Origen Del Cmercio
rodrigosesma17 de Abril de 2013
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ORIGEN DEL COMERCIO
1.- CONCEPTO DE ECONOMÍA CERRADA
Clases sociales primitivas tuvieron que satisfacer sus necesidades con satisfactores propios obtenidos de la naturaleza.
2.- POSTERIORMENTE SURGE LA FIGURA DEL “TRUEQUE”
Características:
• Son intercambios de satisfactores
• Se realizan sin ánimo de lucro
• Las partes consumen los bienes que intercambian
• El intercambio se valora utilitariamente más no económicamente
• Esta figura se relaciona con las conductas privadas del Derecho Civil
3.- COMO CONSECUENCIA DE LO ANTERIOR, SURGE “EL TRUEQUE PARA EL TRUEQUE”
Características:
• Son también intercambio de satisfactores
• Se realizan con ánimo de lucro por una de las partes y con ánimo de consumo por la otra parte. (surgimiento del Acto Mixto)
• Con esta figura surge el comerciante, quien se relaciona con particulares o comerciantes
• En este intercambio, el comerciante valora económicamente los bienes para obtener una ganancia
• Esta figura se relaciona con las conductas privadas del Derecho Mercantil
EL COMERCIO EN LA EDAD ANTIGUA
1.- LAS LEYES RODIAS
Características:
• Normas que surgieron en la Isla de Rodas, pueblo helénico de la Edad Antigua
• Consistieron en regular la transportación de mercancías por la vía marítima
• De su contenido, las normas más importantes fueron: LAS NORMAS DE ECHAZON, que tuvieron como características:
a).- Tirar al mar las mercancías más pesadas en caso de tempestad, con el propósito de evitar el naufragio del barco, y
b).- El valor total de las mercancías tiradas se pagaban entre todos los comerciantes que llevaban mercancías a bordo, de manera proporcional a través de un prorrateo.
• Estas normas de echazón por su importancia, fueron incorporadas en el Derecho Romano
2.- EL COMERCIO EN ROMA
Características:
• En Roma no existió la rama del Derecho Mercantil
• Las relaciones comerciales de los comerciantes con particulares y con otros comerciantes se regularon primero a través de NORMAS CIVILES GENERALES y después a través de NORMAS CIVILES ESPECIALES.
• Las NORMAS CIVILES GENERALES, fueron entre otras: La compraventa, el depósito, el transporte, el préstamo, el mandato, etc.
•
• Las NORMAS CIVILES ESPECIALES, fueron: El Actio Institoria, el Actio Exercitoria, el Náuticum Foenus y las Normas de Echazón.
REGULACIÓN DEL COMERCIO EN LA EDAD MEDIA
1.- DECAIMIENTO DEL COMERCIO
• La Edad Media inicia con la caída del Imperio Romano por la invasión de los Bárbaros.
• Esto produce una gran desestabilización social, económica, jurídica y política.
2.- SURGIMIENTO DEL COMERCIO
• El comercio resurge con mayor auge con la aparición de las Cruzadas, expediciones de carácter religioso que fueron aprovechadas por los comerciantes en el descubrimiento de nuevas vías de comunicación con otros países.
• Se da un mayor desarrollo del comercio en Italia, por ser un punto estratégico para enviar por vía marítima mercancías a otros países de Europa.
3.- APARICIÓN DE COMPETENCIAS DESLEALES
• La falta de normas aplicables al comercio hizo que los comerciantes realizaran entre sí competencias desleales, ya que las del Derecho Romano no se ajustaban al comercio de la época.
4.- SURGE EL “DERECHO DEL COMERCIO”, CON CARÁCTER SUBJETIVO
• Para evitar dichas competencias desleales los comerciantes se organizan en Gremios, crean sus propias normas mercantiles de carácter consuetudinario denominadas Ordenanzas o Estatutos, así como sus propios Tribunales Consulares (Juez nombrado de entre los comerciantes con la denominación de Cónsul).
5.- SURGIMIENTO DE NUEVA CUENTA DE COMPETENCIAS DESLEALES
• La aparición de nuevos comerciantes al margen del Gremio, hizo que éstos generaran nuevas competencias desleales por no considerarse agremiados, toda vez que las Ordenanzas o Estatutos sólo se aplicaban a los agremiados.
• MODIFICACIÓN DEL “DERECHO DEL COMERCIO” AL CARÁCTER OBJETIVO.- Con esta modificación se estableció que las Ordenanzas de los Gremios se aplicarían a toda persona que realizara alguna de las actividades comerciales reguladas en dichos Estatutos, considerándolos como sujetos de derecho del comercio.
6.- IMPORTANCIA DE LAS ORDENANZAS O ESTATUTOS MERCANTILES
• Las normas civiles generales del Derecho Romano fueron modificadas por los comerciantes para ser de carácter mercantil.
• Las normas civiles especiales se adoptaron como mercantiles, porque desde Roma se aplicaban sólo a los comerciantes.
• Surgen figuras mercantiles nuevas, tales como el Registro de Comercio, la Sociedad en Comandita, la Letra de Cambio bajo el nombre de Carta de Transferencia, etc.
• Este Derecho del Comercio, bajo el nombre de Ordenanzas o Estatutos, por su importancia, sería tomado por el Estado para regular su PROPIO “DERECHO DEL COMERCIO”.
REGULACION DEL COMERCIO EN LA EDAD MODERNA
1.- REGULACIÓN DEL COMERCIO POR EL ESTADO
• En esta época moderna, los Estados retoman su facultad legislativa en materia de comercio.
• Legislan el “Derecho del Comercio”, retomando las ordenanzas o estatutos de los Gremios de comerciantes de la edad media.
• Las adecúan a su tiempo.
2.- DESAPARICIÓN DE LOS GREMIOS, DE SUS ORDENANZAS Y TRIBUNALES CONSULARES
• Una vez que el Estado Moderno legisló el comercio, los comerciantes tuvieron que utilizar las normas legisladas por el Estado, someter sus controversias a los Tribunales Públicos del Estado, en consecuencia desaparece la figura del agremiado.
• Este Derecho sigue regulando solamente la actividad de los comerciantes.
3.- IMPORTANCIA DE LAS “ORDENANZAS DE COLBERT”
• Fueron normas mercantiles en materia marítima y terrestre.
• En materia terrestre, una controversia entre comerciante y particular generada por una Letra de Cambio, se resolvería aplicando las Ordenanzas de Colbert.
• De lo anterior se deduce, que por primera vez en la historia, la conducta de un particular no comerciante sería regulada por el derecho comercial del Estado, siempre y cuando el particular haya utilizado una Letra de Cambio.
4.- APARICIÓN POR PRIMERA VEZ DE LOS “ACTOS DE COMERCIO”
• Surge el “Código de Comercio Francés” de 1808
• En este código se regulan por primera vez los “Actos de Comercio”.
• De ser Subjetivo, pasa a ser un derecho Objetivo, porque su objeto a regular son los “Actos de Comercio”.
• De ahí que cualquiera persona física o moral, comerciante o no comerciante que celebre un Acto de Comercio, se convierte en un Sujeto de Derecho Mercantil.
• El Derecho Mercantil, es General porque sus normas se aplican a cualquier sujeto que celebre un Acto de Comercio y el Derecho del Comercio era Especial, porque sus normas sólo se aplicaban a los comerciantes.
EL DERECHO MERCANTIL EN MEXICO
1.- LA UNIVERSIDAD DE MERCADERES DE LA NUEVA ESPAÑA
• Era un Gremio de comerciantes que surgió en 1581
• Se constituyó jurídicamente como Gremio de Comerciantes en 1592 mediante Real Cédula emitida por el Rey de España Felipe II y confirmada por él mismo mediante segunda Real Cédula en 1594.
• Este Gremio, originalmente solicitó autorización también para la aplicación de sus propios Estatutos u Ordenanzas y sus propios Tribunales Consulares.
• Sólo se autorizaron los Tribunales Consulares, más no sus Ordenanzas o Estatutos y en lugar de éstas se ordenó la aplicación de las Ordenanzas de Burgos, Sevilla y Bilbao.
• El contenido de las dos primeras ordenanzas no se ajustaban al comercio de la época, por lo que no tuvieron aplicación.
• Las Ordenanzas de Bilbao se ajustaban en cierta forma al comercio de la época, por lo que tuvieron una larga aplicación en México.
2.- AUTORIZACIÓN DE LAS ORDENANZAS DEL GREMIO DE LA UNIVERSIDAD DE MERCADERES DE LA NUEVA ESPAÑA
• Finalmente, fue hasta 1604 cuando el Rey de España Felipe III, autoriza la aplicación de sus Ordenanzas o Estatutos.
• Con lo anterior, se genera una Duplicidad Mercantil, porque algunos comerciantes de la época decidieron continuar aplicando las Ordenanzas de Bilbao y otros las Ordenanzas del Gremio.
• El Tribunal Consular que en principio resolvía las controversias aplicando las Ordenanzas de Bilbao, ahora podría resolverlas aplicando las Ordenanzas del Gremio, dependiendo de cual norma había sido utilizada.
3.- APARICIÓN
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