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Introduccion Al Codigo Civil

20041114 de Abril de 2015

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• 1. INTRODUCCIÓN AL ESTUDIO DEL DERECHO CIVIL

• .Concepto: de acuerdo a Felipe clemente de diego el derecho civil se define como “el conjunto de normas reguladas de las relaciones ordinarias” y más generales de la vida en la que el hombre se manifiesta como un sujeto de derecho, titular de un patrimonio o como miembro de una familia, para el cumplimiento de los fines individuales de su existencia dentro del concierto social. Esta rama del derecho tiene por objeto determinar las consecuencias esenciales de los principales hechos y actos de la vida humana, tales como: el nacimiento, la mayoría de edad ,el matrimonio ; las situación del ser humano en relación con sus semejantes , tales como la capacidad civil el derecho de crédito ; con relación a las cosas como es la propiedad , el usufructo etc.

• El concepto de derecho civil y su evolución desde derecho romano hasta la actualidad. Tradicionalmente se ha definido al derecho civil diciendo que : es la rama del derecho privado que tiene por objeto regular los atributos de la personas físicas y morales organiza jurídicamente a la familia y al patrimonio determinando las relaciones de orden económico que surjan entre los particulares pero que estas no sean de un contenido agrario mercantil u obrero.

• Partiendo del concepto general de derecho mismo que se define como el conjunto de normasgeneralmente heterónomas y coercibles que tiene por objeto regular la conducta humana ensu interferencia intersubjetiva debemos precisar la razón por la que el derecho civil ha sidoconsiderado como una rama del derecho privado; así tenemos que desde hace mas de 22siglos el jurista romano Ulpiano quien por su sabiduría gozaba en su medio de un granprestigio profesional entre muchas cosas mas sostuvo que el derecho publico era aquel que serefería a las cosas de la sociedad y el gobiernos de los pueblos; y el derecho privado . PUBLICO DERECHO PRIVADO

• 2. CONSTITUCIONAL ADMINISTRATIVOPUBLICO: SOCIEDADES, GOBIERNO, PUBLICO. DERECHO PENAL DERECHO PROCESAL DERECHO CIVIL DERECHO MERCANTILPRIVADO PARTICULARES DERECHO LABORAL AGRARIO.

• 3. El derecho civil viene siendo un compendio de leyes que a lo largo de lahistoria ha ido evolucionando hasta los términos actuales. Suscaracterísticas han sido modificadas a los largo de una gran evoluciónhistórica.El antecedente por antonomasia sobre el derecho civil lo encontramos enla época del antiguo imperio romano, donde coexistían dos tratados queregulaban el derecho civil, que eran: el IUS CIVILE y el IUS GENTIUM.El IusCivile trataba sobre el derecho que tenían los ciudadanos romanosentre sí, basado en sus propias relaciones. El derecho Ius Gentium, porcontra se basaba en las relaciones pero en las existentes entre losciudadanos romanos y el resto de pueblos del mundo conocido.Dentro del IusCivile , en aquella época se trataban tanto el derechoprivado como el derecho público. Durante la caída del imperio romano,estos derechos fueron fuertemente acogidos por los pueblos bárbaros queal observarlos superiores al suyo, los adoptaron para su propio beneficio.Sin embargo, siglos después, en la baja edad media, apenas se podíaencontrar el derecho civil privado, y el público había desaparecido porcompleto. Todo esto fue debido a que el tipo de sociedad había sufridonumerosos cambios respecto a la sociedad del imperio romano. Fue portanto lógico pensar, que los distintos pueblos crearon sus propiosordenamientos jurídicos basados en función de sus propias sociedades.Avanzando un poco mas en la historia, nos referiremos a la época feudal ydel absolutismo del siglo XIII donde el derecho civil romano que seaplicaba por doquier sin tener en cuenta los territorios o fronterascomienza a derivar en otro tipo de derecho civil mas nacionalista,limitando de esta forma sus fronteras y creando especificaciones según elterritorio.Esta nacionalización del derecho por regiones fue la simiente al derechocivil individual de cada país que hoy en día podemos encontrar. Cada paísregula sus propias características de su derecho civil.

