Programa PROÁRBOL
kevin7719 de Abril de 2013
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La Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional Forestal (CONAFOR) lanzaron a nivel nacional el programa PROÁRBOL.
Esta nueva iniciativa tiene como objetivo disminuir los índices de pobreza y marginación que existen en las diversas áreas forestales del país, a través del buen uso de los recursos naturales, el desarrollo y la expansión económica. Esto parte de la valoración, conservación y aprovechamiento sustentable de los recursos de nuestros bosques, selvas y vegetación en zonas áridas; con el fin de incrementar la producción y productividad de los recursos forestales, su conservación y restauración para así también elevar el nivel de competitividad del sector y mejorar la calidad de vida de los mexicanos.
Este programa beneficiará a todos los mexicanos que sean propietarios o poseedores de terrenos forestales, al ampliar sus posibilidades de crecimiento a través de la participación equitativa en la industria forestal.
Con el fin de incrementar la participación forestal de México y maximizar los recursos naturales, PROÁRBOL se divide en cuatro categorías:
• Planeación y organización forestal
• Producción y productividad forestal
• Conservación y restauración forestal
• Incremento del nivel de competitividad
El apoyo que recibirá este programa será a través de recursos provenientes del Gobierno Federal, que a su vez ingresarán al Fondo Forestal Mexicano y se otorgarán a quienes formen parte de este programa.
La aplicación de recursos se llevará a cabo de la siguiente manera:
Planeación y organización forestal – Estudios regionales forestales, programas de manejo forestal y planeación comunitaria
Producción y productividad forestal – Cultivo forestal, ejecución de proyectos de turismo de naturaleza y plantaciones forestales comerciales
Conservación y restauración – Reforestación, restauración de suelos, prevención y combate de incendios forestales, sanidad forestal y servicios ambientales
Incremento de nivel de competitividad – Equipamiento y caminos forestales, desarrollo de la cadena de productiva federal, auditoría técnica preventiva y certificación forestal y capacitación y adiestramiento
Este proyecto es un gran paso para la iniciativa bosque rentable y bosque sustentable, al igual que mercados verdes y comunidades fuertes.
JUAN RAFAEL ELVIRA QUESADA, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con la asistencia de JUAN MANUEL TORRES ROJO Director General de la Comisión Nacional Forestal, con fundamento en los artículos 25 párrafos sexto y séptimo, y 28 último párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 al 5, 11, 12, 16, 17, 22, 24, 29, 30, 137, 138 y 140 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable; 91, 152, 164 y 165 de su Reglamento; 16 y 32 Bis fracción XXXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1 fracción V, 9, 16 fracción IV, 28 y 32 de la Ley de Planeación; 2 fracciones XLV y LIII, 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176 y 179 de su Reglamento; 8, 10 y 11 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 1, 4 y 5 de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por las Organizaciones de la Sociedad Civil; 1, 3, 5 y 6 de su Reglamento; 1 y 5 fracciones I y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; así como los correspondientes del Decreto que contiene el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012.
CONSIDERANDO
Que con el objeto de asegurar una aplicación eficiente, eficaz, equitativa y transparente de los recursos públicos, los programas de las dependencias y entidades se sujetarán a Reglas de Operación, conforme a los términos establecidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2012 y que dicho presupuesto señala que es responsabilidad de las dependencias y entidades, emitir las Reglas de Operación de los programas de otorgamiento de subsidios y que éstas deben ser ampliamente difundidas a la población.
Que las Reglas de Operación deben garantizar que los recursos se apliquen efectivamente al cumplimiento de los objetivos y metas de los programas autorizados en beneficio de los sectores o población objetivo. Que es responsabilidad de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de la Comisión Nacional Forestal conducir la política nacional de desarrollo forestal sustentable y definir los lineamientos necesarios para el cumplimiento e implementación de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y su Reglamento, así como diseñar y definir estímulos e incentivos económicos en materia forestal y expedir las Reglas de Operación que contengan los lineamientos para su aplicación.
