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El gobierno colonial


Enviado por   •  12 de Mayo de 2013  •  Ensayos  •  746 Palabras (3 Páginas)  •  394 Visitas

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EL GOBIERNO COLONIAL

"Todos los oficios de las Indias, así de Gobierno, como de Justicia, y Hacienda y otros cualquiera de paz y de guerra, en mar, y en tierra, perpetuos o temporales, sean a provisión del Rey; en la forma que hasta ahora se ha dado; y los que no proveyere, los provean los Virreyes y Presidentes, que tuvieren el gobierno, en sus provincias...".

FELIPE III

Las autoridades del gobierno colonial pueden ser consideradas de dos tipos. Las Peninsulares, aquellas que tenían su sede en España y las de Ultramar, las que estaban asentadas en América.

Autoridades Peninsulares:

El Rey: Desde el inicio de la época de la conquista, el monarca castellano gozaba de un poder absoluto y sus decisiones eran inapelables. Esto ocurre toda vez que la financiación del proyecto de conquista de América es llevada a cabo por la Corona de Castilla-León. La Corona de Aragón no tuvo mayor participación en la empresa. Durante el reinado del Rey Emperador CARLOS (I de España y V del Sacro Imperio Romano Germánico) operó la fusión entre ambos reinos. El Rey nombraba a los ministros civiles, militares, religiosos a todo lo largo de sus dominios hispánicos.

El Consejo de Indias: Originalmente existía en España una sección del Consejo de Castilla, que atendía los asuntos coloniales. El 1 de agosto de 1524 se convirtió en un organismo autónomo, el cual fue reorganizado en 1542. Esta agencia tenía la administración de todos los asuntos civiles, militares, eclesiásticos y mercantiles de las colonias españolas. Estaba conformado por un Gran Canciller o Presidente, un Teniente del Gran Canciller, ocho Consejeros Letrados, un Fiscal, dos Secretarios, tres relatores, un Escribano de Cámara de Justicia, un Tasador de Procesos y un Abogado Procurador de Pobres. Al Consejo de Indias le correspondía todo lo relacionado al gobierno y administración colonial, ejerciendo funciones legislativas, financieras, judiciales y de coordinación eclesiástica. En el año 1600 se conformó una Junta de Guerra de Indias, encargada de los asuntos militares y navales, la cual era integrada por miembros del Consejo de Indias y del Consejo de Guerra de Castilla. En 1714 se creó la Secretaría de Marina e Indias, la cual asumió funciones en el área de Guerra, Navegación, Comercio, Hacienda, la designación de todos los funcionarios, incluyendo los del Consejo de Indias y la casa de Contratación. A finales del siglo XVIII se creó una Secretaría de Indias con funciones jurisdiccionales, patronato civil y eclesiástico. El Consejo de Indias fue suprimido por las Cortes de Cádiz en 1812 y abolido finalmente en 1834.

La Casa de Contratación: El 20 de enero de 1503 se fundó la Casa de Contratación, que tuvo su sede en Sevilla. La misma tenía como misión, regular el

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