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Derechos Humanos

livingster9 de Diciembre de 2014

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TEMA 2 – POSITIVACIÓN Y EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LOS DERECHOS HUMANOS.

La positivación de los Derechos Humanos implicó un gran avance de los documentos de siglo XVIII, una vez que los Derechos Humanos se positivizan, adquieren la categoría de verdaderos derechos protegidos procesalmente, convirtiéndose en tal virtud en derechos fundamentales de un ordenamiento jurídico.

La positivación tiene trascendencia porque cambia el carácter de los Derechos Humanos prepositivos, ya que permite la modificación de criterios morales en auténticos derechos subjetivos.

La positivación de los Derechos Humanos viene entendida como su formulación normativa a través de unos preceptos emanados según los cauces formales establecidos por el principio de validez de un determinado ordenamiento jurídico.

Documentos que contribuyeron a la Positivación de los Derechos Humanos

• La Carta Magna de Juan sin Tierra de Inglaterra de 1215.

• La Petición de Derechos de 1628.

• El Hábeas Corpus de 1679.

• El Bill of Rights de 1689.

• La Declaración de Virginia.

• La Declaración de Independencia de E.E.U.U.

• La Revolución Americana y los Bill of Rigths.

EN LA ANTIGÜEDAD:

En esta etapa no existía una separación entre lo humano y lo divino; el ser humano se concebía a imagen y semejanza de Dios, lo cual impidió una real autonomía individual. El poder político y el religioso eran una misma cosa. Sin embargo, autores clásicos como Platón y Aristóteles desarrollaron ideas sobre la dignidad, libertad e igualdad del hombre.

Es en Mesopotamia, durante el tercer milenio antes de Cristo, donde aparecen por primera vez recopilaciones de normas, de forma sistematizada, orientadas a organizar la vida social. El Código de Urukagina (2350 AC., conocido sólo por las referencias incluidas en documentos posteriores), y el Código de Ur-Nammu (2050 A.C., el primer código jurídico escrito que se conoce y que ya establecía jueces especializados, el testimonio bajo juramento y la facultad de los jueces de ordenar al culpable la indemnización de perjuicios). Estos documentos, fueron los precedentes del Código de Hammurabi (1700 A. C.), la compilación jurídica más conocida de la Antigüedad, compuesta por 282 artículos que, además de normas referentes a los tribunales, contenía disposiciones sobre la familia y el comercio.

El Código de Hammurabi, era un cuerpo normativo de carácter civil, mercantil y preferentemente penal. Las leyes de Hammurabi expresan todo el rigor y la severidad de unas instituciones coercitivas, para preservar a toda costa la autoridad y el orden social del estado, que no vacilan en aplicar la pena de muerte a los delitos cometidos, en particular, por las clases más desfavorecidas. Destaca sobre todo la aplicación de castigos comprendidos dentro de lo que se conoce como ley del talión, es decir una norma que se identificaba con castigos semejantes a los crímenes cometidos: el famoso ojo por ojo, diente por diente.

Con el florecimiento de la cultura griega se tuvo un avance en las formas de organización social, frente a otros periodos previos. En Grecia existieron dos polis o ciudades Estados: Atenas y Esparta, distintas sobre todo en materia de protección de los derechos de los gobernados. En Esparta el Estado (polis) lo era todo, y en Atenas el hombre tenía la posibilidad de desarrollarse libremente, en cuanto no se regulara así por alguna Ley.

Uno de ellos fue la existencia de diversos sistemas políticos, que los filósofos como Aristóteles analizaron y crearon conceptos que se siguen utilizando hoy día: dictadura, oligarquía, aristocracia. Dentro de ellos, el que le da su nombre a los regímenes modernos: la democracia, es decir el gobierno del pueblo o de las mayorías. Este sistema se basada en un nuevo concepto de la dignidad humana, en el hombre libre, el ciudadano.

No obstante, esa dignidad y libertad era sólo para los ciudadanos, es decir los hombres libres y propietarios.

Otros sectores de la población mayoritarios eran excluidos. Por un lado los esclavos, que no eran considerados personas, sino objetos, que no eran dueñas ni de sí mismos. Igualmente, las mujeres tampoco tenían derechos.

El Código de Dracón (621 A. C.), fue la primera recopilación de leyes escritas de Grecia. En él se establecía que sólo el estado tenía la potestad de castigar a las personas acusadas de crímenes. Más tarde fue suavizado por el Código de Solón.

