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Cinco Cambios Y Cinco Diferencias De Las Nuevas Normas Contables Para Pymes


Enviado por   •  21 de Febrero de 2015  •  1.526 Palabras (7 Páginas)  •  230 Visitas

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Cinco cambios y cinco diferencias de las nuevas normas contables para Pymes

Fuente; El Financiero.

Desde el 1 de octubre pasado rigen las NIIF para Pymes. ¿Cuáles modificaciones implican? ¿Afectarán o no el pago de impuestos? Algunas claves para mayor información.

02/01/2012 - 8:00am

Carlos Cordero

Desde octubre pasado rigen las Normas Internacionales de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para las Pymes), las cuales fueron acogidas por el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica y que obligan a las empresas a realizar ajustes según la publicación de El Financiero realizada en diciembre anterior.

Gustavo Arias, director de auditoría de Deloitte, explicó que las NIIF para las Pymes se basan en las NIIF completas (vigentes desde 2001), omiten los temas que no son relevantes para las Pymes y deshabilita algunas políticas contables porque se cuenta con un método más sencillo.

Además, simplifican muchos principios “de reconocimiento y valuación”, explicaciones, redacción, y la cantidad de revelaciones. “Evidencia de ello son las 230 páginas que contemplan estas normas en comparación con las 2.855 páginas de las NIIF completas”, aseguró.

Olga Bolaños, vicepresidenta del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, dijo que las NIIF para las Pymes no deben verse como un problema, amenaza o requisito más, sino como una herramienta para replantear el quehacer de la empresa. Además, aseguró que los cambios que implican se pueden ejecutar de manera sencilla y rechazó que su adopción sea un proceso complicado.

“Aunque que no hay una ley específica aun que obligue directamente a las Pymes (a adoptar las NIIF para Pymes), el tomar decisiones correctas, mantenerse vigente y seguir haciendo negocios en un mundo ahora globalizado es lo que debe guiarnos y lo que debe ser puesto como objetivo principal”, recalcó Bolaños, quien además es la coordinadora en junta directiva del Colegio del proyecto estrategia de implementación de normas.

Para algunos contadores públicos, como Marvin Esquivel, se inicia así el "periodo de transición" para aplicar las NIIF para Pymes en las empresas costarricenses, dado que probablemente muchas no las han adoptado todavía.

QUÉ SON LAS NIIF PARA PYMES

Existen tres modalidades de Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF):

-NICSPs: son desarrolladas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (IPSASB, por sus siglas en inglés) y establecen los requerimientos para la información financiera de los gobiernos y otras entidades del sector público.

-NIFF para empresas públicas: son las normas o estándares que deben seguir las empresas que cotizan en mercados abiertos. Según Bolaños, en nuestro caso también cobija a empresas “grandes”. Son aceptadas por el Ministerio de Hacienda, según Decreto Ejecutivo 30410-H del 7 de febrero de 2002, el cual establece: “El sistema contable del declarante debe ajustarse a las Normas Internacionales de Contabilidad aprobadas y adoptadas por el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica y a las que ese Colegio llegare a aprobar y adoptar en el futuro.”

-NIIF para las Pymes: son aplicables al resto de empresas incluyendo los pequeños y medianos negocios y son conocidas como IFRS for SMEs por sus siglas en inglés. En noviembre de 2010 el Colegio procedió a definir qué se considera una PYME para determinar la aplicabilidad de las NIIF para Pymes en Costa Rica, reconociendo como tales lo que define el Ministerio de Economía Industria y Comercio (en el Reglamento General da la Ley No. 8262 de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas), a las que no tienen obligación pública de rendir cuentas y también a las que publican estados financieros con propósito de información general para usuarios externos.

POR QUÉ ADOPTARLAS: CRÉDITOS E IMPUESTOS

Según Bolaños las situaciones coyunturales después de la crisis financiera internacional del 2008 hacen necesario ajustarse a los estándares con que se registra y se maneja la contabilidad de las empresas.

Además, en el sistema bancario se requiere una contabilidad ajustada a las normas para efectos de financiamiento empresarial, mientras que las NIIF son la base para el cálculo del impuesto de renta según el artículo 57 del reglamento a la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Arias, de Deloitte, aclaró que los cálculos de renta no deberían verse afectados pues existe una normativa tributaria que establece las pautas para completar la declaración del impuesto sobre la renta. “Las entidades deben preparar una conciliación partiendo de los resultados del año determinados sobre bases contables aceptadas para llegar a la base tributaria, excluyendo los ingresos no gravables y los gastos no deducibles establecidos por la Administración Tributaria”, indicó.

Por su parte, Bolaños dijo que Hacienda ha emitido pronunciamientos específicos sobre el tratamiento de algunos temas. “En estos casos se produce una brecha que requiere de una conciliación

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