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La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR)


Enviado por   •  2 de Junio de 2014  •  Trabajos  •  2.229 Palabras (9 Páginas)  •  488 Visitas

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CONVEMAR

La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR) es considerada, para el imperialismo, uno de los tratados multilaterales más importantes de la historia, desde la aprobación de la Carta de las Naciones Unidas, siendo calificada como la “Constitución de los océanos”, ya veremos por qué.

Fue aprobada, tras nueve años de trabajo, desde el 30 de abril de 1982 en Nueva York (Estados Unidos), y abierta a su firma el 10 de diciembre de 1982, en Bahía Montego (Jamaica). Pero recién entró en vigor el 16 de noviembre de 1994.

Pero si de historia en la legislación sobre los derechos del mar se trata, los Tratados del Pacífico de 1952 en Santiago de Chile y de 1954 en Lima, Perú, suscritos entre Ecuador, Perú y Chile, que declaran soberanía absoluta y exclusiva sobre 200 millas de mar territorial, son los pioneros en sentar jurisprudencia en este asunto; fueron los primeros en ser refrendados en las Naciones Unidas y, puesto que ningún país los ha objetado, están en plena vigencia. El Gobierno del Ecuador a través del presidente Rafael Correa suscribió la CONVEMAR el 18 de febrero de 2010, y la Asamblea Nacional lo ha ratificado en una única sesión este 22 de mayo de 2012 (para vergüenza patria, 2 días antes de recordar la gesta heroica de la Batalla del Pichincha) con los votos del correísmo y la derecha.

La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, en su Sección 2 referida a los límites del mar territorial, Artículo 3, determina: “Anchura del mar territorial.Todo Estado tiene derecho a establecer la anchura de su mar territorial hasta un límite que no exceda de 12 millas marinas, medidas a partir de líneas de base determinadas de conformidad con esta Convención”.

Al ratificarse por parte de la Asamblea Nacional la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, CONVEMAR, el Estado ecuatoriano cede a la comunidad internacional la soberanía y jurisdicción exclusivas sobre 188 millas marinas de su mar territorial, lo cual significa una reducción de alrededor de 1’029.718 km² de su heredad territorial.

El hecho de que ahora nos pretendan engañar con una jurisprudencia marítima que nace recién en los años 80, como es la CONVEMAR, deja de lado, de un solo plumazo, esos tratados que sentaron las bases para reclamar diplomáticamente la soberanía del Mar para nuestros países. Ahora bien, es necesario señalar que los EE.UU. son los principales promotores para la firma de la CONVEMAR, sin embargo ellos no la han suscrito hasta la presente fecha, lo cual deja mucho que pensar. En este sentido, indudablemente se nos viene a la mente lo que pasó con el Protocolo de Kioto sobre el medio ambiente, el cual pone regulaciones a las emanaciones de gases con efecto invernadero, porque asimismo fueron los EE.UU. y sus grandes ONG’s ambientalistas quienes promocionaron por todo el mundo la suscripción a este Tratado, para tener más limpio el ambiente según decían, pero, claro está, más limpio para que ellos puedan contaminar con mayor libertad, pues son uno de los pocos países, junto con Australia, que no lo han suscrito.

La pregunta queda flotando: Si tan buena es la CONVEMAR ¿por qué no la ha suscrito EEUU?, ¿no creen que allí hay un interés oculto?

Analizando un poco más a fondo, en los años 1952 y 1954 Ecuador, Perú y Chile declararon soberanía absoluta sobre 200 millas marinas de su mar territorial, en una declaración que proclamaba que “la soberanía y jurisdicción exclusivas que a cada uno de ellos corresponde sobre el mar que baña las costas de sus respectivos países, tendrán una distancia de doscientas millas marinas”; es decir, se hicieron legítimos dueños de ese territorio, por derecho, por ser territorio contiguo, por descubrimiento, por conquista, por astucia y por lo que históricamente haya sido, pero se declaró como territorio propio e inalienable .Ahora bien, si hacemos un símil en la historia y recordamos siglos pasados en que Brasil, Perú, Ecuador Colombia y Venezuela descubrieron la Amazonía, y en un principio creían que no servía para nada, ¿cómo hubiesen sido vistos nuestros antepasados si por ese absurdo parecer hubiesen renunciado a la soberanía del territorio amazónico y lo declaraban como territorio mundial?; la respuesta es indudable: como claros traidores a la Patria, lo mismo sucede ahora, pero no en supuestos sino en una humillante realidad con los que han votado a favor de la adhesión de nuestro país a la CONVEMAR ¿Por qué debemos ser tan generosos en brindarle este territorio al mundo entero?, entiéndase por mundo entero a las “Naciones Unidas” y por Naciones Unidas a EE.UU. Europa y demás países imperialistas.

Por otro lado, muchos dicen que hasta el 31 de mayo del 2007 una mayoría de países, 155 para ser exactos, de los 192 Estados miembros de la ONU, han ratificado la CONVEMAR; claro, la mayoría de ellos son países que no tienen derecho al mar, como Bolivia, o países como España, Noruega y otros cuyos derechos de mar se contraponen con los de otros países al estar cercanos, por lo tanto a ellos sí les interesa que se regule su soberanía marítima para evitar conflictos, lo cual no es el caso de nuestro país.

Pero eso no es todo, la famosa ZEE (Zona Económica Exclusiva), normada en los Arts. 55 y 57 de la CONVEMAR, no quiere decir que el Estado ribereño tiene el derecho exclusivo a explotar los recursos marinos frente a sus costas, sino solo la primera opción, que no es lo mismo, en este sentido es clara la definición que hace el Art. 62 numeral 2 del Convenio, referido a la utilización de los recursos vivos, en cuanto a que: “El Estado ribereño determinará su capacidad de capturar los recursos vivos de la zona económica exclusiva. Cuando el Estado ribereño no tenga capacidad para explotar toda la captura permisible, dará acceso a otros Estados al excedente de captura permisible, mediante acuerdos u otros arreglos…” La trampa radica en que si otros Estados, ni siquiera Estados sino otras transnacionales, que son las que están detrás de todo esto, demuestran tener una tecnología superior para explotar estos recursos, lo harán sin traba legal alguna; entonces, el derecho exclusivo es puro cuento.

Por otro lado, las prácticas militares que se realicen a cabo por las potencias extranjeras frente a nuestras costas son totalmente permisibles, según lo determina el Art. 32 del Convenio, al referirse a la Inmunidad de los buques de guerra que transiten por esta ZEE, nora que taxativamente establece: “ninguna disposición de esta Convención afectará a las inmunidades de los buques de guerra y otros buques de Estado destinados a fines no comerciales”.Esta

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