Capacidades De Las Personas En La Antigua Roma
oscarcepeda8 de Septiembre de 2013
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CAPACIDADES DE LAS PERSONAS
Para que alguien fuera acreedor a derechos en roma debía contar con los tres status:
• Status Libertatis: De la familia
• Status Civitatis: De la ciudadanía
• Status Familiae: Ser padre o representante de familia
Capacidad de goce de las personas jurídicas o colectivas
La capacidad de estas personas está limitada específicamente a la adquisición y ejercicio de derechos patrimoniales.
Capacidad de goce de las personas físicas o individuales
En Derecho publico gozaba de:
• Suffragi activo: derecho a ser elector.
• Suffragi pasivo: derecho a ser elegido.
• Provocatio ad populum: apelación al pueblo reunido en comisión para que no fuera ejecutada una sentencia de muerte.
En Derecho privado gozaba de:
• Jus Commerci: derecho de comerciar.
• Testamenti Factio: derecho a hacer testamento.
• Jus Connubi: derecho a contraer nupcias.
• Patria Potestad: derecho sobre los hijos.
Fin de la capacidad
La capacidad de las personas también tenía, además de las limitaciones a un cuando se daban las siguientes condiciones:
- Capitis diminutio máxima: disminución de la cabeza por pérdida de la libertad.
- Capitis diminutio media: pérdida de la ciudadanía.
- Capitis diminutio mínima: pérdida del derecho de familia.
- La muerte.
Limitaciones de la capacidad jurídica
La ignominia
Las XII tablas llaman imporbas intestabilisque (malo y que no puede ser testigo) a la persona que habiendo asistido a un acto como testigo, después rehúsa atestiguar en caso necesario. En este caso no pudiendo ser él mismo el testigo, ni presentar otro testigo perdía el derecho de comercio implícitamente, ya que casi todos los actos jurídicos se hacían en presencia de testigos.
La infamia (sin fama)
La fama depende de la pública estimación.
Infamia mediata.- que se padecía por una sentencia en ciertos delitos: hurto, robo; o por una condena en un juicio que se basa sobre la buena fe o por la venta de todos los bienes de una persona que no paga sus deudas; deudor insolvente,
Infamia inmediata.- donde no era necesaria en este caso una sentencia sino que cometidas ciertas acciones uno era "ipso facto" -por el mismo hecho- infame: en casos de bigamia, ejercicio de profesiones indecorosas, actor de teatro, gladiador.
En el campo del derecho público, una persona infame perdía el derecho de votar y de ejercer una magistratura. También en el derecho privado el infame sufría algunas limitaciones: no podía representar a otros en juicio, ni hacerse representar en un juicio por otros.
Nexus
Los "nexos" estaban constituidos por esclavos o libres que vivían bajo la potestad del Patter Familia y que eran entregados a la persona a la cual habían faltado para reparar el daño. Donde a la vez tenia la misma situación a la de los esclavos y su capacidad jurídica era limitada.
Adictus
Se llamaba así al deudor insolvente conducido a la cárcel privado de su acreedor por 60 días pasados los días los cuales si no cumplía era reducido a la esclavitud o era muerto por el acreedor.
El sexo
La posición de la mujer era inferior a la del hombre, no era suficiente que sea libre, ciudadana Romana y Sui Juris por su capacidad jurídica era limitada, no solo carecía de derechos en el campo publico si no que su capacidad jurídica era restringida en el Área Civil, es decir que no podía ser magistrado ni votar, así mismo no podía ejercer la Patria Potestad, no podía ser Tutora de impúberes salvo de hijos o nietos, no podía ser testigo en un testamento ni figurar en juicios, no
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