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ASIGNATURA: INTRODUCCIÓN AL DERECHO PÚBLICO


Enviado por   •  8 de Febrero de 2016  •  Tareas  •  6.088 Palabras (25 Páginas)  •  219 Visitas

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GRADO EN GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ASIGNATURA: INTRODUCCIÓN AL DERECHO PÚBLICO

 (2º CURSO)

Y SOCIOLOGÍ

LA IGUALDAD

Estudiantes del Grupo:

  • Karen Roxana Félix Arrieta
  • Fabiola Iglesias Borrego
  • Longhua Li
  • Lydia E. Lozano Ortega
  • Jessica M. Pérez Rumizaca

Profesora: Isabel Serrano Maillo.

ÍNDICE

  1. Introducción
  2. Concepto de Igualdad
  3. Características de Igualdad
  4. Tipos de desigualdad
  • La violencia de género
  • Igualdad en el trabajo
  • Discriminación directa-abierta, directa-oculta
  •  Discriminación indirecta
  1. Ley de Igualdad en España
  2. Ley de Igualdad en otros países
  • Ecuador
  • Perú
  • China
  1. Conclusiones

Bibliografía

Fuentes normativas y documentales

Anexos

  1. INTRODUCCIÓN

Nuestro trabajo a tratar es “la igualdad”, es un tema que a pesar de ser una de los pilares básicos de nuestra propia Constitución, es un deseo que aún no se ha llegado a conseguir. Este concepto, compartido por todos los liberarles y los que lucharon por que estas ideas lograran llegar a ser la base de una sociedad moderna, libre y avanzada, debe seguir sirviendo como estímulo e implicar a todos los ciudadanos en su realización y por ello para asegurarnos este valor universal y el resto de valores de los seres humanos se crea la Ley.


  1. CONCEPTO DE IGUALDAD

La Igualdad es un principio básico que concede a todos los individuos las mismas posibilidades ante los mismos derechos. Este concepto surge en el siglo XVIII aparejado a dos valores: La Libertad y La Fraternidad. Es además un derecho inalienable para el ser humano, en tanto forma parte de la persona desde que nace y es una condición que se le atribuirá hasta el último día de su vida.

 La Igualdad presupone que las diferencias son algo intrínseco a las personas, y éstas, por las características que les distinguen, no deben ser privadas de estos derechos, a pesar de nuestras desigualdades ya sean de sexo, de raza, económicas, incluso, de condición física o mental. De manera que todos los hombres tienen el mismo valor, así como los mismos derechos, oportunidades y obligaciones.

A continuación se da una definición jurídica del concepto de igualdad:

La igualdad designa un concepto relacional y no una cualidad intrínseca, ya que es una relación que se da al menos entre dos personas, objetos o situaciones, y siempre es resultado de un juicio que recae sobre una pluralidad de “términos de comparación”, los cuales, así como las características que los distinguen, dependen de la determinación por el sujeto que efectúa dicha comparación, según el punto de vista del escrutinio de igualdad. Así la determinación del punto desde el cual se establece cuándo una diferencia es relevante será más libre más no arbitraria, y sólo a partir de ella tendrá sentido cualquier juicio de igualdad.

Actualmente en España la Ley de Igualdad vigente es la referida Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombre (Vigente hasta el 1 de Enero de 2017). Está formada por 8 títulos, 5 capítulos y 78 artículos, además disposiciones adicionales, transitorias y finales.

  1. CARACTERÍSTICAS DE IGUALDAD
  • Aceptación de la diversidad, es decir, asumir la existencia de personas distintas tanto en el sentido de su origen, sexo o edad.
  • Paridad en las relaciones sociales, es decir la ausencia de supremacía de una persona o un grupo social sobre otro al que somete, por ejemplo en el caso del racismo la creencia de la superioridad de la raza blanca.
  • La igualdad y la no discriminación es justicia y desarrollo, es un factor de liderazgo y competitividad. Las sociedades y las empresas que tienen mayor igualdad de género gozan de niveles más altos de crecimiento y mejor desempeño.
  • La igualdad es uno de los valores fundamentales de nuestra forma de gobierno así como la libertad.
  1. TIPOS DE DESIGUALDAD
  • La violencia de género

En 1975 la primera Conferencia Mundial de la Mujer de las Naciones Unidas se lleva a cabo en México dando inicio del Decenio de “Naciones Unidas para la Mujer 1976-1985.” En ella se establecen los compromisos jurídicos y políticos para la igualdad de derechos.

La ONU en la IV Conferencia Mundial de 1995 reconoció la violencia contra las  mujeres como un obstáculo para lograr los objetivos de igualdad y desarrollo violando y menoscabando el disfrute de los derechos humanos y las libertades fundamentales. A partir de este momento los diferentes gobiernos empiezan a contemplar la violencia de género dentro de sus planes de actuación.

La V conferencia celebrada en Beijing obliga al cumplimiento para los 188 países que lo han ratificado a desarrollar un instrumento jurídico internacional vinculante y específico que reconoce el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.

Debemos señalar que aunque utilizamos la expresión habitual  de violencia de género la denominación completa más ajustada sería Ley Integral contra la Violencia Doméstica por razón de Sexo. Y otro dato importante a señalar es que gracias a los medios de comunicación se pone y se ha puesto en conocimiento de los ciudadanos esta problemática creando conciencia de la situación.

Entorno de la violencia de género

En primer lugar, el maltrato salió del ámbito de lo personal para pasar al ámbito social al entender que se trata de patrones de carácter social perfectamente identificables y que hay unas actitudes, unas conductas y unas costumbres que sirven de soporte a la violencia de género.

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