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El Arbitraje En méxico


Enviado por   •  22 de Mayo de 2013  •  9.973 Palabras (40 Páginas)  •  390 Visitas

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EL ARBITRAJE COMERCIAL EN MÉXICO

El arbitraje comercial como medio para resolver controversias en México es una institución jurídica que ha sido parte de nuestra práctica desde hace más de quinientos años, lo que es comprensible tomando en cuenta el importante papel que ha jugado el comercio en la historia de México. Sin embargo, el auge de dicho mecanismo alternativo de solución de diferencias en México es reciente y se remonta a los primeros años de la década de los noventas, momento coyuntural para la apertura comercial de México al exterior. Frente al cúmulo de compromisos internacionales recién adquiridos por México, se impuso la necesidad de crear un marco jurídico completo, moderno, consistente con el marco jurídico internacional y suficiente para atraer la inversión y brindar seguridad jurídica a la comunidad internacional. La reforma del Código de Comercio de 1993 que adopta la Ley Modelo de la Comisión de Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional es precisamente fruto de dichas necesidades.

Desde 1993 a la fecha, el desarrollo del arbitraje en México se tornó dinámico y activo. El derecho arbitral encuentra cada vez, mejores y más frecuentes interpretaciones por parte de los órganos judiciales y de la comunidad académica, pendiente de su evolución. En junio de 2008 obtuvo finalmente reconocimiento constitucional, situación que resolvió los debates académicos y prácticos sobre su constitucionalidad.

Con el paso de los años, México se ha convertido en un centro importante del arbitraje en Latinoamérica. Su prestigio se lo ha ganado demostrando que respeta los acuerdos arbitrales y que entiende y ejecuta las normas jurídicas arbitrales. En el recorrido vertiginoso del arbitraje en México no todo ha sido positivo. Sin embargo, la balanza sigue inclinándose a favor de la confianza internacional hacia el marco jurídico mexicano y sus instituciones que han demostrado respeto a la figura del arbitraje y han otorgado seguridad jurídica a las partes en conflicto.

EL ARBITRAJE EN EL DERECHO NOVOHISPANO

La figura del arbitraje del Derecho Romano perduró en España y resistió la etapa del Sacro Imperio Germánico, las estructuras romana y germánica, bajo la administración de los visigodos y los bizantinos, así como al impacto islámico. El Fuero Juzgo, el Fuero Real, Las Siete Partidas, la Nueva y la Novísima Recopilación contenían disposiciones referentes a la designación de “avenidores”, de “árbitros” (letrados) y de “arbitradores” (no letrados). Los cuerpos normativos citados regulaban también el compromiso arbitral y otras cuestiones relativas al laudo y su ejecución.

La llegada de la Conquista española a México en 1521 marcó el inicio de un nuevo orden jurídico mexicano. Dos grandes corrientes jurídicas se encontraron y amalgamaron en México. La primera era una civilización neolítica, en su aspecto jurídico de carácter predominantemente azteca. La segunda, la civilización hispánica, que fusionó en su derecho restos de postulados romanos, germánicos, normas canónicas, reglamentación monárquica e incluso rasgos arábigos.

Como herencia de la civilización hispánica, después de la unión de Castilla y Aragón, la institución del arbitraje se extendió al nuevo continente. El Tribunal del Consulado español, que data de la Edad Media, es el antecedente directo del arbitraje comercial internacional en México. Dicho Tribunal tuvo como objetivo el dar respuesta a las necesidades de la práctica comercial. Los propios comerciantes, versados en los usos y costumbres comerciales, eran los encargados de administrar la justicia en materia de comercio. Sus resoluciones se dictaban “a verdad sabida y buena fe guardada”.

La Nueva España representaba para España un punto comercial estratégico. Dada su localización geográfica privilegiada era el punto clave del comercio entre las Filipinas, Perú y España. Desde este punto se intercambiaban productos de Europa, Sudamérica, el lejano Oriente y desde luego, los propios. La jurisdicción comercial del Consulado incluía transacciones como compraventas, arrendamiento, seguros y diversos actos realizados por entidades comerciales.

Dentro del contexto descrito, la Constitución de Cádiz de 1812 estableció respecto de la administración de justicia en materia civil, en su artículo 280 que no se podría privar a ningún español del derecho de resolver sus diferencias por medio del arbitraje.

EL ARBITRAJE DESPUÉS DE LA INDEPENDENCIA

En 1821, al consumarse la independencia de México, las Ordenanzas de Bilbao se constituyeron en el cuerpo de leyes de comercio que rigieron al país. En los primeros años del México independiente no existió autonomía legislativa, particularmente en el ámbito del derecho privado, por lo que continuó aplicándose la legislación española.

En 1824 se determinó que los conflictos suscitados en territorios federales en materia mercantil se determinarían por los alcaldes o jueces de letras. En aquella época la supervivencia de los Consulados era incierta, y de manera gradual comenzó su supresión. En ocasiones se intentó su restablecimiento. Sin embargo, el 19 de enero de 1827 se suprimieron definitivamente.

No será sino hasta el gobierno de Santa Anna, con el Código de Comercio de 1854, que se restablecería el arbitraje comercial, esta vez como método alternativo de solución de controversias. Más tarde, en 1872 entró en vigor el primer Código de Procedimientos Civiles Mexicano, en el que se regulaba el arbitraje en materia civil en casos excepcionales. El mismo tratamiento, en lo concerniente a la materia arbitral, se mantuvo en el Código Procesal Civil de 1884 y en el Código de Comercio de 1889, actualmente en vigor. Algunos autores sugieren que el estudio del conjunto de normas de arbitraje civil no responde a la realidad actual y ha resultado poco efectivo y poco utilizado.

Actualmente, México es una República Federal. La materia mercantil, incluido el arbitraje, es normada por un ordenamiento federal, el Código de Comercio. De manera inversa, en la materia civil, el procedimiento y el arbitraje civil, son regidos por los 31 códigos civiles y de procedimientos civiles locales.

El Código de Comercio actual entró en vigor el 1 de enero de 1890. Durante sus primeros noventa y nueve años dicho ordenamiento fue prácticamente omiso en relación con la materia de arbitraje. Sin embargo, ha tenido dos importantes reformas recientes en materia de arbitraje comercial (la primera en 1989 y la segunda en 1993).

PRIMERA

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