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Constituciones 1830 Y 1999


Enviado por   •  8 de Octubre de 2011  •  1.113 Palabras (5 Páginas)  •  2.255 Visitas

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El Congreso de 1830 procedió a discutir y sancionar la Constitución Nacional, que es¬tuvo concluida el 22 de septiembre de ese mismo año, siendo los as¬pectos más importantes de esta Constitución:

Organizó la república bajo un régimen centro-federal, dividida en provincias, cantones y parroquias regidos por go¬bernadores, prefectos y jueces de paz, respectivamente. Esta división político territorial se mantuvo hasta 1864, cuando se adoptó la denominación de Estados Unidos de Venezuela y la división en estados, distritos y municipios mantenida hasta hoy. Desde 1953 se volvió a la denominación oficial de República de Venezuela.

El régimen centro-federal de la constitución de 1830 marcó una diferencia im¬portante con las constituciones anteriores de Venezuela y Colombia. En efecto, estas constituciones habían sido federales o centrales (la de 1811, federal; las de 1819 y 1821, centrales); mientras que la de 1830 fue una constitución mixta de federalismo y centralismo. Dada la composición del Congreso de 1830 do¬minado por los separatistas, quienes se habían opuesto siempre al centralismo, era de esperarse que se pronunciaran a favor del régimen federal. Sin embargo, no fue así. El Congreso rechazó el cen¬tralismo por considerarlo “ruinoso para el país”; y rechazó también el federa¬lismo, porque no obstante ser “el mejor y el complemento del sistema republi¬cano, creían que por la falta de luces y de población, y por algunas otras cau¬sas, no debía, por ahora, pensarse en ello”.

Optaron, pues por un compromiso entre las dos tendencias y se pronunciaron a favor de un sistema mixto, que “asegu¬rara la necesaria ligazón entre los altos poderes de la nación y de las provin¬cias”, y que diera al pueblo “la posibi¬lidad de proveer a su bienestar cuidando directamente de sus intereses locales”

Sus características principales son las siguientes:

1) En cuanto a la forma de Estado establece un sistema que se ha llamado centrofederal, pues aunque consideraba al Estado como unitario, centralista, daba a las provincias que lo componían considerable autonomía, con una Asamblea o Diputación provincial electa por los cantones que componían a cada provincia, con facultades de proposición en el nombramiento o designación de los gobernadores de ellas y en los miembros de las cortes superiores de los distritos judiciales en que a estos fines se dividió la República;

2) El sistema electoral continuó siendo indirecto y censitario;

3) Se mantuvo como en toda la historia constitucional del país la división de poderes, con un sistema presidencialista, pero prohibió la reelección inmediata del presidente de la República;

4) El Poder Legislativo se mantuvo bicameral, igualmente como a través de las varias constituciones que nos han regido, con una Cámara del Senado y una de Representantes, pero la Cámara del Senado está compuesta por 2 senadores por cada provincia, afirmando así la igualdad de cada una de ellas, principio éste que es una de las características normales de los estados federales y que ha sido continuo en nuestra historia, hasta las últimas constituciones que en cierta forma lo atenúan y se separan en algo del mismo;

5) La materia de derechos individuales continúa la tendencia ya expresada en la Constitución de 1811 y resume éstos en la libertad civil, la seguridad individual, la propiedad y la igualdad. Nada dice la Constitución sobre la libertad religiosa y de cultos, quizás por considerarla subsumida dentro de la libertad de expresión o regulada por la Ley de patronato eclesiástico, adoptada por la Gran Colombia en 1824;

6) En materia de nacionalidad afirma como preponderante el sistema del jus soli, por el

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