Guia Historia del Derecho
Daniel BordaApuntes19 de Junio de 2016
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HISTORIA DEL DERECHO
Historia: Ciencia que estudia y sistematiza los hechos humanos pasados más importantes.
Derecho: Conjunto de normas impero-atributivas
Historia del Derecho: Ciencia social que estudia y sistematiza los hechos jurídicos pasados más importantes a lo largo del tiempo.
Características: Humano, pasado, naturaleza normativa, trasciende, es inmodificable, es testimonial.
Métodos:
- Histórico Evolutivo: Estudiar una cosa a lo largo de sus etapas de desarrollo.
- Cronológico: Ubicación temporal del hecho y su relación con hechos anteriores o posteriores.
- Comparativo: Confronta dos o más hechos con la intención de observar semejanzas y diferencias.
Fuentes del Derecho
Fuente: Principio, fundamento u origen de algo. Tres clasificaciones:
- Reales: Fenómenos de la realidad (sociología, política, etc)
- Formales: Procesos de creación de la norma jurídica.
- Históricas: Testimonios pasados del derecho
Fuentes Histórico-Jurídicas
Testimonios que nos permiten conocer la existencia y los contenidos de las fuentes reales y formales de otras épocas.
Clasificación:
Por su relación con el historiador:
- Si es su autor (Sent. de la Nación)
- Si fue testigo
- Si fue contemporáneo de los hechos
Por su inmediatez:
- Mediatas: Permiten conocer de primera mano el dato. (documentos)
- Inmediatas: Deben ser interpretadas para conocer el dato HJ
Por su naturaleza:
- Jurídicas: Leyes, costumbres, jurisprudencias
- No jurídicas: obras literarias, todo lo demás.
Por su presentación:
- Gráficos: Pinturas, esculturas
- No gráficos: Vida cotidiana
CRONOLOGÍA DE LA HISTORIA
Edad Antigua (4,000 a.C – 476 d.C)
Desde el nacimiento de las primeras civilizaciones (Mesopotamia) hasta la caída del Imperio Romano.
- Civilizaciones Fluviales: Egipto y Mesopotamia
- Civilizaciones Clásicas: Grecia y Roma
Edad Media (476 d.C – 1492)
Caída del Imperio Romano hasta el descubrimiento de América
- Feudalismo, Islam, cruzadas, universidades
- Cristianismo, teocentrismo
Edad Moderna (1453 – 1789)
Desde la toma de Constantinopla hasta la Rev. Francesa
- Monarquías absolutas, Edo Moderno, expansión territorial.
- Poder: Monarquía e Iglesia
Edad Contemporánea
Revolución Francesa hasta hoy.
- Rev. Industrial, Guerras Mundiales
- Terrorismo
- Revolución Tecnológica
DERECHO GERMÁNICO
Germanos: Pueblos nómadas enfocados en saquear e invadir a otros pueblos.
(Anglos, Sajones, Godos, Visigodos, Ostrogodos, Hunos, Vándalos)
Derecho Germánico
Conjunto de normas, costumbres e instituciones a las cuales se sujetaban los pueblos germánicos que invadieron Roma.
Características:
- Derecho consuetudinario (usos y costumbres)
- Junto con el D. Romano y Canónico, conforman el D. Latino (occidente)
- Basado en relaciones sociales semi-nómadas. Localidades temporales.
Familia
Los germanos son pueblos que emergen de la sociedad gentilicia, relaciones familiares muy austeras. Su vida social giraba en torno a la sippe (familia).
Gran respeto hacia las mujeres.
Matrimonio
Familia formada por hombre – mujer en la que la poligamia y la infidelidad eran derechos del hombre.
Luego fue monogámico, sólo en familias nobles seguía la poligamia.
Está sustentado en el munt (patria potestad), la mujer necesita del cuidad y protección del hombre.
Se contraía por compra.
Se realizaban desposorios (cambio de munt) o nupcias: el padre entregaba a la novia.
Prostium: Pago recibido por la hija/novia
La mujer recibía el morgengabe (precio de su virginidad) y el wittum (dote).
La mujer quedaba sujeta al marido, quien le cortaba la cabellera.
Todo el patrimonio de la mujer, pasaba al marido.
El matrimonio era estable, pero:
- El marido podía disolver el matrimonio por repudio (rechazo)
- En épocas más primitivas, no se permitía el matrimonio de no vírgenes.
- Si se moría el marido, la mujer gozaba de sus bienes en tanto al mundium.
Mundium
Es el derecho protector que el padre ejerce sobre sus hijos, mujeres, servidumbre. Proviende de demut (mano).
Abarca la patria potestad y la autoridad marital; debe educar y proveer. El padre es un protector, no un amo. Poder = tutela.
D. Penal
Es la paz. Delito = ruptura de la paz.
La ruptura podía ser parcial o total.
- Parcial: Cuando la ofensa se dirigía a un grupo familiar (Privado)
a) El padre tenía la protección social para ejercer la faida: Derecho de sangre proporcional a la ofensa.
b) La muerte debía ser pública.
- Total: Cuando la ofensa se dirigía a toda la comunidad.
a) Delitos: Traición, ofensa a las divinidades.
b) Castigo: Se declaraba enemigo del pueblo y había pena de muerte. Los bienes podían ser repartidos o destruidos.
El D. Penal germánico, no hace distinción entre delitos dolosos y culposos. Se castigaban igual.
Conforme desaparecía el feudo y aparecía el Estado, a práctica de la faida fue desapareciendo poco a poco y su lugar fue ocupado por la wergeld: precio del hombre. Restitución del daño.
Código de Eurico
Eurico, rey de los visigodos. Mandó a hacer una codificación con su nombre.
Compuesto por 31 títulos, sus fuentes son el derecho consuetudinario visigótico y leyes romanas de Hispania.
Importancia: Primer código visigótico. Fuente inspiradora de otras codificaciones (Lex Sálica, Código de Alarico)
DERECHO CANÓNICO
Sistema de leyes con que la Iglesia ordena su actividad (fe) social específica y la de sus miembros.
Características:
- Basado en las enseñanzas de los padres de la Iglesia (profetas, apóstoles)
- No tiene pretensiones divinas. (Dios no dijo nada)
- Obra política humana (escrita por el hombre, no Dios)
- Se forman asambleas legislativas:
a) Concilios: Reunión de obispos para dictar leyes
- Ordenanzas de tipo Imperial: Decrétales Papales.
Fuentes Formales
Medios primitivos que nos permiten conocer algunas leyes eclesiásticas escritas, tradicionales o consuetudinarias, así como libros en los que se hayan coleccionado las leyes eclesiásticas. Se divide en tres grandes etapas:
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