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El Recurso de Casación


Enviado por   •  24 de Abril de 2014  •  Ensayos  •  1.905 Palabras (8 Páginas)  •  292 Visitas

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CASACION

ANTECEDENTES:

El Recurso de Casación no fue concebido como lo entendemos hoy. Su origen se ubica en el derecho francés de fines del siglo XVIII, en los albores del nacimiento del moderno Estado democrático de Derecho con la instalación del Tribunal de Cassation, cuya función –indesligable del momento histórico de su origen- fue fundamentalmente política, consistente en la preservación de la autoridad del legislador y la jerarquía del emperador, impidiendo la "rebelión del juez" (función nomofiláctica).

A esta función, que implica velar por la defensa o conservación de la ley, a fin de lograr seguridad jurídica e igualdad de los ciudadanos ante la ley, así como la defensa de la supremacía del órgano legislativo, se sumó la función uniformadora –basada sobre todo en la influencia de Piero Calamandrei en Italia-, la que ha servido para conformar la unidad jurídica en varios países (

Alemania, Italia, etc.), para lo que se requiere un único órgano de casación nacional.

Con el devenir del tiempo, el desarrollo de las instituciones y, en particular, el posicionamiento del Poder Judicial, este Recurso se fue perfilando y adquiriendo características distintas, y fue asimilado por el Poder Judicial desde el Poder Legislativo a mediados del siglo pasado, transformándose en un auténtico órgano jurisdiccional de la máxima jerarquía –pasando del Tribunal de Casación a la Corte de Casación-.

La Casación asegura en el Estado la unidad y la igualdad del derecho objetivo, la uniformidad de la jurisprudencia, por medio de la selección y revisión de las diferentes interpretaciones de una misma norma jurídica, interpretaciones que coexisten en la jurisprudencia en razón de la pluralidad simultánea de los órganos judiciales de un mismo grado. Así, por su naturaleza, y dado que la casación no puede entrar a conocer los errores de hecho en la apreciación de la prueba, este recurso viene a ser un contralor de legalidad que actúa con independencia de lo justa que resulte la resolución final, o inclusive hasta del daño que se pueda irrogar con la aplicación de una norma, por cuanto se centra en el control de la legalidad.

Con la Corte de Casación se fue adoptando el perfil judicial contemporáneo del Recurso de Casación: (a) el control de la legalidad en el juzgamiento (error in-iudicando), y (b) el control de la legalidad en el procedimiento (error in-procedendo), que sanciona la violación al debido proceso legal.

En el Perú el Recurso de Casación fue incorporado en el Código de Enjuiciamientos Civiles de 1852 bajo la denominación de Recurso de Nulidad. El Código de Procedimientos Civiles -vigente desde el 28 de julio de 1912 hasta la entrada en vigor del actual Código Procesal Civil- conservó la misma denominación. El Código Procesal Civil de 1993 adoptó la denominación de Recurso de Casación.

CONCEPTO:

Es un recurso extraordinario que tiene por objeto anular o revocar una sentencia judicial que contiene una interpretación incorrecta o aplicación de la ley o que ha sido dictada en un procedimiento que no ha cumplido las solemnidades legales, es decir por un error iudicando o bien error in procedendo respectivamente. Su fallo le corresponde a un tribunal superior de justicia y, habitualmente al de mayor jerarquía, como el Tribunal Supremo. Sin embargo, en ocasiones también puede encargarse del recurso un órgano jurisdiccional jerárquicamente inferior o específico.

NATURALEZA JURÍDICA:

Se tiene que tomar en cuenta que el Recurso de Casación es un recurso extraordinario ya que se le concede a la Corte Suprema para que anule o revoque las sentencias que contengan un error, es por ello que se diferencia de un recurso ordinario que se va a referir al interés de las partes y se van a dar dentro del proceso, en cambio los recursos extraordinarios son excepcionales y limitados, se exige más formalidad de la que exige para interponer los otros recursos, por tanto el recurso de casación es un recurso impugnatorio con efectos rescisorios o revocatorios que se le concede al litigante a fin de que pueda solicitar al máximo órgano de un sistema judicial un nuevo examen de una resolución. La diferencia entre los recursos ordinarios y extraordinarios se encuentra en el principio de la pluralidad de instancia que se encuentra reconocido en el inciso 6 del art. 139° de la Constitución política, el recurso ordinario típico es el de apelación, mientras que a través del recurso extraordinario se busca satisfacer determinadas finalidades.

DIFERENCIA ENTRE LA CASACION Y APELACION

Existen importantes diferencias entre un recurso de casación y una apelación, dada su naturaleza y la excepcionalidad de presentar un recurso ante el órgano jurisdiccional de mayor importancia jerárquica.

Mientras en la apelación se puede revisar el Derecho y los hechos del juicio, siendo constitutiva de instancia, la casación sólo se refiere al derecho y no constituye instancia. Sin embargo, en los ordenamientos en que se tiene en cuenta el agotamiento de la capacidad de revisión de los tribunales de casación, la diferencia entre ambos recursos queda supeditada a las resoluciones judiciales que se pretende revisar o anular, según el caso.

Resumiendo en orden podemos encontrar, por regla general, las siguientes diferencias:

 La apelación es un recurso judicial ordinario; en cambio el de casación es extraordinario.

 La casación no es instancia, en consecuencia no se pueden revisar los hechos, ni mucho menos abrirse a o agregarse pruebas; por el contrario, la apelación sí constituye instancia.

 La casación tiende a proceder en el sólo interés de la ley, pudiendo incluso declararse de oficio; no así la apelación que se reduce a los intereses de las partes.

 La casación es, en muchas legislaciones, fuente de jurisprudencia obligatoria; en cambio los fallos en apelación no suelen formarla.

¿QUIÉNES PUEDEN PLANTEAR EL RECURSO DE CASACIÓN?

Para

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