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Los Derechos Humanos En La Comunidad Indigena


Enviado por   •  6 de Diciembre de 2012  •  4.394 Palabras (18 Páginas)  •  575 Visitas

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• DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDIOS

• La ley establecerá el régimen de excepción que requiera la protección de las comunidades de

• indígenas y su incorporación progresiva a la vida de la Nación.

• Artículo 77 de la Constitución de la República de Venezuela

• Para las distintas etnias indígenas del país, el presente período no ha mostrado mejoras

• sustantivas de sus condiciones de vida. Más allá de algunos aislados aunque significativos

• logros, el Estado venezolano continúa evidenciando una marcada indiferencia para atender de

• manera sistemática, coordinada e integral las más urgentes demandas y necesidades de este

• sector de la población.

• La enorme dispersión que existe en materia de legislación indígena, los problemas de

• inseguridad jurídica derivados de una ausencia de reconocimiento de la propiedad de las

• tierras que ancestralmente ocupan, las continuas violaciones de sus derechos individuales y

• colectivos, las consecuencias sobre el medio ambiente de los planes de desarrollo, el deterioro

• de las ya precarias condiciones médico­sanitarias en que viven, una deficiente política de

• educación intercultural, el irrespeto a sus formas autonómicas de organización social y política

• y el desconocimiento de su derecho a la participación política siguen siendo los principales

• problemas que afectan a los pueblos indios de Venezuela.|

• Tal como se señalara en el Informe anterior, de un total de 315.815 personas que componen

• las diversas comunidades indígenas de Venezuela, el 73% no posee ningún título sobre las

• tierras que ocupa . Este hecho, que genera la mayor parte de los problemas que afectan al

• indígena en Venezuela, posibilita los intentos de adelantar proyectos de desarrollo mineros,

• forestales o agroindustriales, fundamentados en concepciones económicas que no respetan los

• derechos de los pueblos indios ni el medio ambiente, y las acciones depredadoras de

• terratenientes que actúan bajo el amparo de la omisión estatal, o con el consentimiento

• expreso de éste.

• Uno de los casos más conocidos de invasión y despojo de tierras es el de la Comunidad

• Kari’ña “Jesús, María y José” del Municipio Aguasay (Edo. Monagas). El 28.09.96 fueron

• desalojadas por orden del alcalde, Hiromidi Pierluissi, más de 40 familias pertenecientes a la

• comunidad . Según el diputado Germán Urbina, miembro de la Comisión de Asuntos Sociales

• de la Cámara de Diputados que investiga el caso, “...el procurador Agrario Regional, Jesús

• González, le concedió un amparo agrario a los indígenas por ser legítimos dueños de las

• tierras e introdujo ante la Corte Suprema de Justicia una demanda de nulidad de la Ordenanza

• Municipal, siendo designado como ponente el magistrado José Luis Bonnemaison...” .

• Los miembros de la comunidad señalan que las autoridades de la Alcaldía de Aguasay que

• promueven la invasión y despojo de sus tierras mantienen vínculos con Corpoven, empresa

• que realiza trabajos de exploración y explotación petrolera en la zona. La comunidad ha

• formulado denuncias ante el Instituto Agrario Nacional (IAN), la Procuraduría Agraria, la

• Fiscalía Indigenista, y la Comisión de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la

• República. Esta última se pronunció mediante oficio enviado al Alcalde del Municipio en el que

• se señala que ningún particular puede ocupar o usufructuar esas tierras hasta tanto la Corte

• Suprema de Justicia (CSJ) emita un pronunciamiento. Al cierre de este Informe, la comunidad

• aún está a la espera de una decisión de la CSJ .

• En San Juan de Manapiare (Edo. Amazonas), la comunidad indígena Yabarana que habita la

• zona del río Parucito viene reclamando desde hace años la devolución de sus tierras,

• ocupadas ilegalmente por varios terratenientes. Así mismo, denuncian los constantes atropellos

• por parte de los invasores, quienes hacen caso omiso de las órdenes emanadas del IAN de

• devolver las tierras a sus legítimos dueños. En febrero de 1997, el IAN envió un nuevo oficio en

• el que informaba que iba a afectar las tierras de uno de los terratenientes, Adolfo Méndez, para

• otorgárselas a la comunidad Yabarana. La comunidad sigue a la espera de los resultados de

• estas acciones, aunque muestran temor por la existencia de otros particulares solicitando

• tierras en la zona para destinarlas a la ganadería y al turismo. A principios de 1997 se realizóun censo con la finalidad de determinar las necesidades de los habitantes de la zona y

• posteriormente, el 09.05.97, una comisión de habitantes de la comunidad introdujo una solicitud

• de títulos de tenencia de las tierras ante las oficinas del IAN en Caracas, pues de acuerdo a lo

• expresado por los propios habitantes, la definición de linderos de las tierras fue realizada hace

• tiempo por ellos

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