• 4. LA CODIFICACIÓN GENERAL DEL DERECHO CIVILEl derecho civil, tal y como lo conocemos hoy en día, viene derivado delhecho de codificación que se inició a finales del siglo XVIII y que terminósiendo creado a principios del siglo XIX.Hasta entonces, el derecho civil venía siendo una simple recopilación deleyes, ordenadas cronológicamente y en ocasiones ordenadas segúnalgunas materias determinadas.Esta codificación consiguió un poco de coherencia dentro del sistema delDerecho Civil, sobre todo se trataba de no acumular leyes contradictoriasentre siA finales del pasado siglo XVIII surge en Prusia el primer código sobrederecho civil al que posteriormente le siguió el famoso código de Franciade 1804, famoso porque fue ordenado por Napoleón y porque recoge elderecho romano a la vez que se adapta a las nuevas necesidades de laFrancia contemporánea.A este código francés le siguieron el código italiano en 1865, el código deEspaña de 1889 y e código civil alemán de 1896. Este derecho civilitaliano resultó modificado durante el fascismo de Benito Mussolini, en1942, cuyas reformas en el marco judicial permanecen en la Italia actual.Poco a poco la codificación alcanza el resto de países de Europa, comosuiza o Portugal y acaba dando el salto a los nuevos países independientesde Iberoamérica.Esta expresión se perpetuo a través de los siglos y sirvió de base paracrear la famosa clasificación del derecho en derecho publico y privado algrado que tuvo gran influencia en la formación del llamada _( INSTITUTADEL EMPERADOR JUSTINIANO) desde ese entonces todo el mundoempezó hablar de la excepcional expresión del jurista romano Ulpiano yya entrada la era cristiana, influyo mucho en la idas del emperadorJustiniano ; al transcribir lo relativo a este tema, el romanista

• 5. ortolansostiene los mismos puntos y afirma esa clasificación del derechoen publico y privado.Tratemos pues al derecho privado que consta de 3 partes :1. uno de los preceptos del derecho natural.2. del derecho de gentes.3. del derecho civilPara explicar lo que era el derecho de gentes, el derecho publico y elderecho privado, tomaremos la opinión del mismo tratadista ortolanquien explico: “la naciones, consideradas como seres colectivos tienendiferentes relaciones entre si la guerra , la paz ,las alianzas , las embajadas, etc exigen reglas particulares y la colección de esas reglas o normas dederecho forman una rama del derecho que se llama derecho de lasnaciones ( ius Gentium)derecho de gente”. “un pueblo considerado como un sercolectivo esta en constante relación con los individuos que lo componenla distribución de los diferentes poderes, el nombramiento de losmagistrados, la aptitud para asumir cargos públicos , lo impuestos , etcdeben arreglarse por medio de leyes y al conjunto de estas normas o leyesse le llamo derecho publico (iuspublicum) finalmente, los particulares ysus relación de individuos con individuo los matrimonios , los contratos ;hace necesaria la existencia del otro tipo de leyes muy diferentes a las delius Gentium y a la del iuspublicum; a esta nueva colección de normas dederecho se le conoció como “como el derecho privado” iusprivatum oderecho civil. asi se llega con la misma noción del derecho publico yprivado hasta el siglo XIX de esta manera el famoso tratadista españolJoaquín Escriche con gran visión de la utilidad que representa estaclasificación , sostuvo que: 1. Derecho público es aquel que se compone de leyes y normas que tiene por objeto arreglar los intereses y negocios de utilidad común en los pueblos considerados como cuerpos políticos. 2. El derecho privado es el que se compone de leyes cuyo objeto es el de resolver los intereses y negocios pecuniarios de los individuos entre si, por ejemplo, las leyes que rigen los contratos, las

• 6. sucesiones, los testamentos y las diferentes formas de adquirir lapropiedad.En México para el año 1905 el notable licenciado don Antonio jlozano. Impresionado por la obra de Escriche publica un diccionarioque titula “ diccionario razonado de la legislación y jurisprudenciamexicana” mismo que transcribe de la obra del propio Escrichesosteniendo por siglos que el derecho se clasifica no se divide enpublico y en privado.Es hasta el año 1954 cuando se hace una disertación sobre estaclasificación y es en el diccionario de la editorial “labor” en donde seexplica la dificultad de dicha clasificación que es ya proverbial apesar de que las dudas han comenzado en época relativamentereciente.Considerando que por una evolución producida dentro del seno delderecho privado, se han venido destacando ramas autónomas deahí el derecho mercantil, el derecho laboral y el derecho agrariorespectivamente; por esta razón es necesario definir al derecho civilexcluyéndolo de los anteriores.De acuerdo a un concepto general del derecho civil, que al inicio deeste curso ya hemos anotado, basta decir que en esta rama delderecho privado nuestro derecho civil, se regulan todas larelaciones entre particulares pero que no sean de caráctermercantil, agrario o laboral; entonces ¿ cuales son esas relacionesque específicamente regula el derecho civil? Al respecto decimosque en primer lugar se ocupa de las relaciones de tipo familiar ydespués las de tipo patrimonial, insistiendo que en la ultimas nodebe haber contenidos de carácter mercantil, agrario u obrero.

• 7. ORIENTACION SISTEMATICA DE LOS CONTENIDOS DEL DERECHOCIVIL.El derecho civil tiene por contenido tres materias fundamentales, lapersona , la familia y el patrimonio; de estos contenidos podemosformar dos ramas distintas que son precisamente las ramas denuestro derecho civil, así tenemos :Al derecho civil familiar o depersonas y al derecho civil patrimonial.a) El derecho civil familiar o de

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