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Creación Del Distrito Federal


Enviado por   •  19 de Mayo de 2013  •  2.301 Palabras (10 Páginas)  •  398 Visitas

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Creación del Distrito Federal

Tras la independencia la Ciudad de México era parte y capital del Estado de México. El 18 de noviembre 1824 el Congreso, decidió crear un Distrito Federal, una entidad distinta a los demás estados, para albergar los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, territorio que no perteneciese a ningún estado en particular y así evitar la influencia excesiva de un estado sobre los demás de la federación sino a todos por igual.

El territorio del Distrito Federal se conformó por la Ciudad de México y otros seis municipios: Tacuba, Tacubaya, Azcapotzalco, Mixcoac y Villa de Guadalupe, teniendo un área de 220.6 km², superficie se escindió del Estado de México. El 20 de febrero de 1837 al cambiar a un gobierno central el Distrito Federal, como tal, desapareció; pero en 1846, la Constitución Federal fue restablecida y con ello reapareció el Distrito Federal. En 1854, Antonio López de Santa Anna, expandió la superficie del Distrito Federal de 220.6 km² hasta aproximadamente 1,700 km² anexando grandes zonas rurales y montañosas del Estado de México, con el fin de controlar los pasos montañosos estratégicos hacia la ciudad.

Finalmente entre 1898 y 1902 los problemas con los Estados de México y Morelos, terminaron con el establecimiento de los límites definitivos del Distrito Federal, disminuyendo su superficie a 1,479 km².

En la década de 1930 el gobierno decidió reconformar la administración interna del Distrito Federal, eliminando los ayuntamientos que lo conformaban, uniéndolos bajo el gobierno de la entidad, denominada el Departamento Central, que en las reformas de la década de 1970 se convertiría en el Departamento del Distrito Federal. En esta década también se aprobó la creación de las delegaciones en las que está dividida la ciudad.De los barrios como los de San Pablo,San Antonio Abad,el Salto del Agua,Santa María la Redonda,Peralvillo, del Carmen,San Lázaro,Candelarita de los Patos, el Distrito Federal se fue transformando para dar paso a las nuevas colonias: como la Juárez, la Roma, la Condesa de Miravalle, la Cuauhtemoc, El Imparcial,la Escandón,La Daniel Garza, la Santa Julia, la del Carmen y la de Obreros entre otras. Las demandas por mayor autonomía de sus residentes hicieron que en 1993 se aprobasen leyes de gobierno propias, la creación de una Asamblea Legislativa y la posibilidad de elegir directamente al jefe de gobierno de la entidad. También fue en ese año que se modificó por última vez el artículo 44 de la constitución para establecer el carácter jurídico de la Ciudad de México que se erige como Distrito Federal en la federación mexicana; es decir, sólo existe una población en la entidad, la Ciudad de México, que a la vez es el Distrito Federal como sede de los poderes de la Unión.

El Distrito Federal es un medio organizativo, parte de la forma de gobierno, de una república federal,

BASES CONSTITUCIONALES.

La Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1824, que se define expresamente —en el Art. 4°— que la forma de gobierno de la Nación es de república "federal", representativa y popular. Y las partes de la Federación son los estados y los territorios. Y por primera vez se establece un Título VI, sobre los Estados de la Federación; pero no se menciona la existencia de una capital o distrito federal, como sede de los poderes federales.

Mas sin en cambio en el Art. 50 de las facultades exclusivas del Congreso, se tiene la de "elegir un lugar que sirva de residencia a los supremos poderes de la Federación, y ejercer en su distrito las atribuciones del poder legislativo de un Estado". Y variar esta residencia cuando lo juzgue necesario. Y por decreto de noviembre de 1824, se ubicó el Distrito Federal en la Ciudad de México.

Fue hasta la constitución de 1917 cuando se menciona de un distrito federal en su articulo 44: “La Ciudad de México es el Distrito Federal, sede de los poderes de la unión y capital de los Estados Unidos Mexicanos. En el caso de que los poderes federales se trasladen a otro lugar, se erigirá en el Estado del Valle de México, con los límites y extensión que le asigne el congreso general.

Creación del Distrito Federal.

La Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1824, en su artículo 50, fracción 28, determinó que era facultad del Congreso de la Unión: " Elegir un lugar que sirva de residencia a los supremos poderes de la federación y ejercer en su distrito las atribuciones del poder legislativo de un estado".

De tal forma, después de fuertes discusiones, el Congreso de la Unión decretó, el 18 de noviembre de 1824 la creación del Distrito Federal, tomando como centro a la Plaza de la Constitución de la Ciudad de México y un radio de 8 380 metros; el día 20 de noviembre, por instrucciones del primer Presidente de México, Guadalupe Victoria, se publicó el decreto. .

