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ENSAYO- CONVENCIÓN DE VIENA 1969


Enviado por   •  19 de Octubre de 2021  •  Ensayos  •  3.818 Palabras (16 Páginas)  •  440 Visitas

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EL DERECHO DE LOS TRATADOS (CONVENCIÓN DE VIENA 1969)

INTRODUCCIÓN

Las relaciones entre los Estados han requerido de ciertos documentos jurídicos los cuales consten por escrito las obligaciones y responsabilidades que los Estados deben asumir en relación con los otros Estados. Estos documentos jurídicos son los tratados internacionales, los cuales son la principal fuente del Derecho Internacional Público.

El tema concerniente a tratados internacionales tiende a ser difícil y muy extenso; a lo largo de este trabajo trataré de explicar qué son los tratados internacionales así como sus generalidades, las cuales nos van a ayudar a comprender su importancia en el Derecho Internacional.

La necesidad de crear los tratados surge de los propios Estados, ya a partir de tener los mismos intereses y de la necesidad de que exista un vínculo dentro de la sociedad internacional, y más importante, esa necesidad de hacer valer las obligaciones pactadas y reconocer sus derechos, es decir, de qué sirve pactar ciertas conductas pero no dejar constancia por escrito, sería inútil, ya que no habrá forma de obligar a los Estados a cumplir las obligaciones pactadas.

Por eso, este trabajo se enfocará en explicar, como ya mencioné, cómo funcionan los tratados internacionales, desde su creación hasta su terminación, analizando los pequeños detalles necesarios para su entendimiento.

CONCEPTO DE TRATADO INTERNACIONAL

Un tratado internacional es, a partir de  lo señalado en el artículo 2 de la Convención de Viena, aquel acuerdo que se dé por escrito entre Estados o mejor dicho, los sujetos del Derecho Internacional Público;  regido por el ya mencionado DIP, ya que si se rige por el derecho de un país, podría ser a lo mejor un convenio pero ya no sería un tratado internacional.

Los tratados constan de un documento o dos o más instrumentos conexos, esto podemos interpretarlo de dos maneras, en primera está el caso de las reservas, es decir, cuando los Estados se obligan al tratado y no están de acuerdo con un artículo o conjunto de estos, presentan en documentos las reservas a obligarse a esos artículos, todos esos documentos son parte de los tratados internacionales; la otra manera de interpretarlo es que de un tratado pueden desprenderse otros tratados, es decir, va a haber un “tratado marco” del cual se va a desprender otro u otros que van a regular un tema en específico de los previstos de manera general en el tratado marco.

Por ultimo cualquiera que sea su denominación particular, es decir, su nombre, como por ejemplo la “Convención de Viena de 1969”, será al fin de cuentas un tratado internacional, tomando en cuenta claro, que se cumplan los demás elementos de la definición.

LAS ETAPAS DE CREACIÓN DE LOS TRATADOS

Para crear un tratado hay que seguir un proceso o etapas que se tienen que seguir para poder celebrarse, las cuales son:

  • Negociación. En esta etapa los Estados o las partes interesadas en el tratado se pongan de acuerdo sobre el contenido del tratado (clausulas, normas, etc.); previamente a la reunión que se realizará para este acuerdo tiene que existir una invitación o convocatoria por parte de un Estado o grupo de Estados, incluso de una Organización Internacional para los demás Estados o ciertos Estados en específico, para que sean parte de la negociación del tratado, así también se fija una sede a donde los Estados mandan a sus representantes, mejor conocidos como “misiones diplomáticas”.

  • Adopción del texto. En esta etapa, de una vez que anteriormente se tomaron acuerdos de lo que va a plasmarse en el tratado, comienza la redacción de un texto, es decir, son borradores de lo que será más a delante el texto definitivo, ya que pueden seguir discutiendo o negociando diversos aspectos y corrigiendo. Algo importante a destacar es que si se trata de un tratado bilateral, tiene que haber el consentimiento para la adopción de ambos Estados y si es un tratado multilateral basta con que lo aprueben dos tercios de los países negociadores.

  • Autenticación del texto. Aquí el texto queda definitivo y autentico, es decir, se establece el texto final. Esta autenticación debe hacerse mediante lo convenido por los Estados que participaron en su elaboración, o mediante la firma de los representantes de los Estados en el texto del tratado o el acta del final.
  • Manifestación del consentimiento. Esta va a constituir la forma por la cual los Estados van a expresar su consentimiento de obligarse a cumplir el tratado, la cual ellos elegirán de acuerdo a la Convención de Viena de 1969. El consentimiento se puede expresar mediante:
  • La firma: Al firmarse un tratado internacional, este no significa que se ha tomado por aceptado; así que este acto no debería pertenecer aquí.  
  • La ratificación: Es el tiempo que transcurre entre la firma y la aceptación, donde se analiza si adoptar el tratado o no es conveniente para el Estado.
  • La aceptación: Se decide que sí se acepta.
  • La aprobación o la adhesión: Esta es la parte final, donde los pasos anteriores han sido revisados y aun así deciden aceptar el tratado; también puede que directamente pasen a la etapa de aprobación o adhesión, sin firmar ni ratificar. Es importante destacar que en la adhesión el Estado no fue parte de la negociación.
  • Entrada en vigor: Después haberse cumplido las etapas anteriores, la entrada en vigor se dará de la forma y fecha que hayan convenido las partes o si no se pactó, pues se dará tan pronto que todos los Estados hayan dado su consentimiento de obligación al tratado. Por otra parte si un Estado expresa su consentimiento posteriormente a la fecha de la entrada en vigor establecida, el tratado entrara en vigor para el Estado en la fecha que de su consentimiento.

LOS PLENOS PODERES

Para que una persona pueda representar a un Estado en las etapas de adopción del texto y autenticación del texto del tratado o la manifestación del Estado en obligarse a un tratado, es necesario que presente los plenos poderes, es decir, la autorización que otorgan los Jefes de Estado a esos representantes diplomáticos a fin de que en su nombre, representen al Estado en los tratados.

Por otra parte una persona puede ejercer ese papel sin poseer los plenos poderes, es decir, cuando el Estado acepta esa actitud ya que desde un inicio ha venido manifestando un papel importante en la celebración del tratado y podría entenderse tácitamente que tiene esa facultad de poder celebrar esas etapas.

Por último, hay personas que no tienen que manifestar plenos poderes para representar al Estado, por la virtud de sus funciones. Para celebrar cualquiera de los actos correspondiente a la celebración de los tratados se encuentran los Jefes de Estado, jefes de gobierno y ministros de relaciones exteriores; para únicamente la adopción del texto del tratado entre el Estado acreditante y los que ya están acreditados, se encuentran los Jefes de misión diplomática. Así también están los representantes designados para la representación del Estado en la adopción del texto de un tratado en una conferencia.

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