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La ley 7 de 1991 Ley Marco del Comercio Exterior


Enviado por   •  5 de Octubre de 2013  •  Informes  •  547 Palabras (3 Páginas)  •  624 Visitas

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La ley 7 de 1991 Ley Marco del Comercio Exterior

Expedida antes de la entrada en vigencia de la constitución de 1991 la ley 7 de 1991 no deroga en su totalidad la ley 48 de 1983, pero modifica alguno de sus aspectos y deja intactos otros. Si bien es cierto fue expedida con anterioridad a la constitución de 1991, se ajusta a los principios consagrados de esta.

La ley se encarga también de otorgar una protección al libre comercio dándole al gobierno la posibilidad de regular los organismos y procedimientos de lucha contra las prácticas desleales y restrictivas.

Fueron creados el consejo superior de comercio exterior como organismo asesor del gobierno en cuanto a los aspectos de comercio exterior.

Esta ley fue reglamentada por el decreto 2353 de 1999 la cual en el artículo 28 de la misma menciona los 28 miembros del consejo superior de comercio exterior; algunos de ellos son:

* El presidente, que es quien lo preside

* El ministro de desarrollo económico

* El ministro de comercio exterior

* El ministro de relaciones exteriores

* El ministerio de hacienda y crédito público.

* Entre otros.

La ley 7 de 1991 es de gran importancia para el comercio exterior ya que crea el ministerio de comercio exterior, que asume las funciones de dirección, coordinación, ejecución y vigilancia de la política comercial a nivel internacional

Bajo los parámetros y criterios se han desarrollado todos los mecanismos de fomento de la exportación a través de leyes, decretos y resoluciones.

Artículo 3ro.

Las importaciones y exportaciones de bienes, tecnología y servicios se realizarán dentro del principio de libertad del comercio internacional en cuanto lo permitan las condiciones coyunturales de la economía.

Sin perjuicio de las leyes que establezcan restricciones que protejan la integridad del patrimonio nacional, el Gobierno reglamentará las exportaciones e importaciones y procurará que éstas no sean realizadas, en forma exclusiva y permanente, por entidades del sector público.

Ley 7ª de 1991 4/19

Las entidades del sector público cuyos ingresos resulten afectados por la eliminación de la exclusividad en las importaciones, o cuyas actividades fueren reasignadas conforme a las anteriores medidas, serán compensadas con rentas de destinación específica provenientes de los aranceles y de la sobretasa aplicables a las importaciones de los productos involucrados, durante un período de 2 años, de acuerdo con las actividades

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