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Conceptos De Derecho


Enviado por   •  26 de Septiembre de 2013  •  1.472 Palabras (6 Páginas)  •  335 Visitas

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Litigio: Disputa entre dos o más personas que se desarrolla en un juicio: el litigio se resolvió a nuestro favor; el Poder Judicial resuelve los litigios.

Discusión o enfrentamiento por una diferencia de opiniones o de intereses: no quiero litigios contigo, así que no hablemos de política.

Pretensión: Figura eminentemente procesal, que consiste en realizar una manifestación de voluntad ante el ente jurisdiccional, para hacer valer un derecho o pedir el cumplimiento de una obligación. Principalmente un acto jurídico que da lugar a la iniciación del proceso, pues esta manifestación se ve plasmada en la demanda del actor o demandante, quien en ejerciendo una acción legal pretende que el Juez le reconozca un derecho y se provea hacia el reo o demandado de manera coercitiva.

El acto jurídico de la manifestación de voluntad dirigida al Juez, la pretensión, sin lugar a dudas presupone la existencia de tres sujetos en una relación jurídica, los cuales son:

El Pretendiente (Actor o Demandante).

El Pretendido (Reo o Demandado).

El Ente con la Tutela Jurisdiccional (El Juez)

Acción: En sentido procesal, derecho a acudir a un juez o tribunal recabando de él la tutela de un derecho o de un interés.

Couture: la define como: “El poder jurídico que tiene todo sujeto derecho de acudir a los órganos jurisdiccionales para reclamarles la satisfacción de una pretensión”.

Podetti: “La facultad de pedir protección jurídica, aspirando el individuo el fin del proceso para cada litigante en particular; pero para el Estado que tiene como fin la paz social, el fin de cada proceso es la sentencia justa”.

Proceso: secuencia o serie de actos que se desenvuelven progresivamente, con el objeto de resolver mediante un juicio de la autoridad, el conflicto sometido a su decisión.

es el medio a través del cual se ejerce la Jurisdicción. Se trata de un medio de resolución de conflictos heterocompositivos, en el que el órgano jurisdiccional (tercero) entra a dirimir-resolver la controversia jurídica existente entre dos partes procesales. Por el contrario, el Procedimiento es el conjunto de actuaciones judiciales que tienen como objeto la efectiva y justa realización del derecho material, podríamos decir que el Procedimiento es la andadura material del Proceso (en las explicaciones de Derecho siempre se pone como ejemplo ferroviario, el Proceso serían la locomotora que para llegar a su fin (aplicación del Derecho) se traslada a través de las vías (Procedimiento).

Actor: demandante, exige el cumplimiento de la obligación.

Demandado: Persona contra quien se actúa judicialmente.

Jurisdicción: facultad que tiene el juez para administrar justicia.

Demanda: es la potestad, derivada de la soberanía del Estado, de aplicar el Derecho en el caso concreto, resolviendo de modo definitivo e irrevocable una controversia, que es ejercida en forma exclusiva por los tribunales de justicia integrados por jueces autónomos e independientes.

Contestación de demanda: es el acto procesal mediante el cual el demandado alega todas sus excepciones y defensas respecto de una demanda. La contestación de la demanda tiene la misma importancia para el demandado que la demanda para el demandante. Puede ser escrita u oral, dependiendo del tipo de procedimiento (escrito u oral). La contestación de la demanda reviste una importancia fundamental por cuanto determina definitivamente los hechos sobre los cuales deberá producirse la prueba y delimita el thema decidendum. Por esto se afirme que con la contestación de la demanda queda integrada la relación jurídica procesal.

Reconvención: es aquella demanda judicial que ejerce el demandado, en el mismo proceso judicial, al momento de contestar la demanda de la que ha sido objeto. Además de pedir la absolución, el demandado introduce nuevas peticiones al tribunal frente a la otra parte (el demandante). El demandado se transforma, a su vez, en demandante y el demandante en demandado. El efecto de la demanda reconvencional es que ambas partes se demandan mutuamente. Habrá dos procesos que finalizarán con una única sentencia. ese caso todo esta bien La reconvención será deducida en el mismo escrito de la contestación de la demanda pues si no lo hace en ese momento, posteriormente le será vedado.

Heterocomposicion: es una forma evolucionada e institucional de la conflictiva social implica la intervención de un tercero ajeno e imparcial al conflicto.

Autotutela: Consiste en la imposición de la pretensión propia en perjuicio del interés ajeno. Lo que distingue a la autotutela son la ausencia de un tercero extraño u ajeno a las partes y la imposición de la decisión por alguna

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