REGLAMENTO DE LA CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DEL PERSONAL DE LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
fanygonzalez10 de Junio de 2013
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Un reglamento es una colección ordenada de reglas, el cual establece artículos que, por alguna autoridad competente, se da para la ejecución de una ley o para regir una escuela o un servicio.
En todo grupo de personas existen reglas, a veces escitas y otras veces no escritas, por ejemplo en nuestra casa tenemos ciertos deberes y aunque no estén plasmados en ningún escrito, sabemos que debemos cumplirlos.
La escuela como grupo social, cuneta con un reglamento que no es entregado al escribirnos, lo leemos de alguna manera establecemos un acuerdo con las autoridades encargadas de hacerlo cumplir. Este reglamento establece las obligaciones y derecho que tenemos al ser parte de la comunidad escolar; por ejemplo, en cuanto a las obligaciones que tenemos que cumplir están, la puntualidad y la asistencia, mientras que en la parte de los derechos están, el tener que cierto tiempo de descanso. Sin embargo la aplicación de un reglamento muchas veces es un motivo de controversia, ya sea que desconocemos nuestros derechos y obligaciones, o bien porque los encargados de aplicarlo hacen una interpretación distinta.
Por ello a través de este escrito conoceremos un poco sobre el reglamento de las condiciones generales de trabajo del personal de la secretaria de educación pública, el cual ya tienen tiempo de ser publicado, el 29 de enero de 1946 y entró en vigor el 13 de febrero de 1946, estableciendo en él 92 artículos, que es necesario que los trabajadores de la secretaria de educación deban conocerlos para hacer valido tanto sus derechos como obligaciones; pero especialmente me centraré en los artículos establecidos para los docentes, pues como futuras trabajadoras de la secretaria es importante conocerlos.
Este reglamento básicamente aborda nuestros deberes, responsabilidades y compromisos, que todo maestro tiene hacia su trabajo y para mejorar cada día la educación en México, así como no lo menciona el artículo 1° el cual nos da a conocer la función de éste, es fijar las condiciones generales de trabajo del personal de base.
Además de estar dividido por capítulos, el I disposiciones preliminares, II trabajadores de base y trabajadores de confianza, II de los nombramientos y promociones, IV de los derechos y obligaciones de los trabajadores, V de las jornadas de trabajo, VI asistencia al trabajo, VII intensidad y calidad de trabajo, VIII de los salarios, IX de las vacaciones, X de las licencias, XI de los cambios, XII de las suspensiones y destituciones, XIII de los riesgos profesionales, XIV de las infracciones y recompensas y XV disposiciones generales.
En el capítulo 2 nos habla, específicamente en el artículo 9 que ningún trabajador adquirirá empleo de base hasta que ya haya transcurrido 6 meses de haber ingresado el sistema, es decir que aunque esté ya esté trabajando, puede perder su empleo porque su nombramiento aún no es definitivo (“Artículo 18: la secretaria podrá remover, a todo trabajador de nuevo ingreso antes de que cumpla 6 meses de servicio a partir de la fecha de su nombramiento” (Ávila Camacho, 1946:5))
En el capítulo 3; artículo 12 se encuentran las fracciones para formar parte del personal de la secretaria, básicamente se debe de tener más de 16 años cumplido, no haber tenido ningún delito grave, no tener impedimentos físicos para trabajar. En el artículo 14 nos menciona que, “Todo nombramiento que se expida, quedara insubsistente cuando el trabajador no se presente a tomar posesión del empleo conferido en un plazo de cinco días si se tratare de nuevo ingreso o ascenso, siempre que el cargo deba desempeñarse en la población en donde se encuentre el domicilio del trabajador; de 15 días si se tratare de nuevo ingreso a 30 si de ascenso…” (Ávila Camacho, 1946:4) por ello se debe ser cumplido si se necesita el trabajo y para ser un buen servidor, así mismo si se es vacante en el artículo 15 nos habla
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