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Aspectos Fundamentales del Derecho del Trabajo


Enviado por   •  18 de Mayo de 2013  •  6.164 Palabras (25 Páginas)  •  365 Visitas

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ACTIVIDAD UNO.- Elaboración de un mapa conceptual:

POR

ACTIVIDAD DOS.- ELABORACIÓN DE UN ENSAYO

Aspectos Fundamentales del Derecho del Trabajo

INTRODUCCIÓN

Empezamos nuestro estudio definiendo etimológicamente la palabra trabajo, y es así que colegimos que proviene del latín trabis, que significa traba, dificultad, impedimento el cual nace por la necesidad de evolución y desarrollo del hombre por y para el surgimiento de su familia y el suyo propio; el trabajo es considerado como un factor de producción que supone el intercambio de bienes y servicios para la satisfacción de las necesidades humanas, este hecho social crea la necesidad de regulación y es por ello que surge dentro del Derecho la rama del Derecho del Trabajo que no es más que el conjunto de Normas de orden público que regulan las relaciones jurídicas que tienen por causa el trabajo como hecho social y que por gozar de un sistema homogéneo de estas normas, además de un sistema administrativo y judicial propio lo hacen ser autónomo de las demás ramas, claro está que relacionándose con ellas.

DESARROLLO

Dentro del estudio del derecho del trabajo encontramos tres problemas fundamentales que son: la cuestión social, el derecho social, la denominación, así como el estudio del derecho del trabajo y las otras ramas del derecho.

La cuestión social nace con la organización del trabajo industrial, derivando en la problemática de conocer la propiedad del trabajo, por la identificación del trabajo con el problema obrero de la sociedad industrial clasista, esto permite el desarrollo del capitalismo y las concebidas solicitudes de empleo de grandes masas de gentes, que se vinculan al desarrollo tecnológico de la sociedad.

En esta época los capitales se forma debido a la acumulación colectiva de pequeños capitalistas, agrupándose en sistemas laborales como el trabajo por cuenta ajena desapareciendo la organización familiar que primaba en las primeras etapas del desarrollo del trabajo. Existió enorme explotación laboral, especialmente a mujeres y niños, que debían realizar las mismas labores que los hombres en jornadas de 16 horas, y con reducidas remuneraciones, generando en los intelectuales de la época un rechazo generalizado que se vio acogido en las masas sociales inspiradas en los principios de la Revolución Francesa, con ingentes protestas sociales reclamando al Estado sus derechos.

Con toda esta amalgama de dificultades sociales, se ha determinado que día a día esta problemática se acrecentaba cada vez más, requiriendo para solucionar este problema de la cuestión social solucionarlo enfocados desde el orden económico social, donde la solidaridad y la justicia sean pilares del nuevo régimen de administración político.

Las presiones sociales como al igual de la Iglesia Católica debido a la opresión laboral obligan al Estado liberal a tomar medidas al respecto, tomando este la Encíclica Rerum Novarum, como base para el nuevo ordenamiento jurídico laboral, beneficiando al obrero y luego a las mujeres y niños, así surgen las leyes laborales que en su conjunto forman el Derecho social, pero aun esto no es suficiente ya que aún es oscura para los fines prácticos.

Muchos estudiosos a nivel mundial se han constituido para definir la denominación más acertada y han llegado a la conclusión que pese a abarcar muchas temáticas, lo que más se acerca a una plena definición para nuestro estudio es el de Derecho Laboral, sin excluir la de Derecho al Trabajo, la definición encontrada en nuestro código, es una de las más acertadas ya que constituye una definición objetiva frente a las definiciones subjetivas que se remiten a uno u otro de los sujetos de esa relación, vinculando jurídicamente algunas relaciones de trabajo como la de los artesanos, aprendices con quienes los contratan , pero no regula el trabajo autónomo.

El Derecho del Trabajo, comulga plenamente con varias áreas del derecho, se interrelacionan y están vinculadas, entre las más importantes tenemos al Derecho Internacional, finalizada la Primera Guerra mundial se formó la Organización Internacional del Trabajo OIT, con el objeto de subsanar los males productos de esos enfrentamientos vinculando las relaciones del trabajo a nivel mundial, esta organización ha sido fundamental en el desarrollo de la internacionalización del Derecho Laboral. Derecho Constitucional, el constitucionalismo social busca el equilibrio armónico del individuo en la familia y sociedad, se llegue a la libertad la dignidad y la felicidad del hombre, por tal motivo todas las constituciones actuales procuran estos principios en sus contenidos. Derecho Administrativo, ciertamente no se puede decir que el derecho administrativo sea parte con el derecho del trabajo, mas el estado debe velar por que se observe la justicia en las relaciones entre empleadores y trabajadores, para dar solución por medio administrativo de los conflictos que se puedan presentar. Derecho Penal, estas se manifiestan en el conjunto de normas punitivas que se estipulan en los convenios colectivos y prescriben las leyes laborales para las fallas cometidas por los trabajadores o los empleadores. Derecho Procesal, dentro de este aspecto se debe seguir el debido proceso, y nuestra legislación contempla un régimen especial que es el oral, al igual que se observan procedimientos especiales para la solución de los conflictos colectivos e individuales. Derecho Civil, hasta 1938 nuestro Código Civil contemplaba normas del derecho laboral, pese a que hoy son dos cuerpos legales completamente separados, es innegable su autonomía no lo desliga de aquel, tomando en cuenta el libro de las obligaciones que determina ciertos modos de contratación. Derecho Mercantil, regula los factores dependientes de comercio sujetos al código de comercio y al del trabajo; con las Ciencias Sociales, aquí se enmarcan diferentes ciencias que conllevan la singularización de aspectos políticos, sociales, estadística, etc. Sociología, vincula el trabajo social de las capas de producción y del desenvolvimiento dentro de la sociedad. Economía Política, esta regula las políticas salariales, jornadas de trabajo, ahorro y seguros sociales. Economía Social, este se consagra como un derecho que se lo presenta como un derecho propio de las personas.

CONCLUSIONES:

• El

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