Leyes De Reforma
herziz4 de Marzo de 2012
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150 años de las Leyes de Reforma
J o r g e C a r p i z o
La importancia de las Leyes de Reforma, su vigencia, son el punto nodal que aborda el doctor Jorge Carpizo en este texto, donde reflexiona sobre cómo la Independencia de nuestro país no sólo consistió en dejar de ser una colonia española sino en la separación definitiva de la Iglesia y del Estado.
La guerra de Independencia de México tiene dos etapas diversas y bien diferenciadas entre sí. La primera está representada por una concepción de la dignidad humana con sentido social, que se materializó primordialmente en los dos decretos de Hidalgo aboliendo la esclavitud y en los Sentimientos de la Nación de Morelos, cuyo punto doce ordena que las leyes del congreso deben moderar “la opulencia y la indigencia, y de tal suerte se aumente el jornal del pobre” y para que mejore sus costumbres…
Esta primera etapa constituyó una verdadera insurrección popular. La segunda comenzó cuando el rey Fernando VII se vio obligado en 1820 a restablecer la vigencia de la Constitución liberal de 1812, promulgada en España. Las clases privilegiadas de la Nueva España se atemorizaron ante el supuesto peligro de perder sus prebendas. La Iglesia, que había cogobernado durante la Colonia y era propietaria de una parte considerable de la riqueza nacional, impulsó al ejército realista y a algunos criollos para consumar nuestra Independencia, la cual resultó un gran triunfo para la Iglesia y sus aliados. Se perpetuaban así las concesiones y los fueros de una minoría frente a las necesidades de las mayorías populares. Para la Iglesia el triunfo fue absoluto, incluso se suprimió el patronato que definía los derechos de los reyes frente a la Iglesia, y el artículo tercero de la Constitución de 1824 estableció la intolerancia religiosa en virtud de que declaró que la religión de la nación mexicana sería perpetuamente la católica, apostólica y romana.
Por lo anterior, se ha sostenido con todo acierto que la Iglesia liberada de la tutela “que derivaba del patronato, fortaleció su posición en la comunidad mexicana, pues en el futuro el Estado mantendría el exclusivismo de la religión católica, en tanto la Iglesia ejercía libremente sus privilegios: administración libre de sus bienes, monopolio de los actos del estado civil de las personas, fuero eclesiástico en materia de administración de justicia, libertad de acción política” y por añadidura el monopolio de la educación.
La Iglesia, así, se convirtió en un Estado dentro del Estado que no terminaba de configurarse. El Estado religioso era el realmente poderoso. El Estado civil gozaba de anemia y debilidad.
De 1821 a 1855, México vivió un enfrentamiento interno brutal. Por una parte se encontraban quienes lucharon para que persistiera el orden colonial: la imposición de unos cuantos sobre todos los habitantes del país, y la soberanía real y absoluta de la Iglesia, que incluso durante la Colonia no había sido ilimitada porque coexistió con la autoridad real representada por el virrey y las audiencias, aunque no fue extraordinario que ambos poderes se depositaran en una sola persona, pero bajo la supervisión del rey.
Por la otra parte, la resistencia se concentró en aquellos que habían continuado con las banderas de Hidalgo y Morelos, decididos a hacer valer los principios de libertad e igualdad para todos los habitantes del país, aboliendo fueros y privilegios. Fueron los liberales.
Durante esos treinta y ocho años, la nación vivió el desasosiego de los enfrentamientos entre esas fuerzas, y ninguna de ellas lograba vencer en definitiva. La mayoría de las veces gobernaron los representantes del pasado colonial, apoyados por la riqueza de la Iglesia. Las menos, las que se agruparon en torno a una idea liberal de la existencia, cuyo triunfo más claro, aunque corto, de menos de dos años, fue la denominada Pre-Reforma.
La última dictadura de Santa Anna comenzó en 1853 y terminó en 1855. Considero que un testimonio de esa época que nos legó un viajero extranjero dibuja bien lo que aconteció en aquellos años:
Desde que amanece hasta que anochece se oye en México el sordo redoble de los clarines y el destemplado repique de las campanas como signos patentes del régimen religioso- militar que oprime al desgraciado pueblo de esta llamada república.
El triunfo del Plan de Ayutla, de tinte liberal, obligó al déspota y traidor a abandonar el poder. Con base en dicho Plan se convocó al Congreso Constituyente de 1856-1857, en el cual los liberales mostraron peculiar fortaleza; lograron la aprobación de la Ley Juárez sobre la administración de justicia, en la cual se suprimió el fuero eclesiástico en los asuntos civiles y la posibilidad de la renuncia al fuero eclesiástico criminal en lo relativo a delitos del orden común, así como la supresión del fuero militar tanto en materia civil como en los mencionados delitos. Consiguieron la derogación del decreto de Santa Anna que autorizaba el regreso de los jesuitas al país y la aprobación de la Ley Lerdo, cuyo nombre oficial bien indica su propio contenido: “Ley de desamortización de las fincas rústicas y urbanas de las corporaciones civiles y eclesiásticas”.