Durante el predominio romano, la Ley de las Doce Tablas, fue la primera ley escrita de ese pueblo. En él se contenían las normas para regular la convivencia social. El nombre deriva porque la ley se escribió en doce tablas de madera y, posteriormente, en doce planchas de bronce que se expusieron en el foro. Ahí se Establecía el procedimiento para enjuiciar a los culpables de delitos y un mecanismo en virtud del cual la parte ofendida podía reclamar indemnización de perjuicios a la parte culpable. Su administración estaba reservada a los sacerdotes, los cuales se basaban en visiones, rituales y sacrificios, con lo que la justicia estaba sujeta a prácticas brutales e irracionales.

En otras sociedades no occidentales también existieron reglamentaciones encaminadas a ordenar las relaciones humanas. Por ejemplo en la India existieron las llamadas Leyes de Manu que no puede considerarse propiamente un código de derecho, pero en él que se incluyen normas de índole religiosa, que propenden a fortalecer el sistema de castas. Hace referencia a las recompensas y a las penas que deparaban a cada persona para después de la muerte y las diversas transgresiones del alma.

En la misma india se gestaron otras normas de convivencia en el Budismo. Esta corriente filosófica parte del pensamiento de Siddhartha Gautama, nacido en el año 560 a.C. en la frontera entre La India y Nepal, quien a los 29 años decidió abandonarlo todo y buscar la verdad. Meditó bajo una higuera durante siete años, hasta que obtuvo la iluminación que le convirtió en Buda. Inició así este movimiento, que concibe la vida como una estructura de dolores e intenta superarlos a través de su doctrina.

Buda cuestiona en sus enseñanzas el sistema de castas asociado al hinduismo, la tradición religiosa ya entonces dominante en la India. Según el hinduismo, existen cuatro castas o clases sociales, determinadas por el nacimiento, a las que hay que añadir los dalits o intocables, de clase tan baja que estaban excluidos del sistema de castas.

El budismo tuvo una influencia inicial sobre la India y luego se extenderá con gran fuerza por la China.

En China con el pensamiento de Lao Tse y de Confucio (Kong-Fu-Tsen), se obtuvieron avances en materia de lo que hoy llamamos derechos del hombre, al propugnar por la protección de éste frente a las autoridades públicas y aludir a la igualdad natural que entre los seres humanos existe. Las ideas de ambos pensadores repercutieron en la creación de religiones como el Taoísmo y el Confucionismo.

Sin embargo, en el mundo antiguo muy pocas culturas reconocieron el carácter del ciudadano o practicaron en los hechos la forma democrática de gobierno. La democracia y ciertos derechos a los ciudadanos, fueron dos características del mundo griego y romano, pero como vimos estaban limitados a unos cuantos.

PDF]1 1.1.1 Los Derechos Humanos en la edad antigua

200.33.14.50/descargables/pdf_seccion/historia_2_2_1.pdf Comisión Nacional de los DDHH.

LA TRADICIÓN ANGLOSAJONA:

Documentos ingleses de positivación de derechos que arrancó en 1215, con la carta magna.

La tradición inglesa se describe como una suerte de lucha histórica, que confronta los derechos del Parlamento y del common law en su búsqueda de limitar el poder del rey, por medio del viejo derecho inglés, es decir, frente a las pretensiones de varios monarcas por instaurar un régimen absolutista, se produjo la resistencia del Parlamento y de los jueces. Es a través de la disputa como se fue edificando la supremacía de la Institución Legislativa y del common law, que aparecen como los pilares sobre los que se asienta el sistema político inglés. Para el autor el modelo británico es producto de la evolución, es decir, se moldea en la experiencia histórica, de tal suerte que parte de la limitación al poder, y con ello no es consecuencia de las construcciones racionales abstractas, de modo que a la usanza inglesa, existe una suerte de continuidad evolutiva desde la Carta magna del siglo XIII, hasta los textos del siglo XVII.

A través de la carta magna de 1215 el rey reconoce limitaciones de sus facultades, en beneficios de las libertades de ciertos grupos de la sociedad. La carta en cuestión contenía 63 artículos destacándose principalmente el artículo 39, que establecía que ningún hombre libre podría ser arrestado, detenido en prisión, o desposeído de sus bienes, proscrito o desterrado, sin que medie un juicio previo, . constituyéndose en un principio que influenció decisivamente en los posteriores instrumentos declarativos ingleses, por lo que se le ha otorgado una importancia trascendental en el desarrollo de las libertades, y con ello, mostrándose como una luz en el sendero de la positivación de los derechos humanos, no obstante que esta carta magna sólo consagraba privilegios estamentales únicamente a las élites de aquella sociedad feudal.

Más adelante, esos mismos privilegios estamentales

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