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Boletin 7080


Enviado por   •  12 de Mayo de 2013  •  1.330 Palabras (6 Páginas)  •  3.025 Visitas

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BOLETÍN 7080

CARTA CONVENIO PARA CONFIRMAR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ATESTIGUAR

Generalidades

1 En cualquier trabajo de atestiguar, ya sea que se contrate por primera ocasión, o que se trate de trabajos recurrentes, debe existir por escrito, un claro entendimiento, tanto por parte del Contador Público como de su cliente, de los términos y alcance de los servicios, de la responsabilidad de cada uno, así como de los plazos y honorarios, entre otros asuntos, con objeto de que queden debidamente establecidos los derechos y las obligaciones de cada una de las partes. Una carta convenio entre el Contador Público y su cliente documenta y establece el tipo de servicio a prestarse, el objetivo y alcance del mismo, el grado de responsabilidad que asume y la clase de informes que deberá entregar el Contador Público, entre otros aspectos relevantes del trabajo.

2 Para efectos de este boletín, el concepto “Contador Público” se refiere a las personas que se describen en el capítulo de generalidades del Boletín 7010 Normas para atestiguar de esta Comisión.

Alcance

3 El presente boletín se refiere a la carta convenio que el Contador Público prepara para formalizar con su cliente la aceptación y términos del servicio de atestiguar que prestará. Esta carta, con las modificaciones pertinentes, puede ser utilizada para establecer la prestación de diferentes tipos de servicios que proporcione el Contador Público, en su carácter de profesional independiente, de conformidad con las normas para atestiguar emitidas por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos.

Objetivo

4 El objetivo de este boletín es normar el contenido de la carta convenio que establece los términos de la prestación de servicios de atestiguar.

Pronunciamientos normativos

5 Con el propósito de establecer claramente los términos y alcance de los servicios que proporcionará el Contador Público, éste debe preparar una carta convenio que describa el trabajo acordado. Este acuerdo reduce el riesgo de que el cliente o el Contador Público interpreten erróneamente los derechos y obligaciones de la contraparte. Este entendimiento debe incluir los objetivos del trabajo, las responsabilidades de las partes involucradas, las declaraciones y otras comunicaciones de la administración relacionadas con el trabajo de atestiguar, los reportes a ser entregados y, en su caso, las limitaciones correspondientes.

6 Si el prospecto de cliente se rehusara a firmar la carta convenio, en los términos que se señalan en este boletín, se debe declinar la aceptación del trabajo.

7 La carta a que se refiere este boletín se conoce generalmente como “carta convenio de servicios profesionales”, y su forma y contenido puede variar en cada caso particular; sin embargo, debe incluir como mínimo los siguientes aspectos:

a) Objetivo, alcance y periodo sujeto a revisión, estableciendo si en virtud del grado de confianza que se pretende dar a las aseveraciones sobre las que el Contador Público atestiguará, el trabajo consiste en una revisión o en un examen. A este respecto la carta convenio debe describir en qué consiste la revisión o el examen, según sea el caso, conforme a los lineamientos del Boletín 7010 Normas para atestiguar de esta Comisión.

b) Responsabilidad del Contador Público. Se debe indicar que el trabajo será realizado de acuerdo con las normas para atestiguar emitidas por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos y que dichas normas requieren que el Contador Público exprese una conclusión acerca de la confianza que pueda depositarse en una aseveración escrita, que es responsabilidad de quien la emite. Asimismo, la carta convenio debe señalar que el trabajo de atestiguar no ofrece una seguridad absoluta sobre dicha aseveración.

c) Identificación clara de la aseveración sobre la cual se atestiguará, así como de los criterios establecidos que servirán como referencia para evaluar, estimar y/o medir tal aseveración.

d) Responsabilidad de la administración en cuanto a la aseveración sobre la cual se va a atestiguar.

e) Propiedad y disponibilidad de los papeles de trabajo.

f) Que el emisor de las aseveraciones debe proporcionar al Contador Público confirmación por escrito de ciertas declaraciones relacionadas con éstas.

g)

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