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Walter Benjamin, 1921, "Para Una Crítica De La Violencia"


Enviado por   •  18 de Agosto de 2014  •  498 Palabras (2 Páginas)  •  359 Visitas

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Para una crítica de la violencia" Walter Benjamin

En la década de 1920, cuando Alemania se encontraba en la crisis económica más grande de todo el siglo XX y se trataba de lograr una estabilidad democrática con la República de Weimar, encabezada por Paul von Hindenburg.

En esta misma década, Benjamin acogió el materialismo y apartó todo lo demás, sentó posición frente a las tendencias del momento, afirmando que jamás militaría en el sionismo ni en el comunismo ni en el fascismo.

En el texto Para una crítica de la violencia, publicado en agosto de 1921, Benjamin se ocupa de la relación violencia-derecho y violencia-justicia. En cuanto al derecho, es evidente que la relación fundamental de todo ordenamiento jurídico es la de fin y medio.

Así, el derecho natural justifica la violencia mediante la crítica de los fines, si se trata de fines justos, la violencia es entonces un producto natural que no plantea problemas; mientras que el derecho positivo, justifica la violencia mediante la crítica de los medios, es decir, lo importante no es el fin sino que el medio se encuentre en los parámetros de la legalidad. Estas dos tesis son diametralmente opuestas; sin embargo Benjamin señala que comparten un dogma: "los fines justos pueden ser alcanzados por medios legítimos, los medios legítimos pueden ser empleados al servicio de fines justos"1. Pero Benjamin descarta los fines justos e injustos para entrar a ocuparse de los fines naturales que son los que persigue una persona o un grupo de personas particulares y los fines jurídicos que son los que sirven para afirmar un orden jurídico y que por lo tanto están contemplados dentro de la ley. El Estado considera la violencia en manos de la persona particular como una amenaza de perturbación para el ordenamiento jurídico; pero esta prevención no se da sólo con el objetivo de resguardar los fines jurídicos, sino que se trata de un temor a la función principal de la violencia: la de fundar derecho.

Benjamin establece que la violencia vinculada al derecho tiene dos funciones principales, una es fundar, establecer derecho y la otra es conservar, mantener, asegurar el derecho existente. En este sentido, para Benjamin, la huelga general, la guerra y el contrato jurídico serían ejemplos específicos de la primera función de la violencia. La violencia bélica sería, según Benjamin, también fundadora de derecho ya que la paz, condición necesaria para que se presente la guerra, se funda en la violencia y es un tratado que impone un nuevo orden. Entonces, la segunda función de la violencia, la de conservar el derecho, es monopolizada por el orden legal estableciendo fines de derecho que pueden ser conseguidos mediante el uso legal de la violencia. Así, para Benjamin, la policía, el militarismo y la pena de muerte son tres ejemplos de dicha monopolización de la violencia que cumplen

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