Recurso De Casación 1
dudu12324 de Junio de 2015
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• Definición
Etimológicamente proviene de la locución latina “cassare” que significa quebrar, romper o quebrantar legalmente el curso del proceso. Francia es la cuna indiscutible de la casación como lo veremos a continuación. Es un recurso extraordinario, que se interpone ante supuestos determinados por ley, teniendo exigencias formales adicionales a las que tradicionalmente se consideran para cualquier otro recurso (cuando se ha aplicado o inaplicado incorrectamente determinada norma jurídica, cuando existe un error en la interpretación de la misma, cuando se han vulnerado las normas del debido proceso o cuando se ha cometido la infracción de formas esenciales para la eficacia de los actos procesales), a través de él se pretende la revisión de los autos y sentencias expedidas en revisión por las Salas Civiles de las Cortes Superiores. La casación es un medio impugnatorio que tiene un efecto revocatorio pero también rescisorio, dependiendo de la causal que lo motiva. Se puede afirmar por ello que tiene naturaleza mixta.
• Antecedentes
Roma:
En la época de Justiniano se mencionan que los prefectos debían revisar sus propias sentencias que hubieran infringido la ley, estos recursos constituían una súplica, y eran tomadas como apelaciones ante el mismo emperador o su tribunal.
Época Medieval:
En la época medieval, dentro del derecho histórico español, se mencionan la existencia de dos recursos, el recurso de segunda suplicación, autorizado en 1390 por Juan I de Castilla, el cual constituía una tercera instancia en los casos específicamente determinados por la corte; y un segundo recurso denominado de injusticia notoria, la cual no hacía referencia a la violación de la ley, sino a lo injusto del fallo
Época Moderna:
La casación actual encuentra su antecedente y desarrollo amplio en la revolución francesa, el cual para asegurar sus ideas igualitarias basadas en la justicia, estableció un tribunal único superior a los demás ya existentes; cuya labor no era la anulación del fallo ilegal o defectuosos sino la devolución al tribunal de procedencia, para que este dicte nueva sentencia justa. Posteriormente con la creación de las Cortes de Cádiz se llega a configurar casación en el proceso hispánico. Es así como en 1852, con motivo de emitir normas sobre contrabando y defraudación, se concede un Recurso de Casación, nombre con el que también se denominó a su similar en el ordenamiento civil, el cual procedía ante una infracción de la ley y de la forma, con devolución al tribunal en que se haya cometido la falta.
• Acepciones Doctrinarias
“…La noción etimológica de la palabra casación la encontramos en verbo latino “casare” que significa quebrar, anular , destruir , etc y en sentido figurado , equivale a derogar , abrogar , deshacer , etc. En un sentido restringido y de acuerdo a los usos forenses, casar significa anular , invalidar , dejar sin efecto , etc (CASARINO VITERBO, 1984 ,Tomo IV:273)
El recurso de casación es aquel medio impugnatorio vertical y extraordinario procedente en supuestos estrictamente determinado por la ley y dirigido a lograr que el máximo tribunal(Corte Suprema de Justicia) revise y revoque o anule las resoluciones expedidas por la salas superiores como órganos de segundo grado (que pongan fin al proceso) , que infringen la normatividad material o procesal a tal punto que la referida infracción incide directamente en la parte decisoria de la resolución de que se trate , provocando así un fallo ilegal , irregular , indebido o injusto.
A través del recurso de casación se fiscaliza, por un lado, el quehacer judicial en la aplicación de la ley y por otro se salvaguarda la uniformidad de esta y de la jurisprudencia nacional, resultando un instrumento de gran
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