Antes de esta decisión la capital de la República había sido la capital del Estado de México, situación que propició una serie de problemas que fueron superados el 16 de enero de 1827 cuando la legislatura local declaró a Texcoco como capital de la entidad. Posteriormente esta capital también cambió y se estableció en San Agustín de las Cuevas (Tlalpan) desde 1827 y hasta 1830.

Ayuntamiento de México

A pesar de que la Constitución Federal no determinó la estructura de un ayuntamiento, se puede observar que en el año de 1824 funcionó un Ayuntamiento de la Ciudad de México, según registro de las Actas de Cabildo, y sus funcionarios fueron:

Alcalde Primero: Don Francisco Fagoaga.

Alcalde Segundo: Lic. Juan de Arce y Echegaray.

Alcalde Tercero: Don José Ignacio Oropeza.

Alcalde Cuarto: Don Ventura Prieto.

Alcalde Quinto: Don Ángel Martínez.

Alcalde Sexto: Don Juan Cevallos y Padilla.

El 24 de noviembre de 1824, siendo Gobernador del Distrito Federal Don José María Mendivil, fue electo Presidente Municipal de México. .

Es importante aclarar que para las elecciones municipales de 1824, se continuó cumpliendo lo establecido en la Constitución de la Monarquía Española, derogándose únicamente el artículo 315, como se manifiesta en el Bando Público del Jefe Superior Político Interino de la Ciudad, Francisco Molinos del Campo, fechado el 1º de diciembre de 1823, y que a la letra dice: "... El Soberano Congreso Constituyente Mexicano ha decretado: Que se suspenda por esta vez el art. 315 de la Constitución que interinamente rige, y prevenía la renovación por mitad de los Ayuntamientos; y que los electores queden en libertad de renovarlos en su totalidad, o de reelegirlos según les parezca, en los pueblos en donde no se hubieren ya verificado las elecciones según el antiguo sistema, al recibo de este Decreto". (Ramo Elecciones de Ayuntamientos, vol. 862, exp. 8. Archivo Histórico del Distrito Federal; fondo del Ayuntamiento de México) .

Otro ejemplo de elecciones indirectas de Ayuntamientos la tenemos en el año de 1829. El Gobernador del Distrito Federal, José María Tornel y Mendivil, por medio de un Bando Público informó a la ciudadanía del Distrito Federal, la renovación parcial de los Ayuntamientos Constitucionales, eligiendo "los seis alcaldes, ocho regidores últimos y un síndico; y siendo del cargo y responsabilidad de las mismas corporaciones, cuidar se verifiquen la elección en el mes de diciembre, avisando anticipadamente a los vecinos el día, he señalado el inmediato domingo 6 para el nombramiento de los electores...", se determinó que los electores se reunirían el domingo 13 de diciembre, en la sala capitular del Palacio Municipal para hacer el nombramiento de los "seis alcaldes, ocho regidores, y un síndico que deben reemplazarse: y al efecto nombrarán de entre ellos mismos dos escrutadores conforme a lo dispuesto en la ley de la materia". (Ramo Elecciones de Ayuntamientos, vol. 862, exp. 12. Archivo Histórico del Distrito Federal. Fondo del Ayuntamiento de México).

Con el decreto de creación del Distrito Federal, este se integró con la unión de varias ciudades o municipios importantes, así como con pueblos y villas. De tal manera en 1824 dio inicio el proceso de división territorial del Distrito Federal, que se observa en uno de los planos de aquel año:………………………………………..

"Por el norte: la porción norte de la entonces Villa de Guadalupe Hidalgo, terrenos de la hacienda de Santa Ana Aragón, pueblo del Peñón de los Baños y Ticomán. .

Por el oriente: la hacienda del Peñón de los baños, terrenos de la hacienda de los Reyes, pueblo de Santa Martha Acatitla y parte poniente de Ixtapalapa…………………………………………………………………………….

Por el sur: Churubusco, parte norte de Coyoacán, pueblo de Axotla y terrenos de la hacienda de San Borja.

Por el poniente: Santa María Nonoalco, zona en donde se ubica actualmente la colonia San Pedro de los Pinos, poniente de Tacubaya, Chapultepec y Tacuba, así como una porción territorial de la actual Delegación Azcapotzalco".

Modificaciones territoriales y de Estructura del Distrito Federal

La sede de los poderes federales vivió fenómenos políticos generados por los movimientos internos de la sociedad, con base en los criterios de la República Federal o de la República Central, así como en las diferentes ideologías que de ellas emanaron, por eso en el Distrito Federal, su forma de gobierno y territorio tuvieron diversas modificaciones; como sucedió por Superior Orden 20 de febrero de 1837, de acuerdo con lo prevenido en la sexta Ley Constitucional Conservadora del año de 1836, pues fue suprimido el Distrito Federal y su territorio quedó a cargo del Departamento de México, dentro del régimen Centralista.

