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Derechos Fundamentales


Enviado por   •  1 de Septiembre de 2014  •  794 Palabras (4 Páginas)  •  288 Visitas

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Primacía de los derechos Inalienables:

El art. 5 de la constitución establece, como se dijo, la primacía de los derechos

inalienables de la persona, los reconoce, sin discriminación. Y ampara a la familia

como institución básica de la existencia de la sociedad. Cabe aclarar unos pocos

conceptos, toda vez que el Titulo II de la Carta se refiere de manera especifica los

derechos con todas sus divisiones, y que allí mismo se establecen los derechos

de la familia y su status jurídico. La concepción de los derechos inalienables es

una concepción de la corte iusnaturalista, que reconoce que los derechos son

propiedades del ser humano, es decir, le son propios, están en la ley y por ello

deben protegerse. A demás ha de decirse de una vez los derechos son

limitaciones al Estado, al ejercicio de su poder (y de todas sus autoridades). Lo

inalienable es inajenable, no sujeto a negocio. Las dos características se predican

como anteriores al surgimiento del estado.

Cuando se habla de personas se refiere a una categorización no muy bien

realizada, pero ya tradicional y convencional en derecho que proviene de antiguo.

Me refiero a esa división entre personas naturales y jurídicas. Por las primeras se

entiende a los seres humanos; por las segundas a aquellas creaciones de los

seres humanos para el desarrollo de los fines o propósitos que quiere desarrollar y

por ficción se les otorga lo que se denomina personería jurídica, dotando esos

empeños de deberes y obligaciones. Así las entidades políticas (desde sus

estados y divisiones) hasta el ejercicio del derecho de asociación en cualquiera

de sus formas (con animo de lucro o con fines no lucrativos con fines científicos,

culturales, económicos, sindicales etc.), como los capitales destinados a un fin

social (las fundaciones) constituyen personas jurídicas. Los derechos de los seres

humanos se deslizan, se extienden a las personas (más amplio) y a los pueblos.

Aunque el legislador no puede vulnerar los derechos fundamentales, si puede

reglamentar su ejercicio y de esta manera restringirlos o condicionarlos a fin de

hacerlos compatibles con bienes colectivos tales como el orden público. Para

conjurar el riesgo de su vulneración, algunas constituciones exigen mayorías

calificadas para introducir cualquier limitación legal a los derechos fundamentales.

Nuestra C.P. solo exige la mayoría absoluta para la aprobación de una ley art.

153. 10

La constitución colombiana dedica casi un tercio de su contenido (84 artículos), a

los derechos y deberes de los ciudadanos. El art. 93 da prioridad a los Tratados

Internacionales

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