ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

TRIUNFO Y CRISIS DE LAS CODIFICACIONES NACIONALES

Paloma Valera SantosResumen28 de Noviembre de 2015

715 Palabras (3 Páginas)591 Visitas

Página 1 de 3

 TRIUNFO Y CRISIS DE LAS CODIFICACIONES NACIONALES

Este texto, comienza explicándonos el nacimiento de las codificaciones europeas, llamado “época de las codificaciones”, el cual se inició en el siglo XVIII, dónde se recolectaban normas que se juntaban en un cuerpo de normas, “código”.

Se destaca en sus antecedentes de estas recopilaciones, la realizada en el Reino de Castilla, cuando diversos juristas reunieron disposiciones vigentes de diferentes años; y después se realizaron varias más en otras comunidades de España.

1804 en Francia, Napoleón Bonaparte, creó el Código Civil, que fue el primer modelo europeo que incluye la idea de ‘Código’. Seguidamente en Italia también se inició la codificación y poco a poco se extendió por toda Europa. Aunque los países más importantes que realizaron la codificación mediante el poder de un soberano, fueron Austria y Prusia.

Sobre las raíces teóricas de las codificaciones, encontramos la necesidad de tener reglas seguras, sencillas y claras, concordes a la razón y naturaleza del hombre. A causa de esto, se crearon diferentes opiniones de cuales debían ser, y que garantizaran una estabilidad y tutela a cambio de obedecer a una sola ley. Había quien creía que el soberano o el iluminado, había de emplear la jurisprudencia.

Después de la Revolución Francesa, se legisla en Francia unitariamente, sin diferencias entre sus ciudadanos por su estatus social, es decir, la ley es igual para todos y hay que recalcar que fue la época de resplandor de la burguesía, siendo la clase social en potencia.

A partir del Código de Napoleón, se origina la época de las codificaciones. En Prusia y Austria se resisten a establecer este código. En España en el 1820, Fernando VII proyectó la compilación de los cuatro código comunes en Europa, el criminal, el civil, mercantil y de procedimientos (1822 el Código Criminal, 1829 el Código de Comercio).

Al respecto del código, la interpretación y el sistema, que se desarrolla durante el siglo XIX, se ve claramente que las codificaciones son aceptadas por toda Europa. Esta vez, los juristas y los jueces son considerados ‘servidores de la ley’. El jurista no puede modificar ni ampliar o restringir la ley ordinaria, sólo debe comprenderlos, diciendo su contenido.

Por último, encontramos la ‘Escuela Histórica’, con Thibaut y Savigny, los cuales en 1814 publicaron ensayos célebres.


El ensayo de Thibaut trata “Sobre la necesidad de un código civil común para Alemania”, con el Código Civil de Napoleón y el Código Civil austríaco. El cual prefigura una gran cohesión nacional, dónde la unidad de la legislación debería ser a un elemento para que haya estabilidad.

El ensayo de Savigny, “De la vocación de nuestro tiempo por la legislación y la jurisprudencia”, opina que no es necesario un código civil común y que nadie en Prusia podría llevarlo a cabo. Dice que lo peor sería promulgar diversas disposiciones sueltas y no un todo orgánico. Aunque considera que leyes sueltas, podrían ser más eficaces para la sociedad. Y recalca que se debe tener una ciencia jurídica que sepa lo fuerte que es y se pueda desarrollar orgánicamente.

Este ensayo está inspirado en la idea fundamental dónde la Universidad debe contener, cultivar y hacer prosperar la vida espiritual del hombre y su vocación, y como consecuencia debe ser una institución para la formación de un método y para la enseñanza y aprendizaje del mismo.

Entre estos dos intelectuales, hay divergencia, ya que Thibaut es de la idea de que los aparatos del poder legislativo no han de hacer un ‘código general’ y que no puede ser que se impongan esquemas racionales.

En cambio, Savigny sostiene que el legislador que solo promulgue normas, han de seguir la ‘jurisprudencia’.

Sobre la ‘Pandectística’, Savigny desarrolla un pensamiento sistemático, con un pensamiento de los grandes juriconsultores romanos y el de los grandes juristas del medievo, defendiendo la ‘jurisprudencia’, de su ‘función’ y ‘vocación’, resiste a la idea extendida de la codificación; basándose completamente en la corriente de pensamiento científico, ‘Pandectista’.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (5 Kb) pdf (75 Kb) docx (12 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com