Así continuó hasta el año de 1846, en que el gobierno llamado "Libertador", restableció la vigencia de la Constitución Federal de 1824, recobrando el Distrito Federal el carácter que le daba esa Ley Fundamental.

Pero fue hasta el 28 de marzo de 1848 cuando el Presidente Interino Manuel Peña y Peña, desde Querétaro, autorizó al Gobernador del Distrito Federal, Juan María Flores Terán, ejercer las funciones que le correspondían.

Otros cambios se dieron en el último período de gobierno de Antonio López de Santa Anna, con el decreto del 16 de febrero de 1854, que ensanchó la extensión que tuvo el Distrito Federal, comprendiendo entre sus límites las siguientes poblaciones:…………………………………………………………………………………………………..

"... al norte, hasta el pueblo de San Cristóbal Ecatepec; al N.O., Tlanepantla; al poniente los Remedios, San Bartolo y Santa Fe; al S.O., desde el límite oriente de Huisquilucan, Mixcoac, San Ángel y Coyoacán; por el sur, Tlalpan; por el S.E., Tepepan, Xochimilco e Iztapalapa; por el O., el Peñon Viejo y entre este rumbo y el N. E. y N., hasta la medianía de las aguas del lago de Texcoco" (Decreto del 16 de febrero de 1854; Dublán y Lozano, tomo VII, p.p. 49-51)………………………………………………………………………………………………………..

Ese mismo decreto propició la división del Distrito Federal en ocho prefecturas interiores, correspondientes a los ocho cuarteles mayores de la Ciudad de México y en tres prefecturas exteriores:

- La de Tlanepantla al norte, …………………………………………………………………………………………….

- La de Tacubaya al occidente y…………………………………………………………………………………...........

- La de Tlalpan al sur.

Constitución Política de 1857 y otros cambios

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1857, estableció, en su artículo 46, que solo en caso de que los poderes federales fueran trasladados a otro lugar, en el territorio del Distrito Federal se erigiría el Estado del Valle de México.

Posteriormente, el 6 de mayo de 1861, otro decreto dio al Distrito Federal la siguiente división política:

I. Municipalidad de México.

II. Partido de Guadalupe Hidalgo.

III. Partido de Xochimilco.

IV.- Partido de Tlalpan.

IV. Partido de Tacubaya.

Se prevenía, en el decreto, que el Gobernador del Distrito Federal, que en ese año era Don Miguel Blanco, señalaría las villas, poblaciones y barrios que correspondieran a cada demarcación, oyendo el parecer de los Ayuntamientos. Así, en vista de dicha facultad, a partir del 5 de marzo de 1862, la división territorial del Distrito Federal quedó de la siguiente manera:…………………………………………………………………………………

I. Municipalidad de México……………………………………………………………………………………………………

II. Partido de Guadalupe Hidalgo, con las municipalidades de: Guadalupe Hidalgo y

Azcapotzalco.

III. Partido de Xochimilco, con las municipalidades de: Xochimilco, Tulyehualco, Tláhuac, San Pedro Atocpan, Milpa Alta y Hastahuacán………………………………………………………………………………………………….

IV.- Partido de Tlalpan, con las municipalidades de: Tlalpan, San Ángel, Coyoacán, Iztapalapa e Iztacalco.

V.- Partido de Tacubaya, con las municipalidades de: Tacubaya, Tacuba, Santa Fe y Mixcoac". (Idem.)

ÓRGANOS DEL PODER del Distrito Federal

Poder Ejecutivo

• Gobierno del Distrito Federal

o Secretaría de Finanzas

Secretaría de Turismo

Secretaría del Medio Ambiente

Poder Legislativo

• Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Poder Judicial

• Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

Otros Sitios

• Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal

• Consejería Jurídica y de Servicios Legales

Contraloría General del Distrito Federal

Defensoría de los Derechos Universitarios

Delegaciones del Distrito Federal

Instituto Electoral del Distrito Federal

• Instituto de las Mujeres del Distrito Federal

• Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal

• Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF)

Procuraduría Social del Gobierno del Distrito Federal

• Sistema de Transporte Colectivo "Metro"

• Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal (DIF-DF)

PERSONALIDAD JURÍDICA.

ESTATUTO DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

ARTÍCULO 1o.- Las disposiciones contenidas en el presente Estatuto son de orden público e interés general y son norma fundamental de organización y funcionamiento del gobierno del Distrito Federal, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

ARTÍCULO 2o.- La Ciudad de México es el Distrito Federal, sede de los Poderes de la Unión y capital de los Estados Unidos Mexicanos. El Distrito Federal es una entidad federativa con personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena capacidad para adquirir y poseer toda clase de bienes que le sean necesarios para la prestación de los servicios públicos a su cargo, y en general, para el desarrollo de sus propias actividades y funciones.

Las características del patrimonio de la Ciudad y su régimen jurídico, estarán determinados por la ley que en la materia expida la Asamblea Legislativa.

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