Que de conformidad a lo dispuesto por la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, la Comisión Nacional Forestal es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios. La coordinación sectorial de la Comisión corresponde a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables. De acuerdo con dicha Ley, el objeto de la Comisión Nacional Forestal es desarrollar, favorecer e impulsar las actividades productivas, de protección, conservación y de restauración en materia forestal, que conforme a la Ley se declaran como un área prioritaria del desarrollo, así como participar en la formulación de los planes y programas y en la aplicación de la política de desarrollo forestal sustentable y sus instrumentos.
Que la CONAFOR, en cumplimiento de su objeto, reconoce la importancia de los servicios ambientales que proporcionan los ecosistemas forestales, tanto para sus dueños y poseedores, como para la sociedad en general, tales como los de provisión, entre los que se encuentran los productos forestales maderables y no maderables, alimentos, plantas medicinales, vida silvestre, entre otros; los de regulación, que incluyen el agua en cantidad y calidad, regulación asociada a la biodiversidad, regulación de la erosión del suelo, regulación del clima y calidad del aire, regulación de la respuesta a eventos naturales extremos; los culturales, que pueden ser tangibles o intangibles, pero que dependen fuertemente del contexto sociocultural; y los de sustento, que son los procesos ecológicos básicos. Por lo tanto, la CONAFOR garantiza mecanismos de apoyo a través de las presentes reglas de operación, para contribuir a conservar, mantener e incrementar la provisión de servicios ambientales a través de las diferentes categorías y conceptos de apoyo previstas en este ordenamiento.
Que corresponde a la Federación por conducto de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Comisión Nacional Forestal en el ámbito de su competencia, conducir, coordinar o participar en la aplicación, otorgamiento y evaluación de las medidas, programas e instrumentos económicos y garantizar mecanismos de apoyo para impulsar el desarrollo forestal sustentable; asimismo, les corresponde buscar la ampliación de los montos asignados y el mejoramiento constante de sus respectivos esquemas de asignación y evaluación, preferentemente con base en las necesidades y prioridades de las unidades de manejo forestal y de los propietarios y poseedores de los recursos forestales.
Que el desarrollo productivo de los dueños y poseedores de los recursos forestales tiene diferentes niveles, por lo que es necesario clasificarlos por tipo de productor y en base a la asignación de recursos de acuerdo a la demanda de los interesados, incrementar el desarrollo productivo y la competitividad para impactar positivamente el PIB forestal de acuerdo a la estrategia señalada en el Programa Estratégico Forestal 2025.
Que en el caso de la Comisión Nacional Forestal, la coordinadora sectorial es la responsable de emitir las Reglas de Operación y las modificaciones a aquellas que continúen vigentes, por lo que tengo a bien expedir las Reglas de Operación del Programa ProArbol, de acuerdo a lo siguiente:
Características de los apoyos
Artículo 8. Los apoyos no deberán duplicar otros apoyos otorgados por el gobierno federal destinados para el mismo fin. La CONAFOR realizará una base de datos con la información de los beneficiarios del Programa ProArbol de cada ejercicio fiscal, la cual será entregada a la Secretaría de la Función Pública para que la integre al Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales (SIIPP-G) conforme a la estructura, estandarización y homologación de campos descritos en el Manual de Operación del SIIPP-G, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de junio de 2011, a fin de proporcionar elementos informativos a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para que coadyuven a evitar la duplicidad de los apoyos otorgados por la CONAFOR para el mismo fin al que fueron asignados.
Artículo 9. Los requisitos que los solicitantes deberán cumplir para solicitar los apoyos son:
I. Presentar la solicitud de apoyo y el formato técnico complementario de la solicitud de apoyo, contenidos en estas reglas de operación, una vez que hayan sido llenados de forma completa y con la información correcta;
II. Presentar la información y documentación señalada en los criterios de ejecución, resolución y prelación de la modalidad de apoyo solicitada, o en su caso, la señalada en el formato técnico complementario
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