No obstante, era claro que los grandes debates y enfrentamientos entre las dos concepciones filosóficopolítico- constitucionales se darían en lo relativo a los proyectos de artículos sobre las libertades. Después de décadas se acercaba un momento crucial entre el partido del pasado, del oscurantismo, de los privilegios y los fueros, el partido del Estado teocrático, y el partido de las libertades, del futuro, de la igualdad entre todas las personas y su dignidad, el partido de la República.
Petronilo Monroy,
La Constitución de 1857
El artículo tercero de la Constitución de 1857 declaró que la enseñanza era libre, y que la ley determinaría qué profesiones necesitaban título para su ejercicio. En esta forma se abolía el monopolio que la Iglesia había tenido de la educación.
Los liberales fueron congruentes con su pensamiento. Se negaron a sustituir el monopolio de la Iglesia en este aspecto esencial por el del Estado. No traicionaron su concepción filosófico-liberal. Hoy dicha concepción está superada. La educación es, en esencia, una función social.
No obstante, nadie abrigaba duda alguna de que el debate central entre los dos partidos sería sobre la libertad de conciencia, la raíz y la savia de todas las libertades, y la libertad de cultos. Las posturas de los dos partidos eran irrenunciables, en ellas se encontraba el conjunto de ideas que los agrupaban como conservadores o como liberales. A unos la historia los ha calificado como conservadores. En realidad, eran reaccionarios de corazón.
El proyecto de artículo 15 estableció que no se expediría en la República ninguna ley que prohibiera o impidiera el ejercicio de culto religioso alguno, pero que como la religión católica era la exclusiva del pueblo mexicano, la ley la protegería.
Escudero y Espronceda, Benito Juárez y su esposa, 189
Este moderado proyecto desató todas las tempestades. La discusión del proyecto fue sin tregua alguna. La oratoria fue magnífica. Los liberales no eran antirreligiosos, muchos de ellos eran católicos, pero también eran grandes defensores de las libertades y la democracia. En ellos ya se encuentra una idea esencial de nuestros días: la autocracia puede ser protestante, musulmana, hinduista o budista, pero la democracia es laica o no es democracia, y en este pensamiento no existe ningún matiz antirreligioso, sino la noción de que los ámbitos político y religioso son diversos y diferentes, y uno no puede confundirse con el otro. Cito un párrafo de uno de los discursos de Francisco Zarco que sintetiza la visión liberal en esta cuestión:
La unidad religiosa establecida con el rigor de la ley es una iniquidad. Yo seré católico, quiéralo o no la Constitución, quiéranlo o no los congresos y los gobiernos. Si fuerais una asamblea de calvinistas o luteranos, y decretarais el exclusivismo de vuestra secta, yo seguiría siendo católico, y me reiría de vosotros, y si me prohibíais el ejercicio de mi culto, si me arrancabais los consuelos de mi religión, si no me dejabais orar en mi templo y elevar mis plegarias a la divinidad, mi conciencia se sublevaría contra vosotros, y os vería como a tiranos que profanabais la libertad de mi pensamiento, y vuestra unidad religiosa sería una impostura y una farsa.
Nadie convenció a nadie. Los dos grandes partidos chocaron y no se encontró una vía conciliatoria. El proyecto de artículo 15 se declaró “sin lugar a votar” por una mayoría de 67 votos contra 44.
Recuerdo de nuevo a Zarco, quien escribió al respecto que el asunto quedaba pendiente, que sería sólo cuestión de tiempo para que la libertad de cultos triunfara en nuestro país, la cual ya había obtenido una victoria con su sola discusión. Zarco tenía razón. Antes de 1856, su sola mención era tabú, en virtud de que ese principio era la base, el cimiento y la raíz del Estado teocrático mexicano.
El artículo 123 de la Constitución de 1857 dispuso: Corresponde exclusivamente a los poderes federales ejercer, en materia de culto religioso y disciplina externa, la intervención que designen las leyes.
Aparentemente, el Congreso Constituyente no había decidido nada y este artículo puede considerarse como un empate entre las fuerzas reaccionarias y las liberales. No es exactamente así, debido a que se rompió el principio proveniente de 1824: la religión católica sería la única de la nación mexicana y para siempre.
El papa Pío IX criticó
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