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El término de la justicia dentro del campo de la filosofía del Derecho

yosy87Monografía11 de Noviembre de 2015

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                                        INTRODUCCIÓN

En el presente trabajo de investigación como estudiantes de la carrera de Derecho nos dimos a la tarea a conocer más a fondo lo que es el derecho y el fin que este persigue que es la justicia y es por eso que investigamos desde su origen y todo lo que encierra esta palabra tan importante para el derecho.

Ya que esta palabra desde la antigüedad los distintos pensadores nos han querido dar un significado concepto de esta palabra justicia que según algunos es: Primero, no es, el dar o repartir cosas a la humanidad, sino el saber decidirá quién le pertenece esa cosa por derecho.

Segundo, es el conjunto de reglas y normas que establecen un marco adecuado para las relaciones entre personas e instituciones, autorizando, prohibiendo y permitiendo acciones específicas en la interacción de individuos o instituciones

La justicia es ética, equidad y honradez; es la voluntad constante de dar a cada uno lo que es suyo. Es aquel sentimiento de rectitud que gobierna la conducta y hace acatar debidamente todo los derechos de los demás.

Objetivos

Objetivo General

Analizar a fondo todos los aspectos básicos y fundamentales que conlleva el término de la justicia dentro del campo de la filosofía del Derecho.

Objetivos Específicos

  1. Analizar la historia de la Justicia
  2. Señalar las diferentes acepciones del tema de la Justicia.
  3.  Comprender las teorías de la Justicia.
  4.  Analizar a fondo sobre las características de la Justicia.
  5. Comprender la relación que existe entre la Justicia y el Derecho.
  6.  Estudiar los diferentes tipos de Justicia.
  7. Conocer a fondo lo que es la Justicia Social.

Reseña Histórica

En sus comienzos, el término justicia estuvo relacionado con la acoplamiento y religiosidad de los hombres como seres, naturales o sociales, dentro de un orden ya definido. Para los griegos, era el orden de la physis (término griego que significa naturaleza), que incluye en sí el de la polis (termino griego que significa ciudad estado) y, en general, todos los hechos individuales y sociales. La historia del concepto de justicia es la historia de su lenta moralización, es decir, de su separación de la necesidad natural y de su progresiva dependencia de la voluntad humana. La justicia no es algo que hay que esperar, sino algo que debemos buscar y procurar.

Este sentido original tiende a establecer una estrecha relación entre justicia y ley, entendida esta como orden legal establecido; por eso se dice que ser justo, refiriéndose a una persona o una autoridad pública, es cumplir la ley.

Una cosa es la obligación legal y la aplicación imparcial de reglas establecidas por el sistema judicial, y otra muy diferente la justicia como criterio de validez de las reglas vigentes, incluidas las normas jurídicas. Lo justo no es lo mandado, sino lo debido. La justicia, como concepto moral, es mucho más amplia e incluye a la justicia legal; y es precisamente esta diferencia entre lo legal y lo legítimo lo que debe explicar una teoría de la justicia. Platón da los primeros pasos en este proceso; y su concepción parte del hecho básico de que las personas somos seres esencialmente sociales y, por ende existe una analogía entre el individuo y la sociedad: cada parte, al igual que cada estamento social, tiene que cumplir su función específica. La justicia es una virtud, tanto pública como privada, porque mediante esta armonía se alcanza el máximo bien, tanto de la ciudad como de su miembro.

La Antigua Roma adoptó la imagen de una diosa femenina de la justicia (Iustitia), la cual ha sido frecuentemente representada llevando una balanza y una espada, con los ojos vendados.

La venda en los ojos representa la objetividad e imparcialidad, en el sentido que la justicia debería ser impuesta objetivamente, sin miedo ni favoritismos, independientemente de la identidad, el dinero, el poder o debilidad.

Durante la Edad Media, la justicia sigue teniendo un marco normativo y teológico encargado de definir a priori su sentido y aplicación.

La primera acepción de la palabra justicia  es la que la identifica con el bien supremo, teniéndola como la más altas de las virtudes, viendo en ella la realización ética perfecta. Este significado aparece en el pensamiento griego anterior a los socráticos. Theognis dice: Todas las virtudes se encuentran en el seno de la justicia” Platón lo desarrolla en la “Republica”  como el bien supremo y la define diciendo: “Cada cual de nosotros será justo y vivirá arreglado, cuando cada una de las potencias del alma obre, allá en su interior, del modo que más conviene a su naturaleza.

Es ese el sentido que tiene la palabra justicia en la biblia, tanto en el antiguo testamento, como en el nuevo. En el sermón de la Montaña dice Jesucristo: “Porque os digo que si vuestra justicia no supera la de los escribas y fariseos, no entrarais en el reino de los cielos”. Aquí justicia es indudablemente virtud, comportamiento interior,  conducta a realizar por cada uno de los fieles como camino para alcanzar su salvación eterna.

La primera acepción que tiene la justicia en Aristóteles, la de justicia en sentido general corresponde a la presente acepción; diciendo “La justicia entendida de esta manera es la virtud completa” y “A la justicia no puede considerársele como una simple parte de la virtud; es la virtud entera; y la justicia que es en su contraria no es una parte del vicio, es el vicio todo”. Acepción que no pertenece al campo del Derecho, sino al de la moral. La explicación que se utilice para definir la virtud más alta y el ideal jurídico se encuentra en la confusión que se hacía en los ordenamientos normativos en las corrientes iusnaturalistas.

Pero, después de haber hecho diferencias básicas entre ellos, sabiendo que cada uno busca regular la vida humana, desde una perspectiva distinta, es fácil concluir que esta acepción de justicia es completamente ajena al derecho. La justicia como virtud suprema representa un valor a realizar por el hombre individualmente, que le señale deberes a cumplir en el ámbito de su conciencia; nada tiene entonces que ver con el jurídico. Sin embargo esa concepción ha mantenido una importante influencia sobre pensadores jurídicos, principalmente sobre aquellos con formación iusnaturalista.

Al estudiar la justicia  como finalidad última del orden jurídico, se debe entender; la justicia como un valor social, y supone necesariamente para cumplirla que exista un vínculo entre dos o más seres.

Con Base a la concepción pitagórica, Aristóteles elaboro un estudio sobre el concepto de justicia, dedicándole lugar principal a sus tres tratados de Ética, y dándole especial extensión en el libro V de la “Ética y Nicómaco”, que ha mantenido a través de los siglos el carácter de fuente más importante para el estudio de la justicia. En dicha obra después de referirse a la justicia en general, sea aquella que se identifica con la virtud, estudia la justicia en particular, a la que divide en varias especies. Reconoce primero la justicia distributiva, por medio de la cual se reparten los honores, la fortuna y todas las demás ventajas que pueden alcanzar los miembros de una comunidad; se da cuando cada uno de los coasociados recibe una porción adecuada de su mérito, de manera que se trate a los iguales como iguales y a las desiguales como desiguales. La justicia distributiva viene a ser una igualdad o proporcionalidad de los hombres que se relacionan entre sí o entre las cosas que sirven de objeto en las relaciones humanas, Aristóteles dice que esta forma de justicia se expresa en una proporción geométrica.

La segunda justica particular que reconoce Aristóteles es la justicia igualadora, correctiva o sinalagmática; se dan en las relaciones de intercambio y busca que las partes que intervienen en ellas, se coloquen en situación de paridad, de manera que si han entregado un objeto, reciban otro proporcional, de modo que ninguna de las partes dé o reciba menos. Cosa similar ocurre cuando se ha causado un daño, ya que entonces la reparación debe ser proporcional al daño sufrido.

Esta segunda especie se va a dividir en dos ramas la conmutativa, que se da en relaciones estrictamente de cambio, y la judicial, que se presenta en las controversias sometidas al juez, en ambos casos se busca la proporcionalidad entre las partes. Al hablar de justicia judicial Aristóteles, pareciera referirse más a la actividad de los jueces que al ideal que debe inspirarlos; pues dice “siempre que hay contienda, se busca el amparo del juez. Ir al juez es ir a la justicia viva y personificada; se busca un juez que busque el medio entre las partes, y a veces se da a los jueces el nombre de mediadores, como si estuviéramos seguros de haber encontrado la justicia, una vez que hemos hallado el justo medio. Lo justo, pues es un medio, puesto que el mismo juez lo es. Juez iguala las cosas y podría decirse que teniendo delante de si una línea cortada en partes desiguales y cuya porción mayo excede la mitad, el juez le quita la parte que excede y la añade a la porción pequeña”

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