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Derechos Humanos


Enviado por   •  27 de Abril de 2014  •  1.413 Palabras (6 Páginas)  •  261 Visitas

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Artículo 16

1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.

2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.

3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

Respecto a este punto la CPE DE BOLIVIA garantiza en su artículo 62 la protección de las familias como núcleo fundamental de la sociedad y las reguarda bajo su tuición, teniendo en cuenta que dicho enlace entre hombre y mujer son de libre acuerdo entre partes y consentimiento en ambos, dirigidos estos por el marco legal, a su vez recalca la igualdad de derechos y obligaciones de forma bilateral y recíproca . Por otro lado hace mención de aquellas personas que habiendo contraído una unión libre (parejas de hecho) por personas de distinto sexo, arribaran las mismas cualidades de las que hayan contraído matrimonio de forma civil. (CPE, art 63).

Artículo 17

1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.

2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

En mención a este artículo, observemos pues que el Estado también hará respetar la función social de dicha propiedad, es decir cualquier perjuicio que otro individuo, colectivo, y demás sufran por esta, inmediatamente el caso será sometido por el ente público, así también la propiedad podrá ser expropiada por el Estado siempre y cuando sea por un interés social, publico que favorezca a la mayoría. (CPE, art. 56,57).

Artículo 18

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Artículo 19

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Artículo 20

1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.

2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

Si bien el Estado Boliviano cuenta con un pluralismo rico de culturas, estas serán respetadas tanto por su sistema religioso, libertad de pensamiento, creencia, los individuos de la sociedad también podrán adoptar, elegir de forma libre el tipo de grupo social, asociación al cual quieran pertenecer. La libre expresión es una facultad del individuo que no debe ser sancionada, más al respecto tendrá que ir conforme a la ética y la moral, puesto que al enajenar estos dos puntos pueden ser castigados con la censura. (CPE, art. 21).

Artículo 21

1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.

2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.

3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

Con la conformación y participación de los individuos originarios o inscritos de forma legal de un Estado, podremos crear, participar, ejercer, elegir, a los representantes del poder público, mediante normas y procesos que resguarden la autenticidad del acto (sufragio), lograremos edificar un poder virtuoso con rasgos democráticos que lleven al pueblo a un desarrollo íntegro y soberano. Si bien la CPE nos indica que Bolivia está conformada del total de sus habitantes originarios e inscritos, no debemos olvidar que son también parte del estado aquellos bolivianos que no se encuentren dentro el territorio, por ello estas personas deben ser y son parte del proceso selectivo electoral. (CPE, art. 26).

Artículo 22

Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado,

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