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Cesion De Derechos

nanaru8 de Diciembre de 2014

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CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS QUE CELEBRAN DE UNA PARTE LA SEÑORA MARIA ADELAIDA RAMIREZ CHABLE CON EL CONSENTIMIENTO CONYUGAL DE SU ESPOSO EL SEÑOR DIEGO CAAMAL HU, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO “LA CEDENTE” Y DE LA OTRA PARTE EL SEÑOR HUMBERTO CAAMAL CIME, A QUIEN EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ COMO “EL CESIONARIO”, DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

D E C L A R A C I O N E S:

PRIMERA- Declara la señora MARIA ADELAIDA RAMIEZ CHABLE, bajo protesta de decir verdad:

I. Que es persona física de nacionalidad mexicana, con plena capacidad legal para obligarse y contratar.

II. Que detenta el 100 % (cien por ciento) de los derechos de posesión del inmueble identificado como: “Lote ubicado en Cancún, Municipio Benito Juárez, Estado de Quintana Roo, marcado con el número DOCE, manzana NOVENTA, región CIEN, con una superficie de Ciento sesenta metros cuadrados; y las medidas y colindancias siguientes: al Norte, en ocho metros, colinda con el lote veinticuatro; al Sur, en ocho metros, colinda con la calle treinta y cuatro; al Este, en veinte metros, colinda con lote once; y al Oeste, en veinte metros, colinda con el lote trece. A este predio le corresponde la clave catastral siguiente: 601 4 100 090 012 00 000”.

III. Que el inmueble objeto de este contrato está libre de gravamen y al corriente en el pago del impuesto predial y que no adeuda contribución alguna, ni está sujeta a procedimiento judicial, fiscal, administrativo o laboral alguno y que no ha sido objeto de negocio jurídico previo al consignado en este acto.-

SEGUNDA.- El señor DIEGO CAAMAL HU, declara que es persona física de nacionalidad mexicana, con plena capacidad legal para obligarse y contratar y que el motivo de su comparecencia en este acto es para el único efecto de otorgar su consentimiento conyugal a la señora MARIA ADELAIDA RAMIEZ CHABLE, para la celebración de este contrato.-

TERCERA.- Declara el señor HUMBERTO CAAMAL CIME, bajo protesta de decir verdad:

I. Que es una persona física de nacionalidad mexicana y con plena capacidad legal para obligarse y contratar.

II. Que conoce el inmueble objeto del presente contrato y su situación jurídica, por lo que ha solicitado a “LA CEDENTE” la celebración del presente contrato.

III. Que conoce todas y cada una de las condiciones que señala la Dirección de Catastro del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, para la adquisición de los derechos de posesión, y en lo futuro de la propiedad definitiva, de los inmuebles que forman parte de la Reserva Territorial del Municipio de Benito Juárez, y de la cual forma parte el inmueble objeto de este contrato, y que está de acuerdo con aquellas por lo que se somete fielmente a su cumplimiento.

CUARTA.- Ambas partes contratantes declaran bajo protesta de decir verdad: Que celebran este contrato por su libre y espontánea voluntad y bien enterados de su naturaleza y efectos legales, por lo que renuncian desde ahora a atacar su contenido o a invocar como causales de rescisión la violencia, el error o el engaño.

Atentas a estas Declaraciones las partes se sujetan a las siguientes:

C L Á U S U L A S:

PRIMERA.- La señora MARIA ADELAIDA RAMIEZ CHABLE, cede y traspasa de una manera real, definitiva e irrevocable a favor del señor HUMBERTO CAAMAL CIME, quien acepta la cesión a su favor, de los derechos de posesión del inmueble descrito y deslindado en la Declaración Primera numeral II (romano) de este contrato, libre de gravamen, sin deuda de contribuciones, con todo cuanto de hecho y por derecho le corresponde y se encuentre dentro de su perímetro, obligándose “LA CEDENTE” al saneamiento respectivo para el caso de evicción en los términos de ley.

SEGUNDA.- Ambas partes

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