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La Teoría pura del derecho


Enviado por   •  2 de Diciembre de 2012  •  Ensayos  •  589 Palabras (3 Páginas)  •  314 Visitas

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La Teoría pura del derecho constituye una teoría sobre el derecho positivo; se trata de una teoría sobre el derecho positivo en general, y no de una teoría sobre un orden jurídico específico. Es una doctrina general sobre el derecho, y no de interpretación de normas jurídicas particulares, nacionales o internacionales. Ofrece, sin embargo, también una teoría de la interpretación.

En cuanto teoría pretende, exclusiva y únicamente, distinguir su objeto. Intenta dar respuesta a la pregunta de qué sea el derecho, y cómo sea; pero no, en cambio, a la pregunta de cómo el derecho deba ser o deba ser hecho. Al caracterizarse como una doctrina “pura” con respecto del derecho, lo hace porque quiere obtener solamente un conocimiento orientado hacia el derecho, y porque desearía excluir de ese conocimiento lo que no pertenece al objeto determinado como jurídico.

Sin embargo, el conocimiento del derecho comienza desde su atributo civilizador que es la comunicación que acaece en el ejercicio del lenguaje simbólico. Rechaza Kelsen, que la función de civilización que ocurre en el debate público acerca de la existencia y mundo de la vida, pueda ser sustituido por los conocimientos de ciencias como Psicología, Sociología, Ética o Teoría Política. Si bien, pueden discutirse los conocimientos de cada una de éstas ciencias, sustituir la sabiduría y la visión reflexiva que deja el debate acerca de las buenas historias, no es posible puesto que nos llevaría a un sincretismo metódico sólo solo nos lleva a fetichizar al derecho y a no hablar de la existencia concreta de los hablantes humanos. La interdisciplina se funda a través de la interpretación de las historias que se hace en el lenguaje simbólico y en las decisiones cuyas consecuencias y riesgos pueden ser vistas en debate público.

La sociedad se forma en comunicación y ésta se verifica en el lenguaje simbólico; esta a su vez alimenta la identidad imaginaria o tolerancia. Estos discursos se enlazan al procedimiento creador de normas, de manera que las constituye como tales y les da sentido. Pero el conocimiento del derecho ha sido simplificado en una orden categórica, produciendo desorden ontológico. Es hora de tomar en serio la revolución epistemológica e interdisciplina que la Teoría del Derecho implica, pero que muchos han mutilado y vulgarizado dicha teoría.

Considerando que el cosmos no es una máquina perfecta, sino un proceso en vías de desintegración y, al mismo tiempo, de organización, trataremos de describir la paradoja entre la visión simplificadora del primitivo y la visión reflexiva y compleja del civilizado, para dejar ver la corrección de la interpretación, argumentación y conocimiento del derecho en la Teoría Kelseniana. Introduzco la noción de “opinión pública” que Kelsen supone cuando critica las manipulaciones del derecho natural, que en su primitivismo afirma una moral categórica.

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