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La Consitucion

daniels1115 de Marzo de 2012

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Derechos humanos fundamentales

La Constitución nos otorga garantías para defender los derechos fundamentales que le corresponden a todo ser humano: derecho a la vida, a la libertad, a la igualdad, a la propiedad, a la seguridad jurídica; así como otras que hacen más digna la vida: derecho a la salud, a la educación, al trabajo y a decidir el número de hijos, entre otros.

Estos se llaman derechos humanos y todos gozamos de ellos sin distinción de raza, de religión, de sexo o de nacionalidad.

Nuestra Constitución nos otorga una protección, a la que llamamos juicio de amparo. Sirve para protegernos de los actos de las autoridades que no cumplan con la Constitución y nos perjudiquen.

Otra protección es la Comisión de Derechos Humanos. Cuando vamos a quejarnos, la comisión investiga y le recomienda a las autoridades que corrijan las faltas.

Artículos. 31, 102 a), 103, 107, 132 b)

Garantías individuales

En la Constitución se otorgan dos tipos de derechos: los individuales y los sociales.

Ningún individuo es más importante que otro. Los hombres y mujeres somos iguales ante la ley. En México no existen esclavos ni nobles, y los derechos humanos que otorga la Constitución están garantizados para todas las personas.

La Constitución garantiza un gran espacio de libertad para cada individuo: todos podemos pensar, decir, oír, escribir o hacer lo que queremos, siempre que no dañe a los demás. Por ejemplo, tenemos libertad de expresión.

El derecho a la información significa que podemos exigir que los periódicos, la radio y la televisión nos informen con veracidad lo que sucede en México y en el mundo.

La Constitución también otorga libertad de reunión.

Artículos. 5o - 7o y 6o, 9o

Otra libertad muy importante es la de escoger nuestro trabajo. Nadie puede imponernos un empleo en contra de nuestra voluntad.

También tenemos libertad de transitar por el territorio nacional.

También tenemos el derecho a la seguridad. Podemos vivir tranquilos porque la Constitución prohíbe que la gente use la violencia para resolver diferencias o reclamar sus derechos.

Artículos. 5o, 11 y 13, 17 - 23

Las autoridades tampoco deben actuar en contra de nuestra salud, de nuestras libertades o nuestras propiedades.

Antes de privar a alguien de sus cosas o de meterlo en prisión, se le debe realizar un juicio.

La Constitución da seguridad y nos permite vivir en paz.

Artículos. 14, 16, 17

Así como los jueces son los únicos encargados de impartir justicia, los únicos autorizados para investigar los delitos son los agentes del Ministerio Público y los policías que los auxilian.

Los acusados no deben ser amenazados ni sufrir maltratos al ser detenidos.

Artículos. 16, 18 - 23

Otro derecho que nos da la Constitución es la libertad de creencias. Podemos elegir nuestra religión o no creer en ninguna. Además, la Constitución separa las actividades de las iglesias de las responsabilidades del Estado. Por eso la educación que imparte el Estado es laica.

De la misma manera, el gobierno no debe intervenir en la vida interna de las iglesias.

Artículos. 24, 130

Derechos sociales

Nuestra actual Constitución, promulgada el 5 de febrero de 1917, recogió las causas por las que se había luchado durante la Revolución.

Los derechos sociales señalan las obligaciones del Estado frente a la sociedad, sobre todo con los grupos de personas que necesitan protección adicional: los campesinos, los trabajadores, los pueblos indígenas, la familia y los niños.

Artículos. 4o, 27, 123

En su artículo 3o, la Constitución establece que todos tenemos derecho a recibir educación. Es obligatorio terminar la primaria y la secundaria. Cualquiera puede lograrlo porque, en las escuelas

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