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Instituciones, procedimientos lectorales y partidos políticos


Enviado por   •  30 de Noviembre de 2015  •  Prácticas o problemas  •  2.436 Palabras (10 Páginas)  •  117 Visitas

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Instituciones, procedimientos lectorales y partidos políticos

Reformas electorales

como respuesta a las fuertes demandas populares de democratización emprendidas tras el dudoso proceso electoral del año 1988, las instituciones y procedimientos electorales de México sufrieron un importante número de reformas que llevaron a la creación de un instituto federal electoral con toda autonomía respecto del estado y dirigido por ciudadanos, y a la promulgación de un código federal de procedimientos electorales, que garantiza la equidad y la imparcialidad en los comicios federales, estatales y municipales.

COFIPE

Tras un largo proceso de reformas, en noviembre de 1996 se promulgo el cofipe que reglamento las normas constitucionales relativas a los derechos y obligaciones político-electorales de los ciudadanos, la organización la función y prerrogativas de los partidos políticos, y a la función y prerrogativas de los partidos políticos, y a la función estatal en la organización de elecciones. dicho código estableció nuevas nomas para la integración de los poderes legislativo y ejecutivo de la federación, atravesó de implantar un sistema electoral que privilegio la diversidad política al asignar en ambas cámaras cuotas de representación proporcional a los partidos minutarios; admitió la presencia de observadores electorales; señalo minuciosamente las obligaciones, derechos y prerrogativas de los partidos políticos, y estableció un instituto federal electoral (IFE) descentralizado autónomo del poder ejecutivo y regido por principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad.

IFE

El instituto federal electoral está dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, y en su integración participan el poder legislativo de la unión, los partidos políticos nacionales y los ciudadanos. Cuenta con un cuerpo de funcionarios integrados en un servicio-profesional electoral y se constituye como institución de carácter permanente, a diferencia de los organismos electorales anteriores, los cuales solamente funcionaban durante los procesos electorales.

el IFE es responsable de contribuir al desarrollo de la vida democrática; a preservar el fortalecimiento del régimen de partidos políticos; integrar el registro federal de electores; asegurar a los ciudadanos el ejercicio de sus derechos político-electorales y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones; garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar a los integrantes de los poderes legislativo y ejecutivo de la unión; velar por la autenticidad y efectividad del sufragio; llevar acabo la promoción del voto, y coadyuvar a la difusión de la cultura democrática.

Además tiene a su cargo en forma integral y directa todas las actividades relacionadas con la organización y conducción de los procesos electorales, así como aquellas que resulten consecuentes con los fines que le fije la ley. Entre sus tareas fundamentales figuran la capacitación y educación cívica; la geografía electoral; los derechos y prerrogativas de los partidos y agrupaciones políticas; el padrón y las listas de electores y diseño, impresión, distribución de materiales a cargo. También tiene a su cargo la preparación de la jornada electoral; el cómputo de resultados; la declaración de validez y el otorgamiento de constancias en la elección de diputados y senadores; la regulación de la observación electoral, así como de las encuestas y los sondeos de opinión.

El órgano superior del IFE es el consejo general y como órgano desconcentrados de la misma naturaleza existen 32 consejos locales (uno en cada entidad federativa) y 300 consejos distritales (uno en cada distrito electoral uninominal). Los consejos se integran de manera colegiada y solo tienen derecho al voto los consejeros sin filiación partidista o vínculos con los poderes estatales.

El consejo general es el órgano superior de dirección del IFE, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, así como de velar para que los principios de certeza, legalidad, independencia, impasibilidad y objetividad guíen todas las actividades de la institución. En su integración concurren tanto miembros con derecho a voz y voto (cuyo número fijo es nueve), con miembros con voz pero sin voto (cuyo número es variable).

los nueve integrantes del consejo general con derecho a voz y voto son; un consejero presidente y ocho consejeros electorales, elegidos para un periodo de siete años por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la cámara de diputados y de acuerdo con las propuestas formuladas por los grupos parlamentarios de la propia cámara. Los integrantes con voz pero sin voto son los consejeros del poder legislativo, designados por cada grupo parlamentario con afiliación de partido en cualquiera de las dos cámaras del congreso, y los representantes de los partidos políticos nacionales que cuentan con reconocimiento legal. El secretario ejecutivo del IFE es nombrado por las dos terceras partes del consejo general a propuestas del consejero presidente.

Los consejos locales son los órganos de dirección constituidos en cada una de las 32 entidades federativas y, a diferencia del consejo general, únicamente se instalan y sesionan durante los periodos electorales. en su conformación concurren siete miembros con derecho a voz y voto, que son un consejero presidente, designado por el consejero general, quien funge a la vez y en todo tiempo como vocal ejecutivo de la respectiva junta local; y seis consejeros electorales designados por mayoría absoluta del consejo general para dos procesos electorales ordinarios, pudiendo ser reelectos.

Los integrantes con voz pero sin voto son los representantes de los partidos políticos nacionales, en la misma forma y términos en que se encuentran representados en el consejo general, es decir, uno por cada partido que cuenta con reconocimiento legal; con los vocales con organización electoral, del registro federal de electores y de capacitación electoral y educación cívica de la junta local correspondiente; y el vocal secretario del junta local, quien funge como secretario del consejo.

El código de instituciones y procedimientos electorales reconoce la figura de las agrupaciones política nacional como formas de asociación que coadyuvan al desarrollo de la vida democrática y de la cultura policía, así como a la creación de una opinión publica mejor informada.

Historia de los partidos político

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