enorme nación que estuvo conformada por Colombia, Venezuela y Ecuador. Pánama en ese entonces era un departamento colombiano.

________________________________________

En el nombre de Dios, Autor y Legislador del Universo.

Nos los representantes de los pueblos de Colombia, reunidos en Congreso general, cumpliendo con los deseos de nuestros comitentes en orden a fijar las reglas fundamentales de su unión y establecer una forma de Gobierno que les afiance los bienes de su libertad, seguridad, propiedad e igualdad, cuanto es dado a una nación que comienza su carrera política y que todavía lucha por su independencia, ordenamos y acordamos la siguiente Constitución.

Contenido

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• 1 Título I

o 1.1 Sección primera

o 1.2 Sección segunda

• 2 Título II

o 2.1 Sección primera

o 2.2 Sección segunda

• 3 Título III

o 3.1 Sección primera

o 3.2 Sección segunda

• 4 Título IV

o 4.1 Sección primera

o 4.2 Sección segunda

o 4.3 Sección tercera

o 4.4 Sección cuarta

o 4.5 Sección quinta

o 4.6 Sección sexta

o 4.7 Sección séptima

• 5 Título V

o 5.1 Sección primera

o 5.2 Sección segunda

o 5.3 Sección tercera

o 5.4 Sección cuarta

• 6 Título VI

o 6.1 Sección primera

• 7 Título VII

o 7.1 Sección primera

o 7.2 Sección segunda

• 8 Título VIII

• 9 Título IX

• 10 Título X

[editar] Título I

De la Nación colombiana y de los colombianos

[editar] Sección primera

De la Nación colombiana

Artículo 1.- La nación colombiana es para siempre e irrevocablemente libre e independiente de la monarquía española y de cualquier otra potencia o dominación extranjera; y no es, ni será nunca patrimonio de ninguna familia ni persona.

Artículo 2.- La soberanía reside esencialmente en la nación. Los magistrados y oficiales del Gobierno, investidos de cualquier especie de autoridad, son sus agentes o comisarios, y responden a ella de su conducta pública.

Artículo 3.- Es un deber de la nación proteger por leyes sabias y equitativas la libertad, la seguridad, la propiedad y la igualdad de todos los colombianos.

[editar] Sección segunda

De los colombianos

Artículo 4.- Son colombianos:

1. Todos los hombres libres nacidos en el territorio de Colombia, y los hijos de éstos;

2. Los que estaban radicados en Colombia al tiempo de su transformación política, con tal que permanezcan fieles a la causa de la Independencia;

3. Los no nacidos en Colombia que obtengan carta de naturaleza.

Artículo 5.- Son deberes de cada colombiano vivir sometido a la Constitución y a las leyes; respetar y obedecer a las autoridades, que son sus órganos; contribuir a los gastos públicos, y estar pronto en todo tiempo a servir y defender la patria haciéndole el sacrificio de sus bienes y de su vida, si fuere necesario.

[editar] Título II

Del territorio de Colombia y de su Gobierno

[editar] Sección primera

Del territorio de Colombia

Artículo 6.- El territorio de Colombia es el mismo que comprendía el antiguo Virreinato de Nueva Granada y de la Capitanía General de Venezuela.

Artículo 7.- Los pueblos de la extensión expresada que están aún bajo el yugo español, en cualquier tiempo en que se liberen, harán parte de la República, con derechos y representación iguales a todos los demás que la componen.

Artículo 8.- El territorio de la República será dividido en Departamentos, los Departamentos en Provincias, las Provincias en Cantones, y los Cantones en Parroquias.

[editar] Sección segunda

Del Gobierno de Colombia

Artículo 9.- El Gobierno de Colombia es popular representativo.

Artículo 10.- El pueblo no ejercerá por sí mismo otras atribuciones de la soberanía que la de las elecciones primarias, ni depositará el ejercicio de ella en unas solas manos. El Poder Supremo estará dividido para su administración en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

Artículo 11.- El poder de dar leyes corresponde al Congreso; el de hacer que se ejecuten, al Presidente de la República, y el de aplicarlas en las causas civiles y criminales, a los tribunales y juzgados.

[editar] Título III

De las asambleas parroquiales y electorales

[editar] Sección primera

De las asambleas parroquiales y escrutinio de sus elecciones

Artículo 12- En cada Parroquia, cualquiera que sea su población, habrá una Asamblea Parroquial el último domingo de julio de cada cuatro años.

Artículo 13.- La Asamblea Parroquial se compondrá de los sufragantes parroquiales no suspensos, vecinos de cada parroquia, y será presidida por el Juez o los jueces de ella, con asistencia de cuatro testigos de buen crédito, en quienes concurran

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