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Periodo de expansión.


Enviado por   •  31 de Marzo de 2016  •  Ensayos  •  2.541 Palabras (11 Páginas)  •  294 Visitas

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Periodo de expansión (1967-1977)

Se caracteriza por la ampliación de los beneficios del sistema de seguridad social, así como la expansión geográfica de su cobertura. Es también la etapa que marca el preámbulo de la crisis del sistema de seguridad social que se evidencia en el siguiente periodo.

1. la expansión de los Seguros del ICSS (instituto colombiano de seguros sociales)  se produce con la puesta en marcha del seguro de invalidez, vejez y muerte. Con este seguro social, se da un paso importante no sólo en la consolidación de la seguridad social sino “en el proyecto de un estado racionalizador de la actividad económica”. Desde el punto de vista jurídico hubo importantes discusiones jurisprudenciales y desde el ángulo financiero, nuevos problemas para el instituto.

Hasta antes del 1 de enero de 1967 el instituto sólo cubría los riesgos de enfermedad y maternidad (EGM(estudio general de riesgos) y de riesgos profesionales (ATEP(accidente de trabajo y enfermedad profesional). Con la expedición del Decreto 1824 del 12 de julio de 1965 se aprueba el reglamento de inscripciones, aportes y recaudos para el seguro de IVM(invalidez, vejez y muerte); y con el Decreto 3041 del 19 de diciembre de 1966, se aprueba el reglamento general de este seguro. El reglamento general de IVM estableció que la pensión de vejez se obtiene con el cumplimiento del requisito de edad y tiempo de cotización al sistema en cualquier empresa afiliada al instituto. Con el requisito de edad (55 años para las mujeres y 60 para los hombres), se aumentaron las edades previstas originariamente en el Código Laboral. El tiempo de cotizaciones se fijó como regla general en 1000 semanas, pero con lo cual se beneficiaba a quienes llegaron más mayores a la afiliación al sistema.

El Consejo de Estado estimó que los requisitos para obtener la pensión en el Seguro Social eran más gravosos que los establecidos en el Código Laboral, de manera que el ISS no había asumido plenamente los riesgos que le correspondían antes al patrono, por lo cual éste debía responder por la diferencia ; y con ese criterio anuló la norma del reglamento de pensiones que establecía que las prestaciones del seguro sustituyen de derecho las obligaciones patronales en materia de pensiones; a pesar de la nulidad de esa norma, quedaron vigentes otras que permitieron asumir que había una subrogación del sistema pensional patronal por el del Seguro Social. En los años ochenta la jurisprudencia precisó lo alcances de esa subrogación.

A partir de la vigencia del seguro de IVM, las cotizaciones del seguro pensional debían tener una destinación que contribuyera al desarrollo económico del país sin afectar su destinación. Fue así como se llevó a cabo un contrato de fideicomiso y suscripción de bonos de valor constante firmado entre el instituto, el Gobierno y el Banco de la República.

El Decreto 687 de 1967 creó el mecanismo, que buscaba varios objetivos, entre los cuales se destacan: preservar el valor de las reservas, encauzar el ahorro nacional hacia la industria de la construcción e inversiones productivas, mejorar la dotación hospitalaria y propender por la solución del problema de la vivienda. La norma dispuso las reservas se inversiones así: un 80% en bonos de valor constante para la seguridad social; un 10% depositado en el Banco de la República para atender la liquidez del instituto; y el 10% restante para el Fondo Nacional Hospitalario. Los bonos de valor constante se distribuirían por mitades entre el IFI(instituto de fomento industrial) ( para préstamos industriales a mediano y corto plazo y el BCH (banco central hipotecario) (para proyectos de vivienda y renovación urbana). Visto en conjunto, el impacto macroeconómico de los bonos de valor constante no fue significativa con respecto al PIB ( estuvo alrededor del 2% ), por causas como la baja cobertura del sistema de seguridad social y la creciente informalidad del mercado laboral Colombiano.

A partir de la puesta en marcha de los seguros económicos surgen nuevos problemas que aumentaron la debilidad financiera del Seguro Social. Los factores específicos de esa debilidad fueron varios. En primer lugar, el déficit de los aportes del Estado, que para 1971 se situaba en 425 millones de pesos; en 1972 se presupuestaron 100 millones y el gobierno sólo giró 50 millones, pues la policía gubernamental prefirió extender los servicios asistenciales a la población más pobre y no destinar recursos a los afiliados al sistema.

El segundo tuvo que recurrir a atender las urgencias financieras subsidiándolo el déficit de los seguros de salud con los recursos de los seguros económicos. También otro factor se dio grandes discusiones, sobre la clasificación de empresas y las tasas de cotización e incluso sobre el manejo de las cuentas bancarias del instituto. En tercer lugar, el problema administrativo que surge de la creciente politización de la entidad , al punto de que el ministro de la época , exigió en el Consejo Directivo del ICSS EN ABRIL DE 1971 el reparto paritario de las gerencias seccionales entre los dos partidos.

La expansión de la seguridad social se produce también desde el punto de vista del impulso del seguro social en la policía oficial, y la aplicación en población y en zonas geográficas.

Este periodo la policía gubernamental tu como eje la ampliación de la cobertura del seguro social. El número de afiliados aumento en 322.371, con lo cual la cobertura paso a ser del 37.5 de la población.

La ley 90/46, recibe un impulso concreto con el Decreto 433 de 1971. En 1972 el consejo Directivo establece la afiliación de los trabajadores independientes rurales y sus familias en algunas poblaciones de la oficina seccional del Huila. se estableció una cotización anual, según nivel de capital del afiliado, pagadero en anualidades anticipadas a través de la caja Agraria , la cual además concedía préstamos sin garantía para el efecto.

Los servicios tenían derecho los afiliados serán los médico- asistenciales. El instituto abandona este proyecto y las discusiones se centran en el seguro de los trabajadores independientes.

La creación del seguro Médico Familiar, que fue el resultado de la asesoría de organismos internacionales, el mecanismo más adecuado para el cumplimiento de las responsabilidades del Instituto Colombiano de seguros Sociales. La puesta en marcha del sistema se produjo en 1975 con la expedición de un nuevo reglamento del seguro de enfermedad y maternidad (EGM), en virtud del cual la familia del afiliado cotizante, en las regiones donde se hubiera extendido el seguro médico familiar, tendrá derecho a los mismos beneficios asistenciales del afiliado . la cotización de este seguro era ligeramente superior , tanto para el trabajador como para el empleador, en las ligeramente superior, tanto para el trabajador como para el empleador, en las localidades donde funcionaba la medicina familiar. La ley 100/93 que estableció la cobertura familiar como norma general del sistema de seguridad social.

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