ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Evasión de impuestos

BebenoraMonografía21 de Marzo de 2013

4.225 Palabras (17 Páginas)653 Visitas

Página 1 de 17

ÍNDICE

Portada 1

Índice 2

Introducción 3

Desarrollo 4

Evasión de Impuestos, Fiscal o Tributaria 4

Ejemplos de evasión de Impuestos 5

Tipos de evasión de Impuestos 8

Causas de Evasión de Impuestos 9

Herramientas para combatir 14

Conclusión 17

Anexo 18

Bibliografía 21

INTRODUCCION

En nuestra sociedad las Personas Jurídicas (empresas) y las Personas Físicas (gente) temen el pago de impuestos. ¿Quién no ha hecho alguna vez algún tipo de fraude fiscal, por pequeño que haya sido? La gente y las empresas piensan que pagar impuestos es “un castigo”, que no tienen ningún deber de hacerlo. Pero ¿De qué se sostendría parte de la economía del país?, no somos consientes que evadirlos resulta un problema porque dejamos de ingresar en “las arcas” del Estado un dinero, que puede ayudar a la economía del país. Todos salimos perjudicados, porque este dinero que no se ingresa, no puede invertirse en mejoras para todos, desde el punto de vista empresarial hasta el personal. Este trabajo ayudara a comprender en ejemplos que la evasión de impuestos es una práctica mucho más habitual de lo que pensamos y a conocer las herramientas para evitar el mismo.

EVASIÓN DE IMPUESTOS

El Estado para cubrir las necesidades públicas colectivas, y con ello los fines institucionales , sociales y políticos necesita disponer de recursos ,que los obtiene, por un lado a través del ejercicio de su poder tributario que emana de su propia soberanía, y por el otro , del usufructo de los bienes propios que el estado posee y los recursos del endeudamiento a través del crédito público.

Desde el punto de vista de los recursos tributarios, la ausencia de esta vía de ingresos, hace que se produzca en las arcas del estado una insuficiencia de fondos para cumplir sus funciones básicas.

Esta abstracción de recursos, es lo que se denomina " evasión fiscal, tributaria o de impuestos", por ello es adecuado mencionar diferentes conceptos que fueron vertidos en referencia a tal fenómeno.

Si nos ajustamos al significado del término evasión, el mismo es un concepto genérico que contempla toda actividad racional dirigida a sustraer, total o parcialmente, en provecho propio, un tributo legalmente debido al Estado.

Por lo expuesto, es adecuado analizar el concepto dado por la doctrina referido al término evasión fiscal, así expresamos que, "Evasión Fiscal o tributaria es toda eliminación o disminución de un monto tributario producido dentro del ámbito de un país por parte de quienes están jurídicamente obligados a abonarlo y que logran tal resultado mediante conductas fraudulentas u omisivas violatorias de disposiciones legales"

Entonces vemos que en este concepto se conjugan varios elementos donde uno de los más importantes es que, existe una eliminación o disminución de un tributo y donde además se transgrede una ley de un país, por los sujetos legalmente obligados

Pero generalizando el concepto resumimos diciendo que la evasión fiscal tributaria o de impuestos es una figura jurídica consistente en el impago voluntario de tributos establecidos por la ley. Es una actividad ilícita y habitualmente está contemplado como delito o como infracción administrativa en la mayoría de los ordenamientos.

Por lo general es algo que casi todos relacionamos con personas ricas y famosas. Nos viene a la memoria historias de artistas, políticos o gente de la alta sociedad que fueron noticia porque se descubrió que poseían cuentas millonarias en bancos suizos o en paraísos fiscales.

Pero la evasión de impuestos es una práctica mucho más habitual y cercana de lo que se pudiera pensar. Lejos de la repercusión mediática de los grandes casos de corrupción, se producen a diario multitud de ejemplos en nuestro entorno más cercano. Como podrían ser los siguientes:

Primer ejemplo:

El fontanero que viene a instalarle su flamante grifería nueva al terminar su trabajo le pregunta: ¿quiere que le haga una factura? Usted le dice que no es necesario y a cambio él le hace una pequeña rebaja en el precio.

Acaba de participar en un doble delito de evasión de impuestos. Por un lado, el fontanero no declarará este ingreso y no pagará los correspondientes impuestos. En este caso concreto sería el impuesto de sociedades (si el fontanero tiene su propia empresa) o el que grava la renta de las personas físicas (si es un profesional independiente). Por otro lado, tampoco le estará cobrando el correspondiente impuesto sobre el valor añadido (llamado también impuesto sobre el valor agregado o IVA) que posteriormente tendría que haber liquidado con la hacienda pública.

Segundo ejemplo:

Al comprar una vivienda, usted paga una cierta cantidad en efectivo al vendedor. Esta no la declararán en la escritura de compra-venta. Es lo que popularmente se llama “escriturar por menos importe”. Esta es una práctica bastante extendida en algunos países y muchas veces notarios y gestores inmobiliarios hacen la vista gorda ante lo que en realidad no es más que una práctica de evasión de impuestos. En este caso el fraude también es doble: usted pagará una cantidad inferior de IVA o impuesto sobre transmisiones, al declararse un importe de compra inferior al real. El vendedor por otro lado, declarará una cantidad menor en el impuesto sobre el incremento del patrimonio, que grava el beneficio procedente de la venta de la vivienda.

Tercer ejemplo:

El simpático vendedor de cd’s piratas que anuncia los últimos éxitos musicales en cualquier esquina de su ciudad, no sólo está cometiendo un delito contra la propiedad intelectual. Además no está declarando los ingresos que obtiene por esta actividad. Obviamente tampoco le está cobrando el IVA que le aplicarían en cualquier tienda de discos legalmente establecida.

Cuarto ejemplo:

Durante unas vacaciones en México, usted compra 3 botellas de Tequila como obsequio para sus hermanos y su cuñado. Tras aterrizar de nuevo en el aeropuerto de su país y recoger su maleta, decide salir por la puerta en la que está indicado “nada que declarar”. Acaba de cometer un acto de contrabando, que no es más que otra forma de evasión de impuestos. Seguramente en su país usted sólo podría haber ingresado 1 botella de bebidas alcohólicas de alta graduación sin declarar. Tendría que haber pagado impuestos por los otros dos (normalmente derechos de aduana o impuestos especiales sobre el alcohol).

Quinto ejemplo:

El señor Sánchez tiene una pequeña empresa que se dedica a importar un producto de consumo desde China. El artículo está gravado con un 5% de derechos de aduana (aranceles) a la importación en su país. El señor Sánchez ha descubierto, que existen productos muy similares que sólo están gravados con un 3% de aranceles. Decide hablar con su agente aduanal y pedirle que declare la importación como si se tratase del producto más favorable. Este accede ya que es una mercancía muy similar y no prevé que la inspección de aduanas le vaya a poner problemas.

Debido a la dificultad de clasificar los productos en sus correctas partidas arancelarias (número que identifican cada mercancía a efectos de aduanas), en muchos países las autoridades aduaneras aplican una política de “manga ancha” y no suelen sancionar pequeñas incorrecciones. Esto es aprovechado por muchas empresas para clasificar las mercancías en partidas diferentes (aunque parecidas), para conseguir un ahorro de impuestos. De nuevo se ha cometido un fraude relacionado con los derechos de aduana.

La evasión de impuestos no sólo es practicada por particulares y profesionales independientes. Igualmente las empresas y compañías multinacionales recurren a prácticas de este tipo, aunque suelen utilizar sistemas más sofisticados que tratan de dar un “barniz” de aparente legalidad a sus operaciones.

Sexto ejemplo:

Así por ejemplo las autoridades tributarias de algunos países han detectado que existen sociedades que dotan provisiones para hacer frente a pérdidas en inversiones realizadas en el extranjero, que en realidad nunca se han producido. Una provisión consiste en que una empresa retiene parte de los beneficios obtenidos, o sea no los reparte entre sus accionistas, al prever que existe un riesgo importante de sufrir pérdidas por alguna inversión u operación en marcha. Estas cantidades son consideradas como un gasto y como tal no tributan a efectos de impuestos. En los casos mencionados la supuesta “inversión” en realidad no existe, sino que se deposita el dinero en sociedades poco transparentes radicadas en paraísos fiscales. Estas empresas no producen ni beneficios ni pérdidas, ya que no llevan a cabo ninguna actividad o negocio. Son constituidas con la única finalidad de poder justificar la supuesta inversión y poder después dotar la provisión alegando un posible riesgo de pérdidas. De este modo se difiere el pago de impuestos. Se trata de un clarísimo acto de evasión de impuestos, aunque sumamente difícil de demostrar por las autoridades tributarias.

Como se observa, la evasión de impuestos no es algo relacionado sólo con grandes fortunas y parajes exóticos. Es una práctica muy extendida que está además profundamente arraigada en muchas de nuestras sociedades. Evitarla en su origen es enormemente complejo. Es imposible controlar millones de pequeñas transacciones, realizadas en muchos casos en los despachos y casas particulares. Es por ello que los esfuerzos se dirigen sobre todo hacía la concienciación ciudadana, mediante campañas

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (28 Kb)
Leer